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Lluvias: cómo evitar descuentos o despidos al faltar DATOS ÚTILES Crédito: Archivo

Lluvias: cómo evitar descuentos o despidos al faltar

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La Dirección del Trabajo aclaró que quienes no puedan llegar a su empleo por inundaciones, cortes de caminos o transporte interrumpido por las lluvias no deberían sufrir descuentos ni despidos si justifican la imposibilidad.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
La Dirección del Trabajo aclaró qué ocurre si las lluvias impiden llegar al empleo. Cuando el temporal provoca inundaciones, cortes de caminos, interrupciones del transporte u otros riesgos que justifican la ausencia, no corresponde descontar la remuneración ni despedir al trabajador por ese motivo. La autoridad laboral también plantea suspender labores cuando exista peligro para las personas y habilitó un canal para denunciar incumplimientos. Los trabajadores pueden consultar directamente a la Dirección del Trabajo por sus derechos durante la emergencia.
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La Dirección del Trabajo aclaró que quienes no puedan llegar a su empleo por inundaciones, cortes de caminos o transporte interrumpido por las lluvias no deberían sufrir descuentos ni despidos si justifican la imposibilidad.

¿Pueden descontarme o despedirme?

El sistema frontal que azota a varias regiones del país ya ha provocado anegamientos e inundaciones. Desde el gobierno han desplegado medidas de seguridad frente a las intensas lluvias que podrían impedir que las personas lleguen a su lugar de trabajo.

El ministro del Trabajo y Previsión Social, Tomás Rau, rescató que “es fundamental que en estas circunstancias actuemos con responsabilidad, que nos cuidemos en el tema del trabajo”. “Es importante que empleadores y trabajadores tomen como primera decisión el cuidado personal y la integridad de las personas”, agregó.

Respecto de quienes no puedan concurrir a sus lugares de trabajo debido a interrupción del transporte, corte de caminos u otras consecuencias provocadas por el sistema frontal, desde la DT afirmaron que “si el temporal le impide llegar a su trabajo y lo justifica, eso no puede terminar en un despido ni en un descuento sobre sus remuneraciones“.

Asimismo, el Director Nacional del Trabajo, David Oddó, añadió que “primero hay que resguardar la seguridad de las personas. Por lo tanto, si existe un riesgo, deberán adoptarse las medidas que correspondan y eso incluye la suspensión de las labores cuando sea necesario. Luego, cuando las condiciones lo permitan, las actividades se pueden retomar“.

El ministro Rau expresó que “la legislación es bien clara, no se pueden hacer descuentos ni desvinculaciones por no poder llegar al lugar del trabajo. Lo más importante es que nos cuidemos”.

Canal para denunciar incumplimientos laborales

Desde la cartera del Trabajo enfatizaron que “va a acompañar y a fiscalizar para que derechos y deberes se respeten”; por ello se habilitó un canal de denuncias para incumplimientos laborales derivados de la contingencia, que se puede realizar a través de un correo electrónico dtfrentemaltiempo@dt.gob.cl.

En el caso de realizarse consultas laborales, se pueden realizar a través del sitio web de la Dirección del Trabajo www.dt.gob.cl o llamar al 600 450 4000.

¿Qué debe hacer el trabajador si no puede llegar?

Ante una imposibilidad causada directamente por el sistema frontal, lo recomendable es avisar al empleador y conservar antecedentes que permitan justificar la situación, como información sobre cortes de caminos, suspensión del transporte o inundaciones que impidan el desplazamiento. La prioridad, según lo señalado por la autoridad, debe ser resguardar la seguridad de las personas.

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