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No eran únicamente 56 casos de delitos sexuales: también bajaron condenas a presos de Punta Peuco PAÍS

No eran únicamente 56 casos de delitos sexuales: también bajaron condenas a presos de Punta Peuco

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Claudio Pizarro Sanguesa
Por : Claudio Pizarro Sanguesa Periodista Unidad de investigación de El Mostrador.
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A las 56 rebajas de condena por abuso sexual y violación de menores concedidas por el Ministerio de Justicia por vía administrativa se suman tres por secuestro calificado y tortura. Dos corresponden a presos de Punta Peuco. La revelación abre un flanco en La Moneda.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
A las 56 rebajas de condenas a abusadores sexuales y violadores de menores concedidas vía administrativa por el ministerio de Justicia, se suman tres beneficios por delitos graves, incluidos tortura y secuestro calificado, de dos presos de Punta Peuco. La revelación abre un flanco para el ministro Fernando Rabat y La Moneda.
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La revelación sobre los 56 casos de rebajas de condenas a abusadores sexuales y violadores de menores, concedidos por el Ministerio de Justicia por vía administrativa, ha desatado un escándalo que tiene al ministro de la cartera ad portas de una interpelación en el Congreso y una eventual comisión investigadora, además de dos sesiones especiales confirmadas para el lunes y martes próximo.

La controversia se desató luego que una investigación del medio Interferencia confirmara que, entre el 11 de marzo y el 13 de septiembre de 2026, el ministerio de Justicia dictó 27 decretos de reducción de penas por abuso sexual de menores y otros 29 por violación. Un promedio de un caso cada tres días, con sólo un caso rechazado del total de solicitudes examinadas.

Pese a que el La Moneda calificó la noticia de “malintencionada”, la Unidad de Investigación de El Mostrador pudo comprobar que los 56 delitos de connotación sexual no serían los únicos casos de reducción de condenas, sino también se han dictado a la fecha otros tres decretos exentos por delitos de extrema gravedad como tortura y secuestro calificado.

Entre los casos mencionados, figuran dos decretos otorgados a condenados recluidos en el Centro de Detención preventiva de Til Til, conocido como Punta Peuco, lugar de reclusión de exfuncionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden que cometieron delitos de lesa humanidad. Uno de ellos es un condenado por secuestro calificado y el otro por el delito de tortura.

A ellos, se sumaría un caso adicional de un preso que no se encontraría recluido en el penal ubicado en la zona norte de Santiago, pero cuya condena también estaría circunscrita a un delito de extrema gravedad.

Vulneración de obligaciones

Los decretos dictados “por orden del Presidente de la República”, pasan por las instancias de evaluación que forman parte del procedimiento habitual de justicia, pero sin que necesariamente el Primer Mandatario intervenga personalmente en la resolución.

“Lo que se hizo fue precisamente recoger la doctrina de la Corte Suprema en decenas de recursos de amparo”, sostuvo el secretario de Estado, Fernando Rabat, quien inicialmente presentó las decisiones como cumplimiento de sentencias judiciales.

La explicación dejó abierta una controversia en materia jurídica, pues en otras ocasiones la Corte Suprema ha rechazado este tipo de beneficios en casos similares. En marzo de este año, sin ir más lejos, el máximo tribunal desestimo un recurso de amparo de un condenado por delitos sexuales en contra de menores.

La Defensoría de la Niñez, en tanto, reconoció a través de Anuar Quesille, que los “antecedentes son preocupantes y requieren una explicación clara del ministerio de Justicia”, reforzando la idea de que el Estado tiene el deber de protección y reparación de este tipo de abusos en contra de menores de edad.

Consultado al respecto, el director ejecutivo de Amnistía Internacional Chile, Rodrigo Bustos, señaló a El Mostrador que “si efectivamente se rebaja la pena no solo en caso por personas condenados por delitos sexuales, sino también en caso de criminales de lesa humanidad, sería bastante grave por parte de este Gobierno porque vulneraría las obligaciones internacionales de derechos humanos que tiene el Estado de Chile en materia de justicia respecto a este tipo de crímenes”.

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