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Errores de la Fiscalía golpean caso ProCultura a días de decisión sobre desafuero de Orrego PAÍS

Errores de la Fiscalía golpean caso ProCultura a días de decisión sobre desafuero de Orrego

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La judicatura capitalina descartó encarcelamiento preventivo para cinco encausados vinculados a la investigada fundación y dejó asentadas falencias en la exposición del ente persecutor, como ambigüedad en la figura penal invocada y erros en la asignación de un registro sonoro usado como sustento.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
Las defensas valoraron la resolución, señalando que no se configuró un fraude sino eventuales problemas administrativos, y anunciaron que sostendrán esa postura si hay recursos, mientras la investigación sigue en curso y la Corte de Apelaciones debe pronunciarse sobre la solicitud para levantar el fuero del gobernador metropolitano Claudio Orrego, quien figura como imputado pero aún no ha sido formalizado.
Desarrollado por El Mostrador

El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago dejó consignada una serie de errores, inconsistencias y debilidades en la presentación del Ministerio Público durante la audiencia de formalización del caso ProCultura, antecedentes que incidieron en la decisión de rechazar la prisión preventiva solicitada contra cinco imputados por fraude al Fisco.

La resolución fue adoptada por el juez Patricio Álvarez tras cuatro jornadas de audiencia, en las que fueron formalizados el psiquiatra Alberto Larraín, cofundador y director ejecutivo de la fundación ProCultura; María Constanza Gómez, representante legal; María Teresa Abusleme, exdirectora de estudios; Evelyn Magdaleno, exjefa de la División de Desarrollo Social Humano del Gobierno Regional Metropolitano; y Gabriel Prado, vinculado a la ejecución del programa “Quédate”. En lugar de prisión preventiva, el tribunal decretó medidas cautelares de menor intensidad, como arraigo nacional y firma periódica.

Falta de claridad en la imputación penal y error en prueba clave

Entre los principales puntos observados por el tribunal se encuentra la falta de claridad en la calificación jurídica de los hechos. Durante gran parte de la audiencia no estuvo definido si la imputación correspondía a estafa, fraude al Fisco u otra figura penal. Solo en la réplica la Fiscalía sostuvo que se trataba de fraude al Fisco en modalidad de administración desleal, señalando que las menciones a estafa eran referenciales. El juez consideró problemática esta indefinición en una imputación de carácter penal.

Otro de los aspectos relevantes fue un error en la atribución de un audio presentado como prueba central para acreditar un supuesto “modus operandi” y una concertación para defraudar. El registro fue atribuido inicialmente a una imputada, pero la defensa acreditó que correspondía a otra persona y que, además, era anterior al programa investigado, por lo que no guardaba relación directa con los hechos. La Fiscalía reconoció el error y el audio no fue considerado por el tribunal.

El tribunal también recogió afirmaciones incorrectas sobre actuaciones administrativas. En particular, la Fiscalía sostuvo que una funcionaria del Gobierno Regional había suscrito un contrato relevante para la investigación, lo que fue desmentido en audiencia. Tras la revisión de antecedentes, el Ministerio Público reconoció la equivocación.

Movimientos financieros y ausencia de enriquecimiento acreditado

En materia financiera, la Fiscalía insinuó la existencia de depósitos personales irregulares en cuentas de algunos imputados, sugiriendo un eventual beneficio patrimonial. Las defensas presentaron antecedentes contables que, según se expuso, correspondían a devoluciones y uso de recursos vinculados a la fundación, sin que se acreditara un incremento patrimonial personal. El tribunal dejó constancia de que no se verificó enriquecimiento indebido, elemento que consideró relevante al analizar la hipótesis de fraude.

Conversaciones descontextualizadas

Asimismo, el juez evaluó conversaciones de mensajería presentadas por la Fiscalía como indicios de concertación para defraudar, entre ellas la expresión “correr el cerco”. Las defensas sostuvieron que dichos intercambios estaban descontextualizados y no se vinculaban directamente con el proyecto investigado. El tribunal concluyó que ese material no permitía establecer un acuerdo, ni siquiera tácito, bajo el estándar penal exigido para el delito imputado.

Incoherencia con el proceso administrativo

Finalmente, el tribunal observó una incoherencia entre la imputación penal y el proceso administrativo del proyecto, al considerar que la iniciativa había pasado por diversas instancias formales, incluidas aprobaciones administrativas como el CORE y la Contraloría. El juez señaló que un escenario distinto podría haberse configurado si se hubiese acreditado adulteración de documentos o del procedimiento, lo que no fue planteado ni probado por la Fiscalía en esta etapa.

Próximos pasos

En paralelo a este escenario, la Corte de Apelaciones de Santiago debe revisar la solicitud de desafuero del gobernador metropolitano Claudio Orrego, quien mantiene la calidad de imputado en la causa, pero no ha sido formalizado debido al fuero que lo protege. La decisión del tribunal de alzada podría incidir en la posibilidad de que la Fiscalía avance hacia esa arista de la investigación.

Pese al revés sufrido en la audiencia de cautelares, la investigación continúa y el tribunal fijó un plazo para el desarrollo de nuevas diligencias. El Ministerio Público, además, mantiene la posibilidad de recurrir ante la Corte de Apelaciones respecto de las medidas cautelares decretadas.

Tras la resolución del Séptimo Juzgado de Garantía que descartó la prisión preventiva, las defensas de los imputados en la arista ProCultura calificaron el fallo como sólido y ajustado a los antecedentes expuestos en audiencia, sosteniendo que el tribunal no observó indicios de un concierto para defraudar al Fisco ni la existencia de delitos, sino a lo más eventuales irregularidades administrativas.

Los abogados destacaron que no se acreditó enriquecimiento personal, que los proyectos ejecutados eran reales y que varios de los elementos presentados por la Fiscalía —como audios, conversaciones y supuestos movimientos financieros— fueron desestimados o considerados descontextualizados. Asimismo, subrayaron que la decisión no está firme ante la posibilidad de recursos, pero adelantaron que mantendrán los mismos argumentos en instancias superiores.

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