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Justicia rechaza demanda de Javiera Blanco contra el CDE por su renuncia como consejera PAÍS

Justicia rechaza demanda de Javiera Blanco contra el CDE por su renuncia como consejera

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El Cuarto Juzgado Civil de Santiago desestimó la acción indemnizatoria presentada por la exministra y exconsejera del CDE, al concluir que no se acreditó falta de servicio del Consejo de Defensa del Estado. La defensa apeló y el caso será revisado por la Corte.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
El Cuarto Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda de indemnización presentada por Javiera Blanco contra el Consejo de Defensa del Estado, al no acreditarse falta de servicio en su salida como consejera en 2018. La exministra solicitaba cerca de $476 millones, alegando presiones indebidas. El tribunal consideró que una carta de la entonces presidenta del CDE no constituyó presión ilegítima, sino una preocupación institucional. La defensa apeló el fallo y será la Corte de Apelaciones de Santiago la que defina el resultado final del caso.
Desarrollado por El Mostrador

El Consejo de Defensa del Estado logró un fallo favorable en la demanda presentada por la exministra Javiera Blanco, luego de que la justicia rechazara la acción indemnizatoria interpuesta en su contra por su salida del organismo en 2018.

La causa fue resuelta por el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, cuyo magistrado, Luis Quezada, concluyó que no se logró acreditar una falta de servicio por parte del CDE, elemento central de la demanda presentada por la exautoridad.

Una demanda inédita

Blanco había ingresado la acción judicial el 22 de septiembre de 2022, solicitando una indemnización total cercana a los $476 millones por concepto de lucro cesante y daño moral.

En su presentación, la exministra argumentó que su renuncia al cargo de consejera —al que había accedido en 2017 durante el gobierno de Michelle Bachelet— no fue plenamente voluntaria, sino que se produjo bajo presiones internas.

Según su defensa, encabezada por el abogado Andrés Astudillo, habría existido un ambiente que dificultó el ejercicio de sus funciones, particularmente tras su participación en causas de alta connotación pública.

La postura del CDE

Desde el CDE, en tanto, se sostuvo que la renuncia fue completamente voluntaria y formalizada conforme a derecho. El organismo recordó que Blanco presentó su dimisión mediante un escrito en octubre de 2018, el cual fue aceptado posteriormente a través de un decreto del Ministerio de Hacienda.

Además, argumentó que en el documento no existían elementos que permitieran inferir presión o vicios en el consentimiento.

El rol de la carta de María Eugenia Manaud

Uno de los ejes del litigio fue una carta enviada por la entonces presidenta del CDE, María Eugenia Manaud, en la que planteaba a Blanco la inconveniencia de continuar en el cargo mientras enfrentaba investigaciones penales.

En la misiva, Manaud señaló que la condición de imputada en causas donde el propio CDE tenía un rol activo podía generar un conflicto de interés y afectar el prestigio institucional.

Si bien recomendó considerar la renuncia, reconoció expresamente que no tenía facultades para exigirla.

El criterio del tribunal

El juez Quezada determinó que dicha comunicación no constituía una presión ilegítima. Según el fallo, la carta reflejaba una preocupación institucional razonable ante un eventual conflicto de interés, considerando que Blanco estaba involucrada en investigaciones en las que el CDE debía representar al Fisco.

En esa línea, el tribunal concluyó que no se acreditó una conducta indebida por parte del organismo que permitiera configurar responsabilidad civil.

Apelación en curso

Tras la sentencia dictada el 31 de diciembre de 2025, la defensa de Blanco presentó un recurso de apelación el 31 de enero de este año.

El abogado Astudillo sostuvo que el fallo reconoce la existencia de presiones, pero que las justifica sobre la base de argumentos que calificó como jurídicamente insostenibles. “La señora Blanco fue sometida sistemáticamente a hostigamientos y presiones indebidas”, afirmó.

La resolución ahora quedará en manos de la Corte de Apelaciones de Santiago, que deberá revisar los antecedentes y determinar si confirma o revoca la decisión de primera instancia.

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