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Las claves que sellaron la impunidad judicial en el caso SQM Investigación Hans Scott/AgenciaUno

Las claves que sellaron la impunidad judicial en el caso SQM

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Claudio Pizarro Sanguesa
Por : Claudio Pizarro Sanguesa Periodista Unidad de investigación de El Mostrador.
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Tras casi tres años de juicio, los ocho imputados del caso SQM fueron finalmente absueltos, en un juicio que subraya el derecho a ser juzgado en plazo razonable, la desprolijidad probatoria y la insuficiencia de pruebas sobre facturas falsas. Abogados cercanos a la causa criticaron el fallo.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
Tras casi tres años de juicio, el Tercer Tribunal Oral absolvió por mayoría a los ocho imputados del caso SQM, con la jueza Barrientos subrayando la vulneración al derecho a ser juzgado en plazo razonable, la desprolijidad probatoria y la insuficiencia de pruebas sobre facturas falsas. El voto en contra de la jueza Carolina Paredes acreditó delitos, mientras ME-O celebró su inocencia y advirtió acciones legales.
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La jornada partió con banderas chilenas y cánticos, en medio de la plazoleta ubicada frente al Centro de Justicia de Santiago, donde un centenar de personas esperaba el arribo del candidato presidencial Marco Enríquez-Ominami, en una bienvenida más cercana a una estrella de rock que a la de un político rindiendo cuentas ante la Justicia. “¡Se siente, se siente, Marco es inocente!”, se escuchaba desde todos lados.

La performance tenía un aire de postal electoral, una imagen repetida en Latinoamérica en los últimos años: políticos jugándose la vida en tribunales y una multitud de gente escoltándolos al momento de la verdad, como esas barras fieles que perdonan todo independientemente del resultado.

“Vengo a escuchar el Estado de derecho, a someterme a la Justicia como un ciudadano”, dijo MEO al llegar, diferenciándose de los otros acusados que lo hicieron por los estacionamientos del recinto: el exsenador UDI Pablo Longueira; el exgerente general de SQM, Patricio Contesse; la exasesora de Longueira, Marisol Cavieres; el exasesor de Marco Enríquez-Ominami, Cristián Warner; el exdiputado Roberto León; y el exembajador Marcelo Rozas.

Pese a la dificultad que generó la multitud en los accesos, la lectura del veredicto del caso SQM comenzó a la hora pactada. Poco después de las 11 de la mañana, la jueza María Teresa Barrientos –tras la identificación de cada uno de los involucrados y sus defensas– comenzó a leer el documento que resolvería el destino de los ocho imputados involucrados en el juicio más largo de la historia judicial chilena pos Reforma Procesal Penal.

La indagatoria sobre financiamiento ilegal de la política partió primero con apreciaciones sobre principios de congruencia, en lo que sería la tónica de una exposición cargada al ámbito procedimental. “Resulta llamativo que se hable de declaraciones maliciosamente falsas o incompletas y, a su vez, de manera genérica y sin detalle, de otros procedimientos dolosos”, fue uno de los primeros dardos que lanzó la magistrada.

De ahí en adelante, los periodistas agrupados en una sala contigua al lugar en que se llevaba a cabo la lectura presenciaron, a través de circuito cerrado, cómo el veredicto, a medida que iba desarrollándose, parecía encaminarse derechamente a una absolución. La jueza Barrientos, en todo caso, se encargó de ir dejando pistas en el camino.

Megajuicios

Uno de los puntos destacados por la magistrada, apelando a los requisitos de acceso a la justicia establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, fue el derecho a ser juzgado en un plazo razonable. “En el presente caso existe una violación flagrante al derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable que afecta a todos los acusados, siendo la única forma de subsanar tal afectación e impedir que se perpetúe, la adopción de una decisión absolutoria”, comentó Barrientos, volviendo a apuntar a una eventual absolución.

Algunos espectadores, algo incrédulos, salieron a tomar aire fuera de la sala. La jueza continuó con la lectura –a ratos galopante y sin respiro– aludiendo al concepto de “megajuicios”, buscando de este modo aclarar que no se había respetado el tiempo máximo para la citación de audiencias, los plazos de comunicación de sentencias, agrupando múltiples investigaciones y ofreciendo una desproporcionada cantidad de pruebas en el juicio.

Se ofrecieron por el persecutor más de 14 mil documentos, sorprendiendo que varios de los instrumentos ofrecidos se encontraban repetidos o contenidos de manera más genérica en los distintos medios de prueba. Lo anterior reveló un actuar poco prolijo y diligente del ente persecutor al ofrecer rendir la prueba, generándose diversos incidentes por este motivo durante el juicio, con la consecuente demora”, fue otro de los argumentos esgrimidos.

Uno de los puntos que más llamó la atención, sin embargo, fue cuando la jueza planteó que los imputados en el fondo también eran víctimas. “La extensión temporal de la investigación y el procedimiento en sí mismos, hasta la obtención de la sentencia firme y ejecutoriada, han lesionado seriamente la situación jurídica de todos los acusados y acusadas, quienes estuvieron sujetos por largo tiempo a medidas cautelares privativas y restrictivas de su libertad personal”, apuntó.

Barrientos señaló también que hubo una vulneración de garantías fundamentales respecto a correos electrónicos, refiriéndose a un email enviado por una funcionaria de la PDI al abogado defensor de Patricio Contesse, en el mes de diciembre del año 2015, que buscaba “obtener una autorización de acceso a cuentas de correo electrónico”, aun cuando en esa fecha “no existía un permiso voluntario en la carpeta investigativa”, señala el documento que finalmente consideró como ilícita la prueba.

La lectura ahondó también en otros derechos de la defensa que habrían sido vulnerados, provocando una suerte de “desnaturalización del sistema acusatorio”, debido a que se rindió “prueba de oídas” de testigos presenciales, careciendo “en muchas ocasiones de la fuente directa de la información, afectándose el derecho a defensa”.

Respecto de las pruebas referidas a documentos tributarios falsos, supuestamente la evidencia más sólida sobre la participación de terceros en trabajos no realizados, el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago estimó que “las probanzas resultaron insuficientes para tener por establecido, más allá de toda duda razonable, que se trató de documentos ideológicamente falsos y, menos aún, el obrar doloso en los términos que exige la ley”.

“Las precedentes reflexiones conllevan a sostener que estas magistradas no pueden suplir deficiencias en las propuestas tácticas de la acusación de los órganos estatales, representadas por el Ministerio Público, Servicio de Impuestos Internos y Consejo de Defensa Estado, así como de la fundación Ciudadano Inteligente”, fue una de las conclusiones del dictamen.

Así las cosas, el veredicto de mayoría de las magistradas Andrea Santos y María Teresa Barrientos, a favor, y Carolina Paredes, en contra, determinó la absolución de los ocho acusados “por los hechos imputados en su contra”. Abogados y cercanos a los acusados en el caso aplaudieron la decisión, luego de más de una hora de lectura. La sala comenzó a vaciarse lentamente.

Facturas políticas

En el pasillo contiguo a la sala 201 del Centro de Justicia comenzaron a escucharse de inmediato argumentos a favor de una demanda por costas y la posibilidad de una indemnización por daños y perjuicios. El primero en ser abordado por la prensa fue el exsenador de la UDI Víctor Pérez, quien aseguró que las instituciones del Estado fueron “utilizadas políticamente” y que estas “se debilitan” cuando son usadas para desprestigiar.

La alegría de los cercanos a los recién absueltos se aprovechó también para pasar “facturas” políticas. “Hubo un sector en la izquierda, el Frente Amplio, que escribió cartas públicas en contra de Marco por el financiamiento ilegal de la política, casi linchándolo, y paradójicamente terminaron entregando el salar de Atacama a Ponce Lerou. Y gratis”, comentó un cercano a ME-O.

Mauricio Daza, uno de los primeros querellantes del caso, en representación de Fundación Ciudadano Inteligente, aseguró a El Mostrador que el fallo de mayoría es –a su juicio– “excesivo”, pues se basaría en argumentos inverosímiles sobre la falsedad de las facturas. “Hubo un conjunto de procesos penales que terminaron en procedimientos abreviados, donde las personas reconocieron haber emitido documentación falsa con el objeto de triangular recursos”, aseguró respecto de 10 condenas previas bajo esa modalidad.

El abogado recordó que SQM, además, llegó a un acuerdo con la autoridad de valores de Estados Unidos, en el año 2018, reconociendo “formalmente haber realizado pagos indebidos en Chile por casi 15 millones de dólares, a través de una cuenta de gastos del entonces gerente general Patricio Contesse… efectivamente hubo boletas por trabajos que no se hicieron. Esta es una de las partes más inverosímiles de la sentencia”.

Para la exjefa de litigación penal del Servicio de Servicios Impuestos y exfiscal, Marisa Navarrete, el fallo es “una decepción para los que creíamos que el financiamiento ilegal de la política debía ser investigado y luego sancionado adecuadamente”.

Agregó que “a mí me parece que el juicio se extendió artificialmente. Fue un juicio que no debió haber durado tanto, porque no eran tantos los imputados, y han existido varios juicios orales por delitos tributarios que no han durado tanto tiempo. El Ministerio Público se demoró mucho en investigar y tomar una decisión, llevando una cantidad de pruebas que no ameritaban”.

Mientras en la sala se leía el voto de minoría, que resultó casi tan extenso como el veredicto final, los periodistas fueron conminados a esperar afuera del edificio. Allí, la exmano derecha de Marco Enríquez-Ominami durante la candidatura de 2013, Cristián Warner, aseguró que era inevitable emocionarse en estos momentos. “Uno espera que la justicia llegue en algún minuto, pero cuando llega con esta contundencia, ayuda a limpiar un poquito todas las heridas que hay adentro, porque era una mochila muy grande que cargamos casi 11 años”.

A la salida de la audiencia, la primera en enfrentar a la prensa fue la Fiscal Regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, quien relevó la votación de minoría de la jueza Carolina Paredes. “El fallo de minoría dio por establecida la existencia de delitos tributarios, de prácticamente todos los acusados y, además, estimó acreditado el delito de cohecho de parte del señor Longueira y soborno de parte del señor Contesse. Eso para nosotros es una garantía de que la prueba se rindió y que permitió la convicción de una jueza”, arguyó.

Para el abogado de Marco Enríquez-Ominami, Ciro Colombara, el fallo no necesariamente representa el fin del caso, pues asegura que iniciarán prontamente acciones judiciales respecto a motivaciones políticas que se dieron en el inicio del proceso judicial. “Hay antecedentes que vamos a hacer públicos, específicamente sobre el fiscal Pablo Gómez, cuyas actuaciones irregulares llevaron a este desastre para el Ministerio Público”.

La excesiva demora en el juicio, para el exfiscal del caso Emiliano Arias, fue lo que garantizó en definitiva la impunidad. “Aun cuando se hubiera tenido condena, en ningún caso iban a ser superiores a los años que duró la investigación. En consecuencia, era impunidad por todos lados, sea cual fuera el fallo, hubiera sido malo igual. Si hubiese sido un fallo condenatorio, habrían sido condenas por años inferiores a los que se tuvieron en ciertas cautelares”, explica.

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