PAÍS
Segunda sala de la Corte Suprema cierra arista por lavado y confirma absolución de Fuente-Alba
Por cuatro votos contra uno, la Corte Suprema rechazó los recursos del Ministerio Público y el CDE y ratificó la absolución del exjefe del Ejército y su esposa por lavado de activos, al concluir que no se acreditaron maniobras de ocultamiento.
La Corte Suprema confirmó este lunes la absolución del excomandante en jefe del Ejército Juan Miguel Fuente-Alba y de su esposa, Anita Pinochet Ribbeck, en la causa por lavado de activos vinculada al mal uso de gastos reservados.
Por cuatro votos contra uno, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó los recursos de nulidad interpuestos por el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, que buscaban invalidar la sentencia absolutoria dictada en agosto de 2024 por el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.
En su fallo, la Corte sostuvo que, si bien durante el juicio se acreditaron hechos constitutivos del delito base de malversación de caudales públicos, la prueba rendida no permitió demostrar, más allá de toda duda razonable, las maniobras específicas de ocultamiento o disimulación necesarias para configurar el delito de lavado de activos. Según la resolución, la sola existencia de movimientos financieros inusuales o reportes de operaciones sospechosas no bastaba para fundar una condena penal.
El Máximo Tribunal descartó además que el tribunal oral hubiese interpretado erróneamente el tipo penal o exigido requisitos no previstos en la ley. Por el contrario, señaló que las juezas aplicaron correctamente la normativa y recurrieron a instrumentos internacionales para explicar, con fines didácticos, las fases clásicas del lavado de activos —colocación, estratificación e integración— sin exigirlas de manera copulativa para acreditar el ilícito.
Asimismo, la Suprema rechazó el argumento de que el tribunal hubiera confundido el lavado de activos con el delito de enriquecimiento ilícito, aclarando que el análisis del incremento patrimonial fue utilizado únicamente como un elemento indiciario, tal como lo plantearon los propios acusadores.
La decisión no fue unánime. La sala estuvo integrada por el ministro Manuel Antonio Valderrama, las ministras María Angélica Repetto y María Cristina Gajardo, y los abogados integrantes Pía Tavolari y Juan Carlos Ferrada. El único voto disidente, el del abogado integrante Juan Carlos Ferrada, fue porque estimó que los recursos debieron acogerse y ordenarse un nuevo juicio, al considerar que se impusieron exigencias excesivas para acreditar el delito.
Con este pronunciamiento, la Corte Suprema cerró definitivamente la arista penal por lavado de activos contra Fuente-Alba, sin perjuicio de las responsabilidades que se investigan en la jurisdicción militar por malversación de fondos públicos, donde se indaga un perjuicio fiscal cercano a los $3 mil millones.
Revisa el fallo en el siguiente link: