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El largo y pedregoso camino de las compensaciones a consumidores en casos de colusión Columna de opinión

El largo y pedregoso camino de las compensaciones a consumidores en casos de colusión

Lya Rojas
Por : Lya Rojas Abogada de la U. Central. Socia directora de Rojas & Abogados.
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«A todos nos gustaría que las multas y las compensaciones hacia los consumidores fueran rápidas, con señales claras del empresariado, pero en la práctica esto no ha ocurrido, por lo que en el caso colusión del confort aún debemos seguir esperando. Tarea nada de fácil, puesto que en esta materia el juez será quien fije cómo se puede compensar a los consumidores, y no solo a aquellos que se adhieran a una demanda colectiva por los perjuicios que se les ha provocado».


Ante el reciente caso de colusión del papel higiénico se nos abre la pregunta: ¿cómo serán compensados realmente los consumidores? De las dos empresas coludidas, SCA y CMPC, solamente esta última decidió someterse al proceso de mediación voluntaria con el Sernac para aportar antecedentes y ver el mecanismo de compensación hacia los consumidores, que según espera el ente fiscalizador, se traduzca en dinero. No obstante, debemos tener presente que el Sernac solo es un intermediario y que son los consumidores los quienes deben accionar y exigir sus derechos ante una posible compensación.

Pero no nos engañemos, porque dicha compensación no lo es propiamente tal, pues más bien es una sanción que será pagada en dinero, y que por cierto no la recibirá ningún consumidor, sino que irá a parar a arcas fiscales.

Para llegar efectivamente a una compensación, es necesario probar cuál fue el beneficio obtenido y, a su vez, cuál fue el perjuicio sufrido por los consumidores, lo que no será tarea fácil, pues se estima que la colusión del papel higiénico lleva más de 10 años.

Ahora bien, ¿cómo comprobarlo? Es simple, bastaría que un consumidor presente las boletas de todos los productos que compró a lo largo de estos 10 años aproximados de colusión, tarea nada fácil, y peor aún, ¿quién conoce a una persona que guarde sus boletas?

El caso de la SCA es distinto, porque al no someterse a mediación voluntaria, solamente queda el camino judicial, es decir, iniciar una demanda en su contra y, como se dijo anteriormente, es necesario hablar de montos, lo que aún está en investigación.

Cabe recordar el caso de colusión de los pollos, que data de 2011, donde a fin del mes de octubre –recién del año en curso– la Corte Suprema confirmó las multas a las tres empresas coludidas, las que alcanzaron la suma de 60 millones de dólares. Dicho caso aún no se traduce en compensación directa a los consumidores, a pesar que la Conadecus ya inició una demanda por $1.200 millones de pesos.

A todos nos gustaría que las multas y las compensaciones hacia los consumidores fueran rápidas, con señales claras del empresariado, pero en la práctica esto no ha ocurrido, por lo que en el caso colusión del confort aún debemos seguir esperando. Tarea nada de fácil, puesto que en esta materia el juez será quien fije cómo se puede compensar a los consumidores, y no solo a aquellos que se adhieran a una demanda colectiva por los perjuicios que se les ha provocado.

En esta materia el Sernac solo representa a los Consumidores y el tribunal competente es el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, que sancionará la colusión de estas empresas, pudiendo entre otras cosas modificar o disolver las sociedades que hayan intervenido en estos actos de colusión y, por supuesto, multarlos. Sin embargo, como mencionaba, estas multas irán a beneficio fiscal y no se cursarán tan solo a las empresas sino que también a los directores, gerentes, administradores y a todo aquel que se haya beneficiado. En estos casos, lo ideal sería que estas sanciones se tradujeran en bajos precios, pues es la única forma en que todo consumidor se vea retribuido.

Lya Rojas
Socia directora de Rojas & Abogados

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