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La respuesta de Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz a sanciones de SVS: nos engañó, usó «copy paste» y afirman que multas los dejarán en la ruina

Héctor Cárcamo
Por : Héctor Cárcamo Periodista El Mostrador Mercados
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Es difícil calificar la cantidad de adjetivos que acusadores y acusados han ido lanzando al aire en el Caso Cascadas.

Luego de la multa de US$ 164 millones que aplicó el 2 de septiembre la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) a Julio Ponce, Roberto Guzmán y Leonidas Vial, además de otro grupo de acusados, los sancionados han ido terminando de presentar sus recursos de reclamación en los juzgados civiles de Santiago.

Ayer se conocieron los presentados por LarrainVial, el socio de ésta, Leonidas Vial, y los ejecutivos de la empresa, Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz, gerente general y gerente de distribución, respectivamente.

En el documento elaborado por su abogado Florencio Bernales, los ejecutivos se sacan los guantes ante el Vigésimo Tercer Juzgado Civil de Santiago para atacar duramente la labor de la SVS que dirige Carlos Pavez, cuestionando ácidamente su labor.

Allí detallan una serie de acusaciones sobre las intenciones y la forma en que la autoridad presentó las sanciones un mes atrás, en que condenó a ambos ejecutivos a pagar US$ 8,2 millones (Bulnes) y US$ 4,2 millones (Errázuriz) por haber sido parte instrumental del esquema de operaciones que lideró Ponce y donde complió un rol también accesorio Leonidas Vial.

Denuncian que en el rechazo a la reclamación que presentaron, la SVS destina apenas 7 carillas y que usó la técnica del ‘copy paste’ para justificar las multas. Además, estiman que por cada día que tarda el juicio la multa crece en $ 3,7 millones.

LarrainVial señaló que la multa "es probablemente la sanción más injusta y desproporcionada que registre nuestra historia bursátil y jurídica".

Presión mediática

Los ejecutivos aseguran que hubo una mala intención evidente de la SVS por sancionarlos, pese a que –a su juicio– no había elementos suficientes para multarlos. Uno de estos factores es la presión de los medios de comunicación.

“Como no escapará al conocimiento de SS este caso ha sido materia recurrente en los medios de prensa de toda índole. Esta última circunstancia ha determinado que el recurrido señor superintendente de Valores y Seguros, al momento de sancionarnos, indudablemente se ha encontrado expuesto a una evidente presión mediática que inevitablemente ha influido en la decisión condenatoria por él adoptada”.

Aún más, para Bulnes y Errázuriz la SVS no tenía otro destino que sancionarlos, porque el propio Pavez había sido el encargado de área que analiza las denuncias, como pareció dejarlo claro la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados cuando asistió, hace diez, el ex SVS (quien formuló cargos contra Julio Ponce en 2013) Fernando Coloma.

“Sin lugar a dudas las mismas personas que nos condenaban en púbico no podían exponerse al ridículo de absolvernos posteriormente. Desde el inicio de este procedimiento nuestro destino estaba sellado: teníamos que ser condenados, aunque no hubiera prueba alguna, ya que el actual Superintendente era precisamente quien estaba a cargo del área de cumplimiento de mercado en el período investigado”, afirma el libelo.

Para los multados, la SVS “ha ejercido su potestad jurisdiccional sin límite alguno, ni siquiera respetando los límites que le impone la ley”.

 ¿Copy paste de Pavez?

Luego, aseguran que la resolución sancionatoria número 223 de la autoridad, cuando informa las multas el 2 de septiembre pasado, rechaza los recursos de reclamación administrativos, de modo que tuvo una hábil fórmula para ahorrarse trabajo en el proceso y para no incluir en la sanción operaciones bursátiles previas al 2 de septiembre de 2010, hasta donde existía caducidad de las transacciones.

La ley impide a la SVS sancionar por operaciones que hubieran ocurrido más de cuatro años atrás.

Según Bulnes y Errázuriz, la resolución fue originalmente concebida por la SVS para pronunciarse respecto de los cargos efectuados en contra de Julio Ponce y otros formulados de cargo (entre ellos, se entiende, el propio Leonidas Vial) distintos de los suscritos y LarrainVial, pero que la misma fue “defectuosamente adaptada” para incluirnos entre los sancionados.

“Esta actitud precipitada de la SVS queda de manifiesto a partir de que nuestro procedimiento fue acumulado a los restantes a último minuto, mediante una resolución notificada con fecha 29 de agosto de 2014, vale decir, con tan solo un día  hábil antes de la dictación de la resolución 223, también queda de manifiesto de texto de esta última resolución, donde se destinan más de 700 páginas a abordar la situación de los demás formulados de cargos y se desechan nuestro argumento en tan sólo dos planas, que su simple lectura delata que fueron incrustadas al texto original, mediante un ejercicio postrero de ‘corte y pega computacional’”, sostienen.

Por ello, los sancionados hacen una advertencia sin matices. “Es del caso señalar que nuestro escrito de descargos constaba de 146 páginas. De este modo, si el señor superintendente decidió hacerse cargo de todos nuestros argumentos en tan sólo dos planas, deberá convivir con ello para todos los efectos legales de la presente reclamación”, indican.

Los ejecutivos cuestionan incluso la publicidad que la SVS le dio a la comunicación de las multas, lo que entienden como fruto de su afán de escandalizar. “Revelador del afán de escándalo y la falta de imparcialidad con que se ha conducido la SVS, cabe señalar que una vez pronunciada la resolución 223, por la que se nos condenó, y mucho antes que ésta quede ejecutoriada, en una actitud sin precedentes en nuestro país, dicho organismo se dedicó a entregar copias en DVD de todo el proceso, incluyendo la sanción, a cualquier persona que previo el pago de $ 1.040 lo solicitare. No imaginamos que ningún tribunal de la República que se precie de imparcial pudiera observar una conducta semejante”, aseguran.

Caducidad y Doctrina Aylwin

Uno de los temas claves que el abogado Bernales se encargó de establecer en la reclamación es que la SVS no utilice, como argumento para sancionar, alguna de las operaciones ocurridas antes del 2 de septiembre de 2010.

Así, usando a fondo las leyes, ambos ejecutivos advierten que la SVS no puede usar en el juicio en tribunales ninguna transacción controvertida ocurrida en forma previa a esa fecha, dado que las anteriores caducaron para efectos de aplicarse multas y, según los abogados, tampoco pueden usarse como parte del relato ni como antecedentes de la infracción que la Superintendencia aplicó.

Señalan que son dos operaciones, del 23 de septiembre de 2010, remate de acciones Calichera, y transacciones de acciones SQM-A, entre Oro Blanco y Pampa Calichera, realizadas entre el 23 y 24 de diciembre de 2010 y entre el 4 y 17 de enero de 2011, las únicas que corresponde discutir en el juicio que podría durar entre uno y dos años.

La apuesta legal de los gerentes de LarrainVial no es novedosa. También la usarán otros acusados, forzando a que se discuta en los tribunales si es legalmente aceptable que operaciones caducas sean usadas como antecedentes de las sanciones, lo que es asimilado por abogados cercanos al caso a lo que en política de violaciones a derechos humanos se llamó la Doctrina Aylwin, en que se discutía si, aplicada la Ley de Amnistía, correspondía al menos investigar aunque no se pudiera sancionar.

Crece y crece

Reiterando la línea de su alegato en la reclamación administrativa hecha ante la SVS, Bulnes y Errázuriz se definen como personas que tienen una vida con comodidades pero expuesta a que, si pierden el trabajo, sufrirían igual que la mayoría de los chilenos.

“Ninguno de los comparecientes somos personas de fortuna, ni tenemos un gran patrimonio personal; tal vez podemos ser calificados como profesionales exitosos, como muchas otras personas de nuestros país (abogados, médicos, ingenieros, etc.), quienes, gracias a su trabajo personal, logran destacar en su rubro y llevar una vida con ciertas comodidades; ello en la medida que no dejemos de trabajar, puesto que nuestro futuro, como de la inmensa mayoría de las personas, no está asegurado. Como obviamente la vida y sustento de nuestras familias, la mantención y educación de nuestros hijos, depende por completo del trabajo cotidiano de cada uno de nosotros”, aseguraron.

Explican que hacen constar estas acotaciones personales para revelar que la SVS no ponderó estas circunstancias al aplicarles las millonarias multas.

A pie de página, además, hacen ver cómo va corriendo día a día el potencial costo que tendrán para ellos estas sanciones si se llegan a confirmar, debido a los intereses que se están acumulando.

Según indicaron, cada día que pasa las multas crecen por intereses en $ 3,7 millones, lo que implica mensualmente un aumento de la sanción en $ 100 millones. Extendido a un año, las multas suben en $ 1.320 millones (US$ 2,3 millones).

Aun más, aseguran que las multas son exageradas, dado que ninguno de los dos ganó “un peso en ninguna de las transacciones sancionadas, cuestión que la SVS no ha negado”.

Los ejecutivos insisten en que la SVS se vio influida por una “presión mediática” para sancionar y que el proceso está totalmente viciado. En ese sentido, la acusación más grave es que, para tomarles testimonios en la fase previa a las sanciones, se les engañó indicándoles que eran sólo testigos.

Aseguran que la SVS no dejó de violar sus garantías constitucionales en cada etapa del proceso. Incluso, afirman que no fueron notificados de que eran objeto de una investigación sino hasta que fueron formulados de cargos en enero de 2014.

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