
Sueldo de Rojas Vade: Contraloría abstiene pronunciarse tras oficio y dice que Segpres debe «limitarse a dar cumplimiento a labor encomendada»
Rodrigo Rojas Vade todavía figura como convencional y continúa recibiendo un sueldo, cercano a los $2,5 millones. Al respecto, la Segpres había enviado un oficio a Contraloría, arguyendo un «vacío normativo».
La Contraloría General de la República (CGR) se abstuvo de emitir pronunciamiento sobre la dieta (cercana a los $2,5 millones de pesos) que recibe el todavía convencional Rodrigo Rojas Vade (exLista del Pueblo). Esto, a partir de un oficio enviado por la Secretaría General de la Presidencia (Segpres) al ente fiscalizador.
La Segpres arguyó un «vacío normativo» ante la renuncia de facto de Rojas Vade, realizada el 20 de septiembre luego de revelar que no padece cáncer. Sin embargo, todavía figura como integrante del órgano constituyente y continúa recibiendo su sueldo.
“Este Ministerio, como entidad ejecutora de los recursos públicos destinados a la Convención Constitucional se encuentra frente a un aparente vacío normativo al momento de realizar el pago de la retribución que establece la carta magna, por cuanto don Rojas Vade, formalmente continúa ostentando el cargo de Convencional Constituyente”, señalan en el oficio.
Al respecto, Contraloría citó el artículo 136 de la Constitución. «Regula las reclamaciones susceptibles de interponerse en contra de la referida Convención, radicando en cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por ella, la competencia para conocerlas», indican desde la CGR.
«En su inciso séptimo, dispone expresamente que ‘Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo'», agregan en el documento.
«Al tenor de las disposiciones citadas, aparece de forma inconcusa, por una parte, que no corresponde a esta Contraloría General acometer la interpretación del precepto constitucional que se ha requerido para suplir un supuesto vacío normativo, toda vez que ello implica incidir en la autonomía que el ordenamiento le reconoce a la Convención Constitucional», continúa el texto.
«Por otra parte, el hecho de que esa Secretaría de Estado haya sido designada como la encargada de prestar el apoyo técnico, administrativo y financiero, y que la ley de presupuestos haya consultado circunstancialmente esos recursos en la partida de dicha entidad, no implica que se encuentre habilitada para afectar la autonomía de la Convención Constitucional, debiendo limitarse a dar estricto cumplimiento a la labor encomendada», concluyen.
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