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Realizan apertura del testamento de Lucía Hiriart, tras demanda del CDE contra herederos de Augusto Pinochet PAÍS

Realizan apertura del testamento de Lucía Hiriart, tras demanda del CDE contra herederos de Augusto Pinochet

El 16° Juzgado Civil de Santiago abrió el testamento de la fallecida Lucía Hiriart, luego de que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentara una demanda por provecho de dolo ajeno contra los herederos testamentarios del dictador. A poco más de dos años de la muerte de la viuda del exgeneral, el CDE ha realizado un conjunto de acciones que buscan recuperar los recursos malversados por Pinochet y sus colaboradores, según informó el organismo. En 2018, la Corte Suprema acogió un recurso de casación condenando a tres colaboradores de Augusto Pinochet como autores del delito de malversación de caudales públicos.


El Consejo de Defensa del Estado concurrió este miércoles a la audiencia llevada a cabo ante el 16º Juzgado Civil de Santiago en que se concretó la apertura del testamento de Lucía Hiriart, cónyuge del dictador Augusto Pinochet, diligencia solicitada por el organismo en el marco de la demanda por provecho del dolo ajeno presentada contra los herederos testamentarios del exgeneral.

La diligencia forma parte de un conjunto de acciones ejercidas por el CDE con el propósito de recuperar los recursos malversados por éste y sus colaboradores.

La abogada del CDE María Eliana Ricke explicó a la prensa que “se procedió a aperturar el testamento de doña Lucía Hiriart, cónyuge de don Augusto Pinochet Ugarte, diligencia pedida por este organismo y todo ello en el marco de la demanda interpuesta en contra de los herederos testamentarios del exgeneral por el provecho del dolo ajeno con respecto de los dineros que él (Pinochet) defraudó”. La jurista, sin embargo, sostuvo que no podía pronunciarse respecto al contenido del testamento.

Tras la sentencia de la Corte Suprema que puso término al caso Riggs, el 24 de agosto de 2018, que acogió el recurso de casación en la forma deducido por el CDE, condenando a tres colaboradores del exgeneral como autores del delito de malversación de caudales públicos, el organismo presentó una demanda por provecho del dolo ajeno con el propósito de que los herederos de Pinochet sean condenados a pagar al Fisco alrededor de US$ 16 millones, correspondientes a los dineros obtenidos ilícitamente por éste. Ello, dado que, si bien no se acreditó que hubieren tenido participación en los ilícitos, serían destinatarios de un provecho económico que fue fruto de una conducta delictual plenamente demostrada.

El recurso de casación interpuesto por el CDE contra el fallo desfavorable de segunda instancia, acogido por la Corte en varios de sus argumentos, posibilitó emprender una serie de acciones judiciales para recuperar los dineros defraudados. La sentencia decretó el comiso de los bienes que estaban a nombre del exgeneral o de alguna de sus sociedades, la mayoría offshore y con acciones al portador. Sin embargo, pese a dar por acreditado el monto total del perjuicio, ascendente a US$17.866.323, el Máximo Tribunal estimó que la pena accesoria de comiso sólo podía recaer en aquella parte de los bienes que tuviera relación con la intervención de los condenados.

Precisamente, acogiendo los argumentos del Consejo, de acuerdo al CDE, la Corte Suprema señaló, al resolver el recurso de casación penal, que era imposible desconocer que en el proceso existía evidencia probatoria más que suficiente para estimar plenamente demostrado que el general Pinochet incurrió en conductas que importaron sustracción de caudales públicos y, en este escenario procesal, era posible razonablemente colegir que los bienes individualizados en el fallo de primer grado podían considerarse como los efectos o producto de la perpetración de sus conductas delictuales cometidas en perjuicio del erario nacional.

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