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Ley de áridos: nueva regulación, menos impactos y el desafío real de fiscalizar
La intención es la correcta: minimizar impactos, crear certeza y prever problemas, pero la distinción entre una buena ley y una nueva disputa territorial también dependerá, como suele suceder, de la actuación en la práctica por parte del Estado.
El sector de los áridos, que comprende arena, grava, así como materias primas y otros materiales necesarios para la construcción, ha funcionado históricamente en un régimen en el que la regulación es difusa en Chile. Aunque es crucial para la infraestructura, la vivienda y las obras públicas, su extracción ha estado vinculada durante años a conflictos socioambientales, confrontaciones territoriales y dudas institucionales. El escenario actual está notablemente influenciado por la aplicación de la Ley 21.800.
Este tipo de regulación no es solo un movimiento técnico. Es un esfuerzo manifiesto del Estado por planificar un papel estratégico, minimizar los impactos ambientales, evitar una serie de conflictos que, en muchos casos, se han convertido en litigios o han sido políticamente conflictivos.
¿Qué tiene la extracción de áridos que genera tanta oposición? Porque sus impactos se experimentan directamente en el terreno. Un ejemplo es la alteración de cursos de ríos, impacto en acuíferos subterráneos, ruido continuo, emisión de polvo, tráfico intensivo de camiones y deterioro de caminos rurales. A esto se suma una sensación común de que el Estado no actúa, habiendo desarrollado desconfianza entre las comunidades directamente afectadas y los gobiernos locales.
La nueva ley trae tres cambios importantes. Primero, crea una doble autorización obligatoria: a las autoridades municipales, por un lado, y a la autoridad de verificación técnica del Ministerio de Obras Públicas, por otro. Sin embargo, esto pretende cerrar la brecha de la perspectiva territorial a la evaluación técnica hidráulica y ecológica, para que tales decisiones no se tomen unilateralmente o sin suficiente consideración.
En segundo lugar, exige trazabilidad mediante certificados de origen para los áridos. Esto apunta directamente al problema de la extracción ilegal, que no solo crea competencia desleal, sino que a menudo genera grandes efectos ambientales debido a la falta de estándares y controles operativos.
En tercer lugar, exige planes de cierre con garantías financieras. Esta es, posiblemente, una de las innovaciones más relevantes con respecto a las consideraciones socioambientales, porque requiere que las empresas prevean la recuperación territorial y evita el estado histórico de operaciones abandonadas que se han convertido, y continúan convirtiéndose, en pasivos ambientales y conflictos duraderos dentro de la comunidad.
Dicha regulación podría tener serias implicancias. La industria formal obtiene más certeza legal y condiciones de competencia más homogéneas. Para cualquier operador informal o desarticulado, reduce significativamente el espacio de acción. Para las comunidades, proporciona herramientas concretas para exigir cumplimiento, supervisión y estándares más altos.
Pero la regulación tiene un costo y conlleva trabajo. El mayor riesgo está en el manejo del personal administrativo. Si los regímenes de autorización se vuelven lentos o no están bien coordinados, corren el riesgo de tensar los proyectos de infraestructura pública y privada que dependen en gran medida de la provisión oportuna de los áridos. En un país que tiene una gran dispersión en vivienda e infraestructura, esto no es insignificante.
Por lo tanto, la verdadera prueba de la Ley 21.800 no será su texto, sino su ejecución. La efectividad del monitoreo, la colaboración de los municipios, el Ministerio de Obras Públicas y las organizaciones ambientales y la transparencia del proceso dictarán si dicha regulación mitiga el conflicto o (de manera paradójica) introduce una forma diferente de debate.
En otras palabras, Chile está tratando de construir un nuevo marco para una industria central pero históricamente no regulada. La intención es la correcta: minimizar impactos, crear certeza y prever problemas, pero la distinción entre una buena ley y una nueva disputa territorial también dependerá, como suele suceder, de la actuación en la práctica por parte del Estado.
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