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DS 125: cuando la presión privada intenta reemplazar la deliberación pública
Buscar que esta corrección se frene a última hora mediante campañas de opinión o presiones políticas no solo es una mala práctica. Es un recordatorio de por qué Chile necesita fortalecer, no debilitar, la integridad de sus procesos regulatorios.
En días recientes hemos observado una profusión de columnas de opinión y notas de prensa en que se detallan diversos cuestionamientos a la modificación del Decreto Supremo N° 125, de 2017, del Ministerio de Energía, que aprueba el Reglamento de Coordinación y Operación del Sistema Eléctrico Nacional (DS 125) actualmente en Contraloría para su toma de razón. Las columnas y artículos acusan apresuramiento, riesgos legales y falta de análisis. Todas ellas, con más o menos argumentos, omiten un hecho esencial: la necesidad urgente de corregir el DS 125 fue identificada hace años, no ahora.
Ya en 2023, la Unidad de Monitoreo de la Competencia del Coordinador Eléctrico Nacional, el órgano legalmente encargado de vigilar permanentemente la competitividad del mercado, describió con precisión las distorsiones del régimen vigente: PMGDs creciendo aceleradamente sin obligaciones equivalentes de monitoreo ni control, falta de visibilidad operativa, ventajas competitivas injustificadas y un tratamiento excepcional en materia de vertimientos incompatible con la neutralidad que exige la ley. La UMC recomendó formalmente modificar el DS 125 para integrar plenamente a los PMGD al régimen general de operación.
El Ministerio de Energía tardó casi dos años en responder a ese diagnóstico. Recién en 2025 abrió la discusión pública que culminó en el decreto hoy en Contraloría. Llamar “apresurado” a un proceso que se inicia con una advertencia técnica de 2023 y termina dos años después es, como mínimo, discutible.
Pero lo verdaderamente relevante no es cada una de las críticas puntuales que han aparecido en diversas columnas recientes. Esas intervenciones no son hechos aislados: constituyen manifestaciones visibles de una campaña más amplia, impulsada por algunas grandes empresas propietarias de PMGD y reforzada por sus gremios, cuyo objetivo evidente es instalar la idea de que el decreto debe retirarse de Contraloría.
Los argumentos utilizados se repiten con sorprendente uniformidad: falta de participación, riesgos jurídicos, incertidumbre para la inversión. Esa narrativa, tan coherente como poco ajustada a los hechos, es una herramienta conocida en el sector: sembrar dudas para ganar tiempo, presionar políticamente para detener una corrección técnica, retroceder un proceso regulatorio que venía avanzando con retraso respecto de lo recomendado por la autoridad encargada.
Intentar que un gobierno retire un decreto ya ingresado a Contraloría nos recuerda algunos de los peores momentos de la política regulatoria chilena, cuando decisiones técnicas eran objeto de presiones silenciosas que buscaban preservar privilegios bajo el disfraz de un interés general inexistente. No es un método legítimo, no es transparente y definitivamente no es la forma en que un país serio discute políticas públicas.
El DS 125 no regula precios PMGD. Lo que hace es corregir asimetrías operacionales, exigir monitoreo y control en tiempo real y asegurar que todos los actores del sistema participen en los vertimientos en igualdad de obligaciones. Eso no es discriminación; es cumplimiento de la ley. Y aun así se otorgan 24 meses de transición, un plazo generoso para una industria que conocía el diagnóstico desde hace años.
Buscar que esta corrección se frene a última hora mediante campañas de opinión o presiones políticas no solo es una mala práctica. Es un recordatorio de por qué Chile necesita fortalecer, no debilitar, la integridad de sus procesos regulatorios.
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