La principal modificación que busca el proyecto de ley que fortalece el Sernac es dotar de institucionalidad al servicio, lo que significa entregar nuevas atribuciones que permitirán aplicar multas a las empresas que infrinjan la ley de protección al consumidor, sanciones que pueden aplicarse en casos donde las compañías vulneren la normativa o aquellas instituciones que citadas a una mediación ante un cliente no comparezcan, lo que antes no existía. Previamente una firma podía no asistir ante el ente fiscalizador o no dar una respuesta satisfactoria al usuario y no ocurría nada, ya que el organismo fiscal no tenía más facultades que ser un simple intermediador, por eso se habla de dotarlo de una institucionalidad.
Otra de las transformaciones que contiene la moción es que existirá un consejo normativo compuesto por tres miembros que serán calificados, los que se encargarán de interpretar administrativamente la ley. ¿Qué significa esto? Que podrán dotar a las empresas de instrucciones acerca de cómo deben aplicar la normativa, por ejemplo, cómo cumplir con dar una información transparente al consumidor, las listas de precios y cómo en general se debe dar cumplimiento a este nuevo reglamento.
Lo otro es que se aplicará una inyección de fondos que aumentará el presupuesto, lo que permitirá que el servicio cuente con más funcionarios para poder llegar a una mayor cantidad de personas, tanto en la Región Metropolitana como en regiones, lo que accederá a entregar más información sobre sus derechos. También va a existir un aumento de capital para las organizaciones de consumidores, lo que se traducirá en una protección a sus derechos, ya que también va a poder defender de mejor manera o informar de forma más completa. Hoy los recursos existentes son limitados y solo son para capacitaciones o impresión de folletos, con lo que mejorará también el área informativa.
Por otro lado, lo que no contiene este nuevo marco legal, es que actualmente por lo menos el 40% de los reclamos que se formulan no llegan a ningún tipo de respuesta, ya sea porque los proveedores rechazan los reclamos de sus clientes, lo que produce que en definitiva la persona llegue a tribunales sin asesoría letrada, ya que no es requisito. Es decir, los individuos pueden recurrir al juzgado de policía local para demandar las indemnizaciones por los perjuicios que se le hayan ocasionado, pero para eso no es necesario que cuenten con un abogado, lo que hace que se produzca un desequilibrio entre las partes, porque no es lo mismo que un sujeto reclame como persona natural ante una empresa, que cuenta con grandes equipos de abogados. Esa desigualdad que se genera en el proceso es perjudicial y la ley no lo contempla.
Sin embargo, y a pesar de algunas falencias, considero que es un aporte, porque se avanza en la materia de protección a los consumidores y permite que se regule de mejor manera. Se puede comparar hoy en día a lo que es la Inspección del Trabajo, entidad que puede llamar a los trabajadores a una mediación por un reclamo contra el empleador, y si este no concurre es multado o si concurre, pero no asiste con toda la información también será infraccionado. Además, si las personas quieren pedir indemnizaciones pueden concurrir al tribunal y reclamarla, que es más o menos la misma dotación de facultades que tendrá el Sernac, y eso es importante para los consumidores.
Con este nuevo proyecto será mucho más fácil defender a los consumidores, ya que todas las personas conocerán mejor lo que puede hacer el Sernac y verán a la institución como un respaldo para ellos.
Lya Rojas
Abogada y Socia Directora de Rojas & Abogados