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Los 20 años de la Reforma Procesal Penal en Santiago: luces, sombras y desafíos Opinión Archivo

Los 20 años de la Reforma Procesal Penal en Santiago: luces, sombras y desafíos

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Daniela Báez Aguirre
Por : Daniela Báez Aguirre Defensora Regional Metropolitana Norte
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La reforma imaginaba juicios ágiles, concentrados y con jueces comprometidos en la inmediación. Sin embargo, casos emblemáticos –como el megajuicio por fraude en Carabineros, que supera los tres años de duración– ponen de manifiesto una realidad que desnaturaliza los principios que la inspiraban.


El 16 de junio, la Reforma Procesal Penal en la Región Metropolitana cumplió dos décadas, consolidando su vigencia a nivel nacional. Se trata de un hito que marcó la promesa de una justicia penal moderna: eficiente, transparente y respetuosa de los derechos fundamentales. Si bien el cambio de paradigma es innegable con procesos adversariales, jueces imparciales y una defensa técnica garantizada, la experiencia desde la Defensoría Penal Pública revela que existen desafíos pendientes, especialmente para quienes enfrentan el sistema desde una posición de mayor vulnerabilidad.

La creación de la Defensoría Penal Pública fue un pilar fundacional de la reforma. Por primera vez, el Estado aseguró el derecho a defensa técnica para todas las personas, sin distinción, con el fin de garantizar un acceso igualitario a la justicia. Sin embargo, esta promesa sigue enfrentando tensiones derivadas de prácticas arraigadas, sesgos estructurales y profundas desigualdades.

Prisión preventiva: ¿medida cautelar o pena anticipada?  

Las cifras en la Región Metropolitana preocupan: entre abril de 2022 y abril de 2025, las personas en prisión preventiva aumentaron de 6.337 a 9.083, un 43% en tres años. Más grave aún: el 40% de la población penal regional está conformada por imputados sin condena, cifra que escala al 54% en el caso de las mujeres. Estos números no solo cuestionan el principio de presunción de inocencia, sino que exponen un uso desproporcionado de esta medida cautelar que fue penada como de “ultima ratio”.

La reforma imaginaba juicios ágiles, concentrados y con jueces comprometidos en la inmediación. Sin embargo, casos emblemáticos como el megajuicio por fraude en Carabineros, que supera los tres años de duración ponen de manifiesto una realidad que desnaturaliza los principios de oralidad, inmediatez y continuidad que la inspiraron, generando no solo un desgaste institucional y humano, sino que afectando la credibilidad en una justicia que llega tarde. Urgen mecanismos de gestión de casos y límites procesales claros para evitar que la búsqueda de justicia se transforme en un laberinto burocrático.

Finalmente, desde la Defensoría Penal Pública seguimos velando por la incorporación de un enfoque interseccional en el sistema de justicia penal. Alto número de mujeres privadas de libertad, personas migrantes con barreras lingüísticas, pueblos originarios cuya cosmovisión no es comprendida o personas con discapacidad mental que terminan en cárceles en lugar de centros de salud: la justicia penal debe considerar la diversidad de las personas. Implementar protocolos con enfoque de género, interculturalidad y discapacidad no es una concesión, sino un deber para garantizar el acceso igualitario a la justicia.

En un país donde la seguridad pública se discute desde el punitivismo y el prejuicio, la Defensoría Penal Pública muchas veces se ve como un actor incómodo pero esencial. Incómodo, porque defender a quienes la sociedad ya condenó exige desafiar narrativas simplistas. Esencial, porque sin una defensa técnica robusta con recursos, autonomía y perspectiva de derechos, el debido proceso se reduce a un ritual vacío.

A 20 años de la reforma, el balance es ambiguo: avanzamos sin duda en la modernización del Estado, en un sistema adversarial con garantías procesales que fortalecen el Estado de Derecho, pero debemos seguir avanzando en materias que se han ido alejando del espíritu original. Analizar el uso de la prisión preventiva, repensar la gestión de juicios complejos y, sobre todo, entender que la justicia penal no puede estar al margen de un enfoque interseccional, que permita un acceso a la justicia igualitario, libre de discriminaciones.

Porque, como bien sabemos, sin defensa no hay justicia.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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