Publicidad
Condenan a Krassnoff y Espinoza por secuestro calificado de militantes del MIR durante la dictadura PAÍS Fotos: memoriaviva.com

Condenan a Krassnoff y Espinoza por secuestro calificado de militantes del MIR durante la dictadura

Publicidad

Krassnoff, ya con múltiples condenas que suman más de mil años, y Espinoza cumplen actualmente prisión en Punta Peuco por otros crímenes de lesa humanidad. La sentencia marca un nuevo paso en la justicia por violaciones a los derechos humanos de la dictadura.


La ministra en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza González, dictó sentencia de primera instancia en el proceso que investigaba el secuestro calificado y las torturas infligidas a Cristian Mallol Comandari y Héctor González Osorio, ambos miembros del Comité Central del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), entre diciembre de 1974 y septiembre de 1975, por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).

En el fallo, la magistrada condenó a los brigadieres del Ejército y miembros de la DINA, Miguel Krassnoff Martchenko y Pedro Espinoza Bravo, a 12 años de presidio mayor en su grado medio como autores del secuestro calificado de ambas víctimas. Por su parte, José Aravena Ruiz, sargento segundo de Carabineros, fue sentenciado a siete años por su participación en el secuestro de Cristian Mallol Comandari.

Krassnoff, subdirector de Inteligencia de la DINA y responsable de Villa Grimaldi, ya suma más de mil años de cárcel por otros casos de violaciones a los derechos humanos. Espinoza, quien también ocupó un rol clave en Villa Grimaldi, arrastra múltiples condenas por su participación en desapariciones y ejecuciones de opositores a la dictadura. Ambos cumplen actualmente condena en el penal de Punta Peuco.

La querellante Carolina Vega, del Estudio Caucoto Abogados, valoró la sentencia y recordó la larga espera para obtener justicia: “Han pasado más de 50 años y recién hoy se está comenzando a castigar a los responsables del secuestro de las víctimas. La investigación se extendió por aproximadamente siete años y aún queda mucho por avanzar. Para nosotros como querellantes, la dictación de este fallo es profundamente significativa. Marca un momento clave en la larga lucha por obtener verdad, justicia y reparación, tras décadas de impunidad”.

Los hechos

Cristian Mallol Comandari, de 26 años y militante del MIR, fue detenido el 7 de diciembre de 1974 en Ñuñoa, en su antiguo domicilio de calle Manuel Salas. Un grupo de agentes de la DINA le disparó durante el operativo, resultando herido en la cabeza y en una pierna. Fue trasladado al centro de detención Terranova, conocido como Villa Grimaldi, donde recibió golpes y fue interrogado bajo tortura. A pesar de su estado crítico, fue llevado a una clínica del organismo sin recibir atención médica y posteriormente devuelto al cuartel, donde sufrió descargas eléctricas y encierro prolongado. Luego pasó por Cuatro Álamos, Tres Álamos y el campamento de Puchuncaví, permaneciendo detenido hasta noviembre de 1976, cuando recuperó su libertad y se exilió en Francia.

Héctor González Osorio fue detenido el 6 de diciembre de 1974 en el centro de Santiago por un grupo fuertemente armado de la DINA. Fue trasladado a Villa Grimaldi con los ojos vendados y golpeado repetidamente. Fue interrogado mediante corriente eléctrica en la “parrilla”, un catre metálico diseñado para torturas, y sufrió sumersiones en agua sucia, golpes de pies y puños, y otros malos tratos durante seis meses. Posteriormente fue trasladado a Cuatro Álamos y, en septiembre de 1975, recuperó su libertad bajo la condición de abandonar el país, viaje que realizó hacia España a fines de ese año.

La sentencia representa un paso más en la persecución judicial de los crímenes de la dictadura, reafirmando la responsabilidad de los agentes de la DINA en violaciones sistemáticas a los derechos humanos durante los años de represión.

12 años para exagentes de la DINA by Andrés Cárdenas

Publicidad