Investigación
Imagen de fondo: AgenciaUno
Suprema ordena tramitar amparo a favor de exagente de la DINA César Manríquez
Corte de Santiago ordenó un nuevo peritaje psiquátrico y que el condenado regresara a Punta Peuco, tras descartar varios informes previos que decían que el exoficial, de 95 años, padece enajenación mental. Suprema ordenó que se revise el fondo de acción constitucional presentada por su defensa.
Luego de que en febrero pasado la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocara el beneficio que permitía al exagente de la DINA César Manríquez Bravo, de 95 años, cumplir su condena en forma domiciliaria, su defensa presentó un recurso de amparo que la Corte Suprema ordenó que fuera admitido a trámite, por lo cual ahora otro tribunal (la Corte de Apelaciones de San Miguel) va a tener que entrar a revisar el fondo del mismo.
Como informó El Mostrador, luego de que una serie de informes -incluyendo uno del Servicio Médico Legal- aseguraran que Manríquez padecía una enajenación mental, la ministra en visita Paola Plaza, de la Corte de Apelaciones de Santiago, concluyó que el exagente, condenado en 49 causas, no estaba en condiciones de cumplir con dichos dictámenes.
Cabe indicar que según el SML Manríquez “presenta un cuadro clínico compatible con un síndrome demencial, de mal pronóstico y carácter irreversible. Asimismo, se establece que su condición clínica es equivalente a una enajenación mental, sin que represente riesgo de agresión ni hacia sí mismo ni hacia terceros, requiriendo cuidados permanentes en atención a su estado de salud”.
No obstante, los abogados querellantes en el caso de las desapariciones de Jacqueline Binfa y Jaime D’Orival, Nelson Caucoto y Andrea Gattini, recurrieron a la Corte de Apelaciones de Santiago, apelando a una serie de deficientes que a juicio de ellos evidenciaban los cinco informes favorables a Manríquez.
Cabe indicar que, como también informó El Mostrador, en septiembre de 2024 la misma ministra en visita descartó dos informes, uno del SML y otro del Instituto Psiquiátrico Horwitz Barak, en función de los cuales el exmilitar Edwin Dimter, condenado a 25 años por los homicidios de Littré Quiroga y Víctor Jara, había logrado también ser enviado a su domicilio. No obstante, en dicho caso la magistrada ordenó a oficiales de la Brigada de Derechos Humanos de la PDI investigar la situación, constatando estos que Dimter llevaba una vida normal, ajena a la de alguien con problemas mentales severos, por lo cual se ordenó su regreso a la cárcel.
En el caso de Manríquez, el tribunal de alzada, junto con acoger la apelación y ordenar el regreso del exagente a la prisión (aunque en realidad está internado desde hace más de un año en el Hospital Militar), ordenó que se le practicara un nuevo peritaje, esta vez en el Hospital El Salvador.
Ante ello, la abogada defensora de Manríquez, Carla Fernández, interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, aseverando que las enfermedades de su defendido son reales, destacando que en el fallo de la ministra Plaza, que data del 30 de mayo del año pasado, esta indicó que “dada la avanzada edad del condenado, de actuales 94 años, y el precario e irrecuperable estado de salud en que se encuentra, honra la preeminencia de la condición humana, ahora de un victimario, aun cuando él, en la época de acaecidos los sucesos por los que fue condenado, la haya desconocido”.
A lo anterior, la abogada agregó otro antecedente: que en otro caso en contra de Manríquez, otra sala de la Corte de Apelaciones de Santiago (la sexta) confirmó la decisión de la ministra investigadora respecto de la condición mental del exagente, lo que Fernández calificó como una “palmaria contradicción”, agregando que existen otros fallos en primera instancia en los cuales Manríquez fue sobreseído por enajenación mental.
Uno de ellos, expone, llegó después a la Tercera Sala de la Corte de Santiago, la cual confirmó el dictamen con el voto favorable de la jueza Paula Rodríguez, quien posteriormente, integrando la Segunda Sala, votó en contra de Manríquez.
Rechazo
El 16 de febrero recién pasado la corte sanmiguelina declaró inadmisible el recurso de amparo a favor de Manríquez, ante lo cual la defensora apeló a la Corte Suprema, cuya segunda sala decidió acoger la apelación por mayoría (a favor estuvieron los ministros Manuel Valderrama, Leopoldo Llanos y Jorge Zepeda, así como la abogada integrante María Pía Tavolari, mientras que en contra votó la ministra María Cristina Gajardo). De este modo, el máximo tribunal decretó que la acción constitucional a favor de Manríquez debe ser tramitada en cuanto a su fondo, por parte de una sala no inhabilitada para conocer de este.
Cabe indicar que como exjefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana (BIM) de la DINA, Manríquez Bravo, que llegó a ser coronel de Ejército, ejerció el control operativo y administrativo sobre los centros de detención más emblemáticos de la Región Metropolitana, entre ellos Londres 38, Villa Grimaldi y Cuatro Álamos.
Al respecto, la abogada Fernández indicó que “el tema es el siguiente: que una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago simplemente omitió considerar que mis representado César Manríquez Bravo es un enajenado mental, que ya ha sido sobreseído en varias causas, y lo más grave es que una de esas causas participa justamente uno de los votos que estuvo por mandar a hacerle un nuevo examen y que siguiera cumpliendo en la cárcel”.
En ese sentido, dijo que “las contradicciones son tremendas”, agregando que “el criterio de la ministra Paola Plaza es correcto”.
Por su parte, la abogada Andrea Gattini dijo a El Mostrador que ellos seguirán abogando por el regreso de Manríquez a la cárcel, argumentando que “lo que se está pidiendo que los tribunales apliquen en forma más estricta los estándares necesarios ara enviar a la cárcel a los criminales de lesa humanidad”, aseverando que a juicio de ellos los criterios que se utilizan en forma habitual son insuficientes.
Del mismo modo, criticó la estadía de Manríquez en el Hospital Militar, argumentando que “muchos criminales de lesa humanidad reciben pensiones de las Fuerzas Armadas y con atendidos en hospitales militares”.
La polémica sobre el proyecto de Ley de Chahuán
Cabe indicar que el fallo de la Corte Suprema sobre el amparo de Manríquez se dio a conocer un día antes de que en el Senado fuera aprobado en su primer trámite constitucional el proyecto de ley relativo al cumplimiento de penas privativas de libertad, que beneficiaría -entre otros reos- a cerca de 300 condenados por violaciones a los Derechos Humanos, como Manríquez, Miguel Krasnoff y otros, dado que permitiría el cumplimiento domiciliario de las penas para condenados mayores de 75 años que padezcan de enfermedades crónicas.
El ministro de Justicia y DDHH, Jaime Gajardo, dijo que la iniciativa impulsada por la derecha, de llegar a ser ley, podría beneficiar a unos 12 mil condenados (en Chile hay 64 mil presos, entre condenados e imputados), comprendiendo, además de los violadores de DDHH, a una cantidad similar (300) de sujetos condenados por delitos como homicidio, femicidio, violaciones de niños, niñas y adolescentes, y parricidio”.
Informe Especial de TVN, por su parte, informó el viernes que el proyecto de ley al respecto, impulsado por el senador Francisco Chahuán (RN) fue copiado textualmente de un informe confeccionado por la abogada Fernández. Aunque Chahuán lo negó, según Informe Especial la metadata de ambos documentos es la misma, lo cual indica una misma autoría.
El Mostrador pidió ayer una versión al respecto a la abogada Carla Fernández, la cual, por medio de un comunicado, indicó que “puedo decir que efectivamente ayude a escribir el proyecto. La iniciativa fue del Senador Chahuán“, según dijo por medio de un comunicado que se puede leer íntegramente en este artículo.