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La «letra chica» de la paridad de género: Convención Mixta no garantiza igualdad en el órgano constituyente PAÍS Crédito: Agencia UNO

La «letra chica» de la paridad de género: Convención Mixta no garantiza igualdad en el órgano constituyente

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“Es importante no confundir paridad con Convención Mixta”, aclara Valentina Moyano, integrante de la Red de Politólogas. Esto, porque la paridad de género despachada el miércoles en el Congreso solo operará en plenitud en el caso de la Convención Constitucional, el mecanismo donde se elige íntegramente el 100% de sus representantes. Sin embargo, eso no ocurre en Convención Mixta Constitucional, la fórmula por la cual están abanderizados en el oficialismo, donde las reglas de paridad operarán para el 50% electo, pero no para el 50% de parlamentarios que integrarán el organismo. De ahí la importancia del plebiscito, enfatiza el abogado Gabriel Osorio, quien advierte que “la Convención Mixta que defiende la derecha no tiene paridad y eso es lo que va a decidir la gente el 26 de abril”. Pero el debate se cruza con otros aspectos del funcionamiento de la eventual Convención Mixta sobre los cuales aún no hay claridad, sostiene la diputada RN Ximena Ossandón. “En el caso de que nosotros fuéramos a la Mixta, la cual no me gusta, hay muchas cosas que todavía faltan por definir”.


Este miércoles fue un día histórico en el Congreso con el despacho en ambas cámaras del proyecto que garantiza la paridad de género en el órgano constituyente que tendrá en sus manos la redacción de la nueva Constitución. Sin embargo, pasado el festejo, quedó en evidencia que la norma no regirá en todos los casos.

Esto, porque la paridad operará en plenitud en el caso de la Convención Constitucional (Asamblea Constituyente), el mecanismo donde se eligen íntegramente el 100% de sus representantes. Sin embargo, eso no ocurre en la fórmula de Convención Mixta Constitucional, vale decir la integrada en un 50% por parlamentarios y 50% por ciudadanos electos, que es el mecanismo por el cual están abanderizados en el oficialismo.

Uno de los primeros en alertarlo fue el abogado Gabriel Osorio, quien en un mensaje en Twitter advirtió que “solo la Convención Constitucional asegura paridad”. De hecho, así lo establece explícitamente el texto aprobado en el Congreso, el cual señala que «para el caso en que la ciudadanía elija la opción de Convención Mixta Constitucional, en el plebiscito nacional del domingo 26 de abril del año 2020, serán aplicables las normas señaladas para la elección de todos los ciudadanos electos por la ciudadanía para dicha Convención Mixta Constitucional».

En palabras simples, las reglas de paridad operarán para el 50% electo, pero no para el 50% de parlamentarios que integrarán el organismo. Así lo hace notar también Valentina Moyano, integrante de la Red de Politólogas: “Es importante no confundir paridad con Convención Mixta. La paridad hace mención a una participación igual de hombres y mujeres, y esta solo es posible de asegurar en la Convención Constitucional. Por otra parte, la Convención Mixta está compuesta por parlamentarios y ciudadanos, donde solamente podrá ser aplicado el criterio de paridad para los ciudadanos electos, por lo que puede que esta otra mitad de parlamentarios sea integrada en su mayoría o solamente por hombres”, indicó a El Mostrador.

Las cifras

De acuerdo a los cálculos en el Congreso, bajo la fórmula de la Convención Constituyente, integrada por 155 ciudadanos electos para estos efectos, entre los distritos pares y los impares, se logra una paridad  de género que tendrá una variación de entre 45% y 55% de representación de hombres y mujeres.

En cambio, en la Convención Mixta, integrado por 172 personas, el 50% (86) serán electas directamente y 50% (86) saldrán del actual Congreso Nacional. Así, se podría producir distorsiones, como el hecho de que la Convención Mixta finalmente quede integrada sólo hombres, dado que actualmente en el Congreso hay sólo 45 parlamentarias.

Durante la tramitación parlamentaria hubo cambios. “En el texto del primer trámite, y después de algunas propuestas e indicaciones, efectivamente la paridad iba a ser para las dos convenciones. Era factible aplicar la paridad para ambos sentidos, pero fueron modificando las redacciones y quedó como quedó, y solamente se aplica a los miembros electos por la ciudadanía en votación”, explica Gabriel Osorio a El Mostrador.

El abogado insiste en que era perfectamente posible aplicar el mismo criterio a nivel de parlamentarios, dado que el artículo 139 de la Constitución sostiene que los actuales parlamentarios podrán “presentar listas o pactos electorales, y se elegirán de acuerdo al sistema establecido en el artículo 121 del decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo que refiere a la elección de diputados”.

“Es el mismo sistema electoral establecido para la elección de los miembros electos popularmente, no hay ninguna diferencia, solamente que el cuerpo electoral es más pequeño (solo parlamentarios). Pero el sistema electoral es el mismo”, insiste.

Indefiniciones

Dado que las elecciones son en octubre, podría haber espacio para corregir este tema. De hecho hay plazo hasta junio para concretar cambios. Pero el debate se cruza con otros aspectos del funcionamiento de la eventual Convención Mixta sobre los cuales aún no hay claridad, sostiene la diputada RN Ximena Ossandón.

Consultada por El Mostrador, la parlamentaria asegura que “en el caso de que nosotros fuéramos a la Mixta, la cual no me gusta, hay muchas cosas que todavía faltan por definir y aclarar”.  Entre ellos, menciona “el cómo vamos a hacer para congeniar el trabajo parlamentario con labores constituyentes (…) Hay tanta indefinición en este minuto partiendo de cómo va a ser el trabajo de la Convención, cuánto tiempo te va a tomar, si va a ser todos los días o todas las mañanas o solo 3 ó 2 días a la semana. Mientras no se decidan todas esas cosas tampoco se pueden definir las otras”.

Si bien se pueden ingresar modificaciones hasta el 25 de junio, Osorio descarta que sea factible introducir más cambios, por lo que la decisión estará en manos de la ciudadanía el 26 de abril. “Cuando se vote por un órgano para redactar  la Constitución, llámese Convención Mixta Constitucional o Convención Constituyente, la gente sabe cómo se compone cada una de ellas y ambas son diferentes. La Mixta no tiene paridad y hay una desigualdad entre los miembros, porque los parlamentarios van a seguir percibiendo la dieta parlamentaria, mientras que los miembros de la Convención Constitucional recibirán 50 UTM. Además, los miembros de la Convención Mixta no van a tener inhabilidad y por lo tanto se podría concretar un conflicto de interés porque los parlamentarios -y además los miembros electos de esa Convención Mixta Constitucional- pueden estar pensando que la próxima elección e ir regulando las organizaciones y las atribuciones y el método de elección del Congreso Nacional pensando en sus próximos cargos futuros».

«Así que evidentemente la Convención Mixta que defiende la derecha tiene esas características. La Convención Constitucional no es lo mismo, y eso es lo que va a decidir la gente el 26 de abril”, finaliza.

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