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Casi la mitad de las corredoras está en la mira del Comité de Buenas Prácticas por operaciones que buscaban reducir impuestos de clientes VIP Arista de Caso Penta

Casi la mitad de las corredoras está en la mira del Comité de Buenas Prácticas por operaciones que buscaban reducir impuestos de clientes VIP

Enrique Elgueta
Por : Enrique Elgueta Periodista y consultor senior en Comsulting.
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La instancia presidida por el abogado Lisandro Serrano está pronta a entregar su recomendación al directorio de la entidad respecto de qué acciones tomar sobre las intermediarias involucradas en las hoy cuestionadas transacciones de fin de año, a través de las cuales distintos inversores –en general de alto patrimonio– se eximían del pago de patentes municipales. El comité abrió un proceso sancionatorio contra 11 de un total de 25 corredores. Cada caso es distinto, dicen conocedores, y su veredicto ocurrirá este mes o principios de abril.


Una de las tantas aristas que abrió el caso Penta fueron las operaciones de fin de año que hacía su corredora de bolsa con el objetivo de que sus grandes clientes eludieran el pago de patentes municipales. El caso, revelado en octubre de 2014 por este medio, abrió una caja de Pandora cuando la Bolsa de Comercio de Santiago tomó cartas en el asunto, de la mano de la entonces incipiente gestión de Juan Andrés Camus, a pesar de que se trataba de una práctica bastante generalizada en la rueda.

Ese proceso estaría pronto a conocer un desenlace. La investigación de la Bolsa concluyó que eran 11 las corredoras involucradas, aunque LarrainVial, BTG Pactual (Celfin en ese momento), Penta y MBI aparecen por sobre el resto.

Estas mismas corredoras están hoy en la mira del Comité de Buenas Prácticas, instancia presidida por el abogado Lisandro Serrano, la cual abrió un proceso sancionatorio contra las firmas mencionadas, además de Nevasa, Valores Security y Credicorp. Otros nombres como Banchile, Bice o Tanner también han trascendido aunque este medio no pudo confirmar estos últimos. En definitiva, casi la mitad del mercado estaría hoy sufriendo alguna consecuencia por operaciones bursátiles sobre las cuales hoy pesa un importante juicio moral, a pesar de que hayan sido legales frente a una norma tributaria mucho más laxa que la actual.

Hace unos tres meses estas 11 corredoras presentaron sus descargos y se espera que el Comité entregue su recomendación al directorio de Camus este mes o los primeros días de abril.

Según conocedores, cada caso es distinto. Por un lado estas operaciones se hacían con la participación directa del corredor y en otros a través de operadores directos sobre los cuales las intermediarias no tenían mucha injerencia, una diferencia importante que consideraría el comité a la hora de recomendar eventuales sanciones contra las intermediarias, sin perjuicio de que sugiera cambios normativos particularmente sobre esta materia.

El sistema funcionaba gracias a la participación de las AFP y otros inversionistas institucionales, como las administradoras de fondos mutuos. Estas compañías eran aquellas que tenían la liquidez de acciones suficiente como para dejar en arriendo a través de ventas cortas a distintas sociedades de inversión, ganándose una prima mientras estas últimas se eximían de la patente municipal.

Para las AFP era todo ganancia. Estas tenían las acciones los últimos días del año en su cartera y como no están sujetas al impuesto municipal, para efectos de dicho tributo no les era relevante tener esas acciones en su custodia. Así las sociedades de inversión salían en su búsqueda, ya que mientras sus activos estén invertidos en acciones se cumplía el requisito necesario para eximirse del impuesto en cuestión. De esta forma las administradoras previsionales arrendaban estos títulos a fines de año con la condición de tenerlos de vuelta apenas cambie el calendario.

Si bien la legalidad de estas transacciones no se discute en el mundo de la Bolsa, sí hay discrepancias respecto de su legitimidad. Por ello es que hace unos tres años, previo al caso Penta, la mayoría de las corredoras dejaron de efectuarlas sacrificando, en algunos casos, las jugosas comisiones que obtenían previo al año nuevo.

¿Un acto meramente político?

Para algunos abogados vinculados en el caso, el proceso sancionatorio iniciado por el Comité finalmente no derivará en nada importante, sin embargo, ante la opinión pública la Bolsa de Santiago tiene que demostrar que está investigando el asunto.

La razón de ello es porque el artículo que invoca la instancia presidida por Serrano tendría poco sustento jurídico. Como explicó en su edición de ayer el diario Pulso, dicho artículo dice que “los corredores que reciban de un mismo cliente una orden de venta y otra de compra sobre una misma acción, por igual número de unidades y con las mismas condiciones de precio y liquidación, no podrán ejecutar ambas órdenes ya sea mediante dos o más operaciones en las que participe como contraparte el propio corredores o un tercero”, y que “este tipo de órdenes deberán ser pregonadas en rueda o ingresadas en los sistemas electrónicos, según corresponda, en forma independiente la venta de la compra”. Sin embargo esta norma apuntaría a operaciones artificiales que podían tener por objetivo final aumentar el valor de las acciones, sostienen abogados.

Para el comité dichas transacciones no son reales, sino ficticias pero con un contrato de venta corta en la mano difícilmente pueda sostenerse el carácter artificioso de las mismas.

Por otro lado, si bien ha trascendido que el SII también estaría monitoreando el asunto, éste no tiene competencia en materia municipal, mientras que sobre las municipalidades se da por descartadas sus capacidades fiscalizadoras.

Sería muy distinto el escenario si estas mismas transacciones ocurrieran en la actualidad, considerando que tras la reforma tributaria se establecieron normas antielusión que castigan a los asesores o actores que participan en la elusión de impuestos por parte de alguna persona natural o sociedad de inversiones.

En este contexto son varios los corredores que recuerdan el dictamen de la Contraloría de 2010, en el cual eximía a las sociedades de inversión pasiva del pago de patentes municipales. Dos años después, sin embargo, la Corte Suprema determinó lo contrario y el organismo regulador finalmente cambió su discurso.

En la Bolsa altos directivos sostienen que las planificaciones tributarias son justas y legítimas y que no todas las transacciones de fin de año son ilegales por más que se obtengan beneficios tributarios. En un par de semanas más, la última palabra la tendrán Camus y compañía.

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