MERCADOS
Créditos imagen: El Mostrador
CDE desestima argumentos de expresidente de Sartor, Pedro Pablo Larraín, en recurso de ilegalidad
Las sanciones a Sartor AGF y sus exejecutivos responden a inversiones en firmas vinculadas a directivos y entrega de información falsa sobre fondos. La defensa alegó desproporcionalidad y vicios en la investigación de la CMF.
Ante la Corte de Apelaciones de Santiago y en virtud del recurso de ilegalidad interpuesto por Pedro Pablo Larraín, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) desestimó los argumentos presentados por la defensa, que buscan anular las históricas multas en contra del fundador de Grupo Sartor.
El pasado 18 de noviembre, la Comisión por el Mercado Financiero (CMF) revocó la autorización de existencia contra la Ley Única de Fondos (LUF) a Sartor Administradora General de Fondos y aplicó fuertes multas a los exejecutivos (Alfredo Harz, gerente general, y los directores Michael Clark, Mauro Valdés, Rodrigo Bustamante, Juan Carlos Jorquera, Miguel León y Óscar Ebel) de la gestora. De todos los sancionados, en Larraín Mery ―en su calidad de presidente del directorio de la gestora y controlador― recayó la multa más gravosa, con 80.000 UF ($3.170 millones de pesos). Las multas dicen relación con inversiones de los fondos en entidades relacionadas a los directores, además de haber proporcionado información falsa en los estados financieros de fondos administrados por Sartor.
Tras conocerse la sanción, Larraín, Harz, Bustamante y Clark decidieron recurrir a la segunda instancia para interponer recursos de ilegalidad, acusando que la sanción violó el principio de proporcionalidad. Asimismo, apuntaron a la existencia de “vicios” en la investigación de la CMF, lo que habría permitido determinar si realmente estaban en condiciones de responder por las sanciones impuestas.
“Se solicita rebajar sustancialmente la multa de 80.000 UF y eliminar la inhabilidad temporal, ajustándolas a la real y acotada participación temporal de mi representado, a la ausencia de beneficio económico personal y a la manifiesta inequidad comparativa respecto de otros directores sancionados en este mismo proceso, a quienes se les impusieron gravámenes significativamente menores o se les eximió de la inhabilidad pese a estar en situaciones análogas”, expone la defensa de Larraín.
Así las cosas, el jueves pasado el CDE ―en representación de la CMF― desestimó los argumentos erigidos por Larraín, asegurando que en el recurso presentado no logra formular nuevos argumentos, “ni logran desvirtuar lo razonado en la resolución impugnada, en cuanto al beneficio económico y la gravedad de la sanción, toda vez que estos elementos se encuentran lo suficientemente desarrollados en la resolución sancionatoria”, como se lee en el texto consignado por La Tercera.
En sus palabras de apertura, el CDE acusó que el caso corresponde a uno de los casos “más graves de vulneración de deberes fiduciarios en el mercado financiero chileno”, por cuanto “Sartor AGF, sus directores y gerente general utilizaron indebidamente los aportes reunidos en los fondos de inversión que administraban para financiar sus propias empresas”.
En esa línea, el CDE citó los resultados de la investigación de la CMF, en donde se encontró que los aludidos proporcionaron información falsa al mercado, a la propia comisión y al público sobre los fondos ‘Sartor Leasing’ y ‘Sartor Táctico’, “mostrando una situación financiera mejor que la real“. Asimismo, se encontraron préstamos a entidades relacionadas sin atender a las exigencias de la Ley Única de Fondos, además de un descalce de los plazos de rescate de los fondos mutuos ofrecidos, junto con fallas para determinar el real riesgo de las inversiones.
Dichas sociedades corresponden a las controladas por Francisco Coeymans, Ignacio Amenábar, Antonio Guzmán y Yethro Dinamarca. Según lo establecido en la indagatoria, en los flujos se incurrió reiteradamente en defectos y omisiones en la evaluación de riesgos, en particular a la luz de que dichas sociedades no contaban con antecedentes financieros y legales actualizados, ni Sartor contaba con las aprobaciones o análisis de los ejecutivos o área designadas.
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