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¿Responsabilidad política preventiva o presunción de inocencia?

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Por: Guillermo Briceño Villegas


Señor director:

La condena pública viaja mucho más rápido que el debido proceso. La reciente suspensión de militancia de la renunciada Seremi de Salud de Valparaíso por parte de su partido tras una acusación de discriminación, nos obliga a la pregunta ¿En qué momento la justicia interna de una colectividad política pasó a dictar los tiempos y verdades de la Administración del Estado? El Estado no es el Partido.

Que un tribunal disciplinario suspenda a una militante es una decisión particular y política. Pero permitir que ello se traduzca en una inhabilitación para ejercer un cargo público es un error conceptual grave. La administración pública se rige por el Derecho, no por estatutos partidarios ni por la temperatura de las redes sociales.

Sin condena penal, y con un sumario y una tutela en curso, hasta la fecha no hay evidencia que acredite responsabilidad alguna de la autoridad, de algún hecho discriminatorio, delictual o administrativamente relevante.

Es peligroso normalizar que la presión de una estructura partidaria derrumbe las garantías de una Jefa de Servicio. La discriminación es inaceptable, pero sacrificar el debido proceso y la presunción de inocencia en el altar de la imagen pública no es justicia; es populismo.

Estamos ante otro capítulo donde se toma a la ligera la estabilidad de la función pública, y la administración del Estado.

Seamos lo suficientemente serios para dejar que las instituciones funcionen, que los sumarios concluyan y los tribunales resuelvan.

Antes del fallo, cualquier sentencia es solo ruido.

Guillermo Briceño Villegas,

Abogado, especialista en derecho penal y asuntos públicos

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