
Fallas estructurales en la articulación entre justicia penal y salud mental
Una posible respuesta a esta situación es la creación de nuevas residencias forenses con capacidad suficiente para albergar a quienes requieren tratamiento y reparación. Actualmente, Chile cuenta con una sola residencia forense, con capacidad para apenas 11 personas.
En diciembre de 2023, Gustavo, de 36 años, falleció en el Centro de Detención Preventiva Santiago 1 tras ser agredido por otros internos. Tenía un diagnóstico psiquiátrico que lo hacía especialmente vulnerable frente a ellos. Aunque un tribunal de garantía había ordenado su traslado a una unidad de evaluación para personas imputadas, la falta de cupos impidió que esta medida se concretara a tiempo, lo que revela la limitada capacidad del sistema chileno para atender adecuadamente a personas con diagnósticos de salud mental en conflicto con la ley.
El Código Penal chileno, en su Artículo 10 N° 1, establece que quienes padecen enfermedades mentales pueden ser eximidos de responsabilidad penal. La ley señala que el “loco o demente” no será penalmente responsable. En la práctica, esto se traduce en un procedimiento distinto para las personas con trastornos mentales, cuando hay indicios de que representan un peligro para sí mismas o para otros. En tales casos, el tribunal puede solicitar un informe psiquiátrico para evaluar la imputabilidad, suspendiendo el proceso hasta contar con un diagnóstico. Cabe señalar que la imputabilidad es una categoría jurídica que no tiene una correspondencia directa en los manuales diagnósticos psiquiátricos, por lo que los peritos deben contar con formación especializada en psiquiatría forense.
El concepto de inimputabilidad implica, en términos simples, que una persona no comprende que su conducta constituye un delito ni las consecuencias de sus actos debido a una condición mental. Si un informe confirma esta condición y un riesgo asociado, el Ministerio Público puede solicitar medidas de seguridad como la internación en una unidad de cumplimiento de medidas de seguridad (UCMS). Estas medidas no buscan exonerar responsabilidades, sino asegurar tratamiento y rehabilitación, protegiendo los derechos y la salud del imputado.
En el plano internacional, tratados de derechos humanos han delineado un marco normativo para proteger a personas con diagnósticos de salud mental, particularmente en entornos forenses. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) consagra derechos fundamentales como la igualdad ante la ley, acceso a la justicia, libertad personal y protección contra tratos crueles o degradantes. El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ha hecho hincapié en que las condiciones de reclusión deben resguardar la integridad física y psíquica de estas personas.
En América Latina, países como Argentina, Colombia y México han adoptado legislaciones similares. En Argentina, el Código Penal declara inimputable a quien no comprenda la criminalidad de sus actos por un trastorno mental, debiendo recibir tratamiento en instituciones de salud mental. En Colombia, las personas con graves trastornos mentales también deben ser internadas en establecimientos especializados si se comprueba su inimputabilidad.
En Chile, entre 2017 y 2023, la Subsecretaría de Salud Pública reportó 13.338 causas penales con sospechas de afectación de salud mental; un 84% de ellas fueron acogidas. El país cuenta con 14 unidades forenses: cinco para evaluación de inimputabilidad bajo internación provisional y nueve destinadas a medidas de seguridad. Sin embargo, la mayoría de estas unidades están concentradas en la zona central, lo que limita el acceso de personas provenientes de regiones, profundizando desigualdades y desarraigo.
El Comité para la Prevención de la Tortura (CPT) ha evidenciado serias falencias en infraestructura y calidad de atención en estas unidades. Muchos recintos no ofrecen condiciones adecuadas para el tratamiento de salud mental. Algunos internos son confinados en espacios reducidos e insalubres, incluso en containers adaptados, lo que agrava su sufrimiento. Se ha constatado también el uso frecuente de contenciones mecánicas como grilletes, reflejo de un enfoque más punitivo que terapéutico.
Además, el funcionamiento cotidiano de estas unidades reproduce estructuras del sistema carcelario. Las personas con diagnósticos de salud mental no solo enfrentan su enfermedad, sino condiciones que profundizan su malestar. Espacios que deberían ser de recuperación se convierten en entornos de encierro donde la seguridad se impone sobre el bienestar del paciente.
El uso de internaciones como medida de seguridad entra en tensión con observaciones internacionales que proponen eliminar la figura de inimputabilidad y avanzar hacia enfoques más inclusivos. En este sentido, el artículo 458 del Código Procesal Penal, que permite dejar en prisión preventiva a personas en evaluación por inimputabilidad, ha sido objeto de fuertes críticas por obstaculizar el acceso al tratamiento adecuado y vulnerar derechos fundamentales.
A esto se suman demoras prolongadas en los procesos judiciales y la escasez de psiquiatras forenses en la red pública, lo que prolonga los tiempos de espera para las evaluaciones, que pueden extenderse por meses. Esta ineficiencia no solo genera incertidumbre, sino que refuerza una lógica de castigo por sobre la recuperación.
Mientras tanto, en las cárceles, muchas personas esperan un cupo en instituciones de salud mental, expuestas a riesgos constantes, ya sea por la violencia entre internos o por negligencias en su custodia. La historia de Gustavo se repite, mientras el sistema sigue sin ofrecer una respuesta efectiva.
Es urgente replantear las políticas públicas para priorizar la salud y la rehabilitación, por sobre el control y el castigo. Un cambio de enfoque permitiría avanzar hacia un modelo que promueva la salud mental, respete los derechos humanos y fomente la reintegración social.
Una posible respuesta a esta situación es la creación de nuevas residencias forenses con capacidad suficiente para albergar a quienes requieren tratamiento y reparación. Actualmente, Chile cuenta con una sola residencia forense, con capacidad para apenas 11 personas, lo que resulta claramente insuficiente.
Asimismo, se hace urgente una revisión integral de la infraestructura de las unidades forenses, cuya precariedad afecta negativamente la calidad de vida de las personas internadas. Para quienes aún permanecen en recintos penitenciarios sin acceso a una atención adecuada, es fundamental garantizar espacios que prioricen el cuidado por sobre la custodia. De lo contrario, historias como la de Gustavo continuarán repitiéndose ante la mirada impasible de los sistemas de justicia y salud.
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