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Proyecto de conmutación de penas es casi idéntico al elaborado por abogada de violadores de DDHH PAÍS Crédito: Cedida

Proyecto de conmutación de penas es casi idéntico al elaborado por abogada de violadores de DDHH

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El autor del proyecto, el senador Francisco Chahuán negó tajantemente haber tenido a la vista un documento redactado por la abogada. Sin embargo, la metadata de ambos archivos demuestra que los dos documentos fueron creados por el mismo autor.


El proyecto de ley presentado por el senador Francisco Chahuán para la liberación de mayores de 75 años, y que favorece a violadores de derechos humanos, es similar a un texto de una abogada defensora de reos de Punta Peuco, informó este domingo el programa Informe Especial de TVN.

Se trata de la abogada Carla Fernández Montero, que tiene como clientes a reos como el exjefe CNI Álvaro Corbalán; Miguel Krassnoff, quien acumula condenas por más de mil años de cárcel; o el exDINA Raúl Iturriaga.

Según fuentes de Informe Especial, todo apunta a que el borrador de la abogada habría llegado a manos del parlamentario a inicios de enero del año pasado, apenas unas semanas antes que los senadores ingresaran oficialmente el proyecto a trámite.

Tras años de intentos fallidos, este miércoles 4 de marzo por primera vez una propuesta de este tipo logró ser aprobada en general por la sala del Senado, por una estrecha mayoría de 23 votos a favor y 22 en contra, y busca permitir la conmutación de condenas a reos presos por violaciones de Derechos Humanos.

Idéntica argumentación

“El documento de la abogada y el proyecto presentado son iguales. Punto por punto, en 21 de sus 23 páginas, la argumentación es idéntica y no cambia ni una coma”, según Informe Especial.

Si bien dice que el texto “está destinado a la población penal general”, apunta directamente a “las personas condenadas por causas de DDHH, porque ellas representan más de dos tercios del total de la población provecta del país (…) y porque a diferencia de otros condenados por delitos comunes que tienen edad avanzada, su juzgamiento no ha sido realizado al alero de un sistema inquisitivo, ni sus condenas cargan con el sistema de la ”lesa humanidad'”.

Entre las principales razones para impulsar la propuesta se señala, por ejemplo, que “la ficción jurídica del secuestro permanente ha permitido sostener de manera irracional e ilógica que los criminales militares de antaño incluso hoy —presos, ancianos, enfermos o discapacitados— mantienen conductas contrarias a derecho, favoreciendo la ‘impunidad’, negando a las personas investigadas, procesadas y condenadas la posibilidad de defenderse en base a prueba actualmente existente en el Servicio Médico Legal (osamentas)”.

A su vez, ambos textos también aluden a un fallo de la Corte Suprema de 2024 que a su entender “consagra una verdadera ‘regla de trato geriátrico’ para los reos adultos mayores, homologando el recinto carcelario a un Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM), existentes en el medio libre, y esto para los efectos del cumplimiento —en la especie— de sus condenas por causas de DDHH.

En el fondo, lo que hace este dictamen es evitar un ‘geriatricidio carcelario’, que muy probablemente —dada la avanzada edad y las condiciones de salud de muchos presos— comenzará a ocurrir a partir de este año 2025, de no tomarse en serio este fallo”.

En el mismo sentido, el documento y el proyecto dicen que “ha sido la tónica a través de los años que nuestro poder legislativo haya optado sistemáticamente por una postura contraria a lo que exige el Derecho” y que “diversos motivos de índole ‘político’ se han esgrimido para fundar el rechazo a estas salidas alternativas a la pena de cárcel (…) en un contexto histórico ocurrido hace medio siglo durante el Gobierno Militar, y pese a los esfuerzos que en materia de ‘justicia transicional’ se iniciaron el año 1991 con el Gobierno del expresidente Patricio Aylwin y a pesar de las innumerables causas por violaciones a los DDHH falladas en los últimos 30 años”.

Únicas diferencias

Según Informe Especial, las únicas diferencias están en las dos páginas finales, donde se propone el articulado del proyecto de ley. En el artículo primero, el proyecto presentado en el Senado añadió un nuevo inciso. El segundo quedó idéntico y el tercero fue derechamente eliminado.

De hecho, según advirtió el propio Chahuán este viernes en rueda de prensa, “ni el Gobierno ni tampoco los senadores oficialistas presentaron ninguna indicación al proyecto. Los únicos senadores que presentamos indicaciones fue el que habla (NDR: se refiere a él mismo) para corregir el proyecto y sacar todos los temas que decían relación con la suspensión de la pena y el senador Walker, que uno de los temas que él planteó fue recogido”.

En tanto, el artículo cuarto pasó a ser el tercero. Se mantuvieron los acápite a, b y c, pero el d fue cambiado. Inicialmente fijaba el beneficio para un “interno mayor de setenta (70) años de edad”.

En la versión impulsada por Chahuán ese punto aparece así: “cumplido 80 (ochenta) años o más, como resultado de la suma de su edad real, más los años que efectivamente ha estado privado de libertad en un recinto penal, teniendo una edad mínima de 70 (setenta) años”.

En efecto, según confidenciaron a Informe Especial fuentes que conocieron las conversaciones prelegislativas, en su minuto ese simple cambio generó resquemores entre las partes.

Por último, en el artículo cuarto del proyecto de Chahuán llama la atención un párrafo que alude a “la letra d) del artículo cuarto”, cuando en realidad debería aludir al artículo tercero.

Por lo tanto, cabe preguntarse: ¿Habrá sido un error derivado de haber quitado del texto el artículo tercero que venía en el borrador inicial de la abogada Fernández?

Metadata coincidente

La metadata de ambos archivos, revisada por Informe Especial, muestra que los dos documentos fueron creados por el mismo autor.

Se trata de una pista clave, pues dicha información —incluida por defecto en todo tipo de documentos digitales— permite identificar el autor, fecha de creación y formato, entre otros detalles.

Coincidentemente, el texto de la jurista fue creado a inicios de enero 2025 y el de Chahuán el 30 de enero de ese mismo año, el día que fue presentado al Senado.

Negativa de Chahuán

Consultado directamente sobre el asunto, Francisco Chahuán negó tajantemente haber tenido a la vista un borrador redactado por la abogada de los reos de Punta Peuco.

“Es un proyecto que hemos presentado en cinco ocasiones anteriores”, aseguró. Sobre un eventual copy paste, dijo que “es muy probable que sea al revés”.

Sin embargo, tras revisar los proyectos de ley presentados por Chahuán a lo largo de su carrera parlamentaria, aunque buscan un mismo objetivo, ninguno se asemeja de tal manera a los documentos —el documento de Fernández y el proyecto que avanza en el Congreso— analizados por Informe Especial.

Tras las preguntas de TVN, su equipo se comprometió a enviar un proyecto que supuestamente presentó hace 17 años, y que confirmaría que la propuesta es originalmente de su autoría. No obstante, al cierre de este reportaje nunca llegó.

Otro elemento que daría por hecho que el proyecto en realidad es obra de la abogada de los reos de Punta Peuco, es una carta al director publicada este viernes en Diario El Mercurio. En su misiva, la periodista Claudia Fuentes Bozzolo, hija del coronel (r) Gabriel Fuentes Campusano (acusado en un caso de violación de Derechos Humanos), señala expresamente que la propuesta fue “elaborada por la abogada Carla Fernández”.

Por su parte, otros senadores patrocinantes del proyecto han reconocido en privado su incomodidad con la polémica y han culpado a Chahuán de haberlos “arrastrado” en el asunto.

En tanto, la abogada Carla Fernández declinó entregar su versión para este reportaje.

Como sea, aunque el proyecto aún puede ser sujeto a múltiples modificaciones, la aprobación de la idea de legislar del miércoles pasado en el Senado obliga al Congreso a despachar una ley al respecto.

En su alocución ante la Cámara Alta, el Gobierno precisó que —con la propuesta como está ahora— la iniciativa podría beneficiar a 738 mayores de 70 años: 365 condenados por crímente de lesa humanidad y 373 condenados por delitos comunes, en su mayoría presos por abusos sexuales, violación, homicidios y parricidio. Adicionalmente, también podría ayudar a 1.984 reos con discapacidad (que cumplen condena fundamentalmente por los mismos delitos mencionados) e incluso a otros 10.102 que presentan alguna enfermedad crónica.

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