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Será ley: Congreso despacha proyecto que permite el retiro de fondos previsionales a enfermos terminales PAÍS Crédito: ATON / Foto de referencia

Será ley: Congreso despacha proyecto que permite el retiro de fondos previsionales a enfermos terminales

La normativa plantea que los enfermos terminales sean reconocidos como tales por un Consejo Médico nombrado por la Superintendencia de Pensiones. La comisión tendrá un plazo de siete días hábiles para aprobar las solicitudes. La ministra del Trabajo María José Zaldívar valoró la aprobación del proyecto. «Esta es una ley que va a ayudar en la dignidad y va a ayudar en garantizar mayor bienestar en materia de seguridad social», dijo. [ACTUALIZADA]


Por unanimidad –134 votos a favor–, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó el proyecto de ley que posibilita a enfermos terminales retirar sus fondos previsionales.

La ley plantea que los enfermos terminales sean certificados como tales por un Consejo Médico nombrado por la Superintendencia de Pensiones.

Los que sean reconocidos como enfermos terminales, tendrán derecho a percibir una pensión calculada como una renta temporal a doce meses, la que será pagada por la AFP a que se encuentren afiliados a la fecha del pago, con cargo al saldo de su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias tras reservar el capital necesario para pagar las pensiones de sobrevivencia y la cuota mortuoria, cuando corresponda.

Uno de los cambios que fueron respaldados en la Cámara Baja, es que, si determinada la reserva, el saldo fuese insuficiente para financiar una renta temporal de monto igual a la Pensión Básica Solidaria vigente para los mayores de 80 años, por un período de doce meses, el saldo de la cuenta individual se destinará a financiar la renta temporal del afiliado hasta el monto que sea necesario para tal efecto.

Cámara de Diputadas y Diputados

Certificación

La Comisión Médica Regional contará con un plazo de siete días hábiles para emitir un dictamen sobre la certificación del enfermo terminal.

Si la Comisión no se pronuncia durante esos días, se considerará invalida la solicitud. Frente a esto, el afiliado o al Compañía de Seguros podrán apelar a la decisión dentro de los tres días hábiles siguientes.

La normativa establece que «se entenderá por enfermedad terminal cuando el único tratamiento médico disponible sea la entrega de cuidados paliativos del dolor y se estime una sobrevida no superior a un año».

En los artículos transitorios del proyecto, se establece que la ley entrará en vigencia el 1 de julio de 2021.

Sin embargo, se agregó que a contar del primer día hábil del mes subsiguiente a la fecha de publicación de esta ley y hasta la entrada en vigencia de su articulado permanente, podrán acceder a los beneficios establecidos, quienes estén haciendo uso de las Garantías Explícitas en Salud (GES), solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado junto a una serie de patologías detalladas en la norma.

La ministra del Trabajo y Previsión Social, María José Zaldívar, valoró la aprobación del proyecto. «Esta es una ley que va a ayudar en la dignidad y va a ayudar en garantizar mayor bienestar en materia de seguridad social. Consagra el derecho de aquellas personas que están enfrentando una situación tan difícil como el haber recibido la noticia de tener una enfermedad terminal, ahora pueda tener una manera distinta de disponer de los recursos que durante toda su vida activa acumularon pensando en una futura pensión”.

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