PAÍS
Krassnoff encabeza lista de 738 reos que podrían beneficiarse con la conmutación de penas
El proyecto destinado conmutar penas a personas mayores o con enfermedades graves podría beneficiar a criminales de lesa humanidad como Miguel Krassnoff. El ministro de Justicia señaló que con el proyecto, Krassnoff quedaría en libertad inmediata.
El genocida Miguel Krassnoff Martchenko, figura entre los casos más emblemáticos que podrían verse beneficiados por el proyecto de ley aprobado en general por el Senado que establece un cumplimiento alternativo de penas para personas privadas de libertad mayores o con enfermedades graves.
El ministro de Justicia, Jaime Gajardo, enfático, señaló: “Con la aprobación del proyecto tal como está ahora, la conmutación de la pena de Miguel Krassnof sería automática”.
La iniciativa ha generado una fuerte controversia política debido a que permitiría sustituir la cárcel por reclusión domiciliaria total en determinados casos, lo que abriría la puerta a beneficios para condenados por delitos graves, incluidos violadores de derechos humanos.
Krassnoff cumple condena por múltiples crímenes de lesa humanidad cometidos entre 1974 y 1976, entre ellos secuestros, desapariciones forzadas, torturas y homicidios de opositores políticos.
La justicia chilena ha dictado más de 80 sentencias en su contra, que en conjunto superan los mil años de presidio, convirtiéndolo en uno de los exagentes del régimen con mayor número de condenas en el país. Su caso ha sido mencionado reiteradamente en el debate público como símbolo de los efectos que podría tener la iniciativa.
Según cifras entregadas por el Gobierno, con antecedentes de Gendarmería al 31 de diciembre de 2025, existen 824 personas privadas de libertad mayores de 70 años, de las cuales 738 están condenadas —698 hombres y 40 mujeres— y podrían eventualmente acceder al beneficio si cumplen los requisitos.
De ese grupo, 365 cumplen penas por crímenes de lesa humanidad, mientras que 373 están condenadas por delitos comunes, incluyendo 195 condenas por abusos sexuales, 143 por violación, 40 por homicidio y cinco por parricidio. Además, entre ellos hay 18 personas con presidio perpetuo.
La iniciativa establece que los tribunales podrían sustituir la pena de cárcel por reclusión domiciliaria total cuando se verifique alguna de las causales contempladas en el proyecto. Entre ellas figuran padecer enfermedades crónicas que no puedan ser tratadas adecuadamente en prisión, sufrir una enfermedad incurable en fase terminal, presentar discapacidad que haga incompatible el encierro carcelario o cumplir determinados criterios de edad avanzada, considerando la suma de la edad real del interno y los años efectivamente cumplidos en prisión, con un mínimo de 70 años.
El alcance del proyecto ha sido uno de los puntos más controvertidos del debate. Desde el Ejecutivo, el ministro de Justicia, Jaime Gajardo, ha sido particularmente crítico de la propuesta, señalando que la redacción es demasiado amplia y que incluso “no es enmendable”, lo que a su juicio obliga a replantear completamente la iniciativa.
El secretario de Estado advirtió que la normativa podría abrir la puerta a beneficios no solo para condenados por delitos de lesa humanidad, sino también para internos con enfermedades crónicas vinculados a delitos graves o al crimen organizado.
El procedimiento para aplicar la conmutación también quedó definido en el proyecto. El tribunal competente podrá ordenar la sustitución de la pena a petición de parte o de oficio, siempre que se acompañen antecedentes médicos certificados, emitidos por organismos de salud, que acrediten la enfermedad, discapacidad o deterioro físico o mental que justifique el cumplimiento de la condena fuera de un recinto penitenciario.
El proyecto continuará ahora su tramitación en particular en el Senado, donde se abrió plazo para presentar indicaciones hasta el 16 de marzo.