Corte de Antofagasta ordena al Ejército pasar a retiro a cabo dado de baja por uso medicinal de marihuana
La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección presentado por Christian Esteban Reyes Lara, en contra del Ejército, institución que lo desvinculó del servicio por consumir cannabis sativa, como paliativo al cáncer que padece.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Myriam Urbina Perán, Virginia Soublette Miranda y el abogado (i) Cristián Aedo Barrena– acogió la acción cautelar, ordenando al Ejército y al comandante del cuartel general de la Primera División, coronel Enrique Heyermann Ríos, «considerar y tramitar el alejamiento del señor Reyes Lara del Ejército de Chile como retirado, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, Ley 18.948 y al Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas», con el objetivo de no coartar sus posibilidades remunerativas y de atención médica.
Según el recurrente, en enero de 2013 se le diagnosticó un cáncer testicular avanzado con metástasis. Tras una extirpación de urgencia, inició sesiones de quimioterapia que tuvieron efectos adversos. Descartado el uso de medicina tradicional, comenzó a consumir marihuana. Sustancia que «tuvo efectos inmediatos», por lo que siguió utilizándola con una finalidad terapéutica y con respaldo médico.
En septiembre de 2015, el Ejército lo somete a un examen aleatorio de control de drogas, el que arrojó positivo. Resultado que le fue notificado el 29 de octubre de 2015, junto con ser dado de baja.
«Es evidente la vulneración del derecho a la vida y a la integridad psíquica, tal como se ha referido en el recurso, en la medida que la decisión coarta seriamente su posibilidad de atención médica, que a la luz de los documentos acompañados al proceso, solo podrán ser paliativas.
Por la misma razón, al ser dado de baja de la institución, el recurrente no recibe remuneración ni goza de la protección de seguridad social, indispensable para el estado de salud en el que se encuentra, con lo que se afecta el derecho de propiedad», concluye el fallo.