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Corte Suprema devuelve libertad condicional a condenado por delitos del estallido social en Concepción PAÍS Crédito: Agencia Uno

Corte Suprema devuelve libertad condicional a condenado por delitos del estallido social en Concepción

La Corte Suprema acogió un recurso de amparo a favor de Carlos Peyrin, quien fuera el primer detenido por delitos del estallido social en la región del Biobío y devolvió el beneficio de libertad condicional. El aludido, fue detenido en diciembre de 2019 tras portar una bomba molotov, por lo que fue sentenciado a 3 años y un día de cárcel. Tras no participar de talleres de reinserción, la Comisión de Jueces había revocado el beneficio, pero tras la determinación del máximo tribunal, podrá cumplir el resto de su pena en libertad. El abogado defensor de Peyrin, Esteban Arévalo, señaló que «la revocación de la libertad condicional era excesiva y desproporcionada y no se había propuesto un nuevo plan de intervención, que considerara, por ejemplo, las obligaciones laborales de Carlos».


La Corte Suprema acogió el recurso de amparo interpuesto por la defensa de Carlos Peyrin, quien fuera el primer condenado por delitos en el marco del estallido social en la región del Biobío, ordenando así devolver el beneficio de libertad condicional.

Peyrin fue detenido en diciembre de 2019 por portar una bomba molotov, por lo que fue condenado a 3 años y 1 día de cárcel efectiva. Aunque, tras 14 meses privado de libertar, recibió la libertad condicional. En 2021, luego de no asistir a talleres de reinserción, la Comisión de Jueces revocó su beneficio.

El abogado defensor de Peyrin, Esteban Arévalo, aseguró que la medida había sido «excesiva y exagerada», en donde no se contemplaban las obligaciones laborales que tenía actualmente el

«La revocación de la libertad condicional de Carlos Peyrin era excesiva y desproporcionada y no se había propuesto un nuevo plan de intervención, que considerara, por ejemplo, las obligaciones laborales de Carlos. Por tanto, revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones y en definitiva anuló esta revocación de la libertad condicional”. aseguró.

El fallo del máximo tribunal respondió en la misma línea, en donde afirmaron que «su defensa incorporó un documento que da cuenta que efectivamente se encuentra trabajando, desempeñando una jornada laboral que le impide asistir o conectarse a los talleres que contempla el Plan de Intervención Individual».

«La decisión revocatoria aparece desproporcionada considerando que no se dio al penado la posibilidad de instar a la modificación horaria de los talleres que comprende el Plan de Intervención Individual, motivo por el cual se acogerá la presente acción», concluye.

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