Publicidad

Aclaración de Jorge Correa Sutil sobre columna «Un correazo más fuerte»

Por: Jorge Correa Sutil


Señor Director:

Acerca de la columna “Un correazo más fuerte”, le pido aclarar lo siguiente:

1.- El Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior es una entidad u órgano público. Como tal, sus facultades están determinadas no por la voluntad de quienes trabajan en él o por sus autoridades, sino por la ley. Al respecto, el Decreto Supremo 1005 del Ministerio del Interior, de 1997, en relación con el artículo 6° de la Ley 19.123 determinan que la función de ese Programa era y es la de prestar la asistencia social y legal que requieran a los familiares de las víctimas de violaciones a los derechos humanos, tanto para acceder a los beneficios que ella establece como para hacer efectivo el derecho inalienable de sus familiares y de la sociedad chilena a la ubicación de las personas detenidas desaparecidas, como igualmente la de los cuerpos de las personas ejecutadas y las circunstancias de dicha desaparición o muerte.

 2.- Esa competencia legal del Programa no podía ser sobrepasada conforme a la Constitución, que todo funcionario público está en la obligación de respetar. La competencia limitada de las autoridades y órganos públicos es la piedra angular de cualquier Estado de derecho.

 3.-  Para determinar cuáles acciones judiciales podían razonablemente vincularse al derecho inalienable mencionado en el número primero, escuché siempre al Director o Directora del Programa. Cada vez que me pareció que podía establecerse un vínculo con esa competencia legal, autoricé el ejercicio de esas acciones. De no visualizar ese vínculo, no autoricé su ejercicio. Era mi responsabilidad.

    Jorge Correa Sutil

Publicidad

Tendencias