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Pueblos indígenas y condiciones carcelarias

Lorena Fries Monleón
Por : Lorena Fries Monleón Diputada distrito 10.
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Una política penitenciaria para personas de pueblos indígenas permitiría superar el caso a caso, inscribirla en un marco de derechos humanos y evitar de paso que la ciudadanía piense que cuando se traslada a mapuche condenados, como en el caso de la última huelga de hambre en Angol, se lo hace en virtud de un acto discrecional y no producto de una obligación en materia de derechos humanos.


Las críticas a Gendarmería y al Intendente de la Araucanía, Francisco Huenchumilla, han irrumpido en la prensa nacional. Éstas provienen de sectores que consideran discriminatoria la medida de trasladar a Celestino Córdova al Centro de Educación y Trabajo de Angol, ya que representa para ellos “un trato privilegiado” hacia los presos mapuche.

Este punto de vista desconoce las obligaciones que el Estado de Chile asumió al ratificar el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. En efecto, dicho Convenio, cuyo objeto central es la determinación de condiciones y mecanismos que aseguren el respeto a los derechos de los pueblos indígenas que existían antes de los procesos colonizadores, contempla definiciones que son plenamente aplicables a la situación en comento.

Así, el artículo 10 del Convenio 169 establece, de una parte, que, cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de pueblos indígenas, deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales y, de la otra, que, a su respecto, deberá darse preferencia a tipos de sanción distintos al encarcelamiento. Recintos como el Centro de Educación y Trabajo de Angol, aunque no resuelven en su plenitud las disposiciones de los acuerdos internacionales suscritos por Chile, disponen de medidas diferentes de reclusión que permitirían condiciones apropiadas para la cultura y hábitos de los mapuche.

[cita]Una política penitenciaria para personas de pueblos indígenas permitiría superar el caso a caso, inscribirla en un marco de derechos humanos y evitar de paso que la ciudadanía piense que cuando se traslada a mapuche condenados, como en el caso de la última huelga de hambre en Angol, se lo hace en virtud de un acto discrecional y no producto de una obligación en materia de derechos humanos.[/cita]

Este razonamiento, que es medular en materia de derechos humanos, tiene su razón de ser en que hay grupos, como los pueblos indígenas y sus integrantes, que se encuentran en la actualidad en una situación de desventaja frente a, en este caso, los no indígenas, evidenciada por la falta de reconocimiento a su cultura, su cosmovisión y consecuentemente a su relación con la tierra y la naturaleza. La cárcel es dura para todos y todas pero, de acuerdo al convenio, sería más dura para los miembros de pueblos indígenas. Para superar la situación de desventaja en la que se encuentran se debieran introducir medidas de pertinencia cultural, como por ejemplo dotar de espacios para que puedan llevar adelante sus prácticas religiosas y espirituales, incluir el uso de su propia medicina, y medidas alternativas al encierro, cuestiones que, sin dejar atrás temas de seguridad, debieran combinarse para cumplir con dicho convenio.

Cierto es que en la práctica hay unidades penales en las que el INDH ha constatado avances, pero ellos corresponden a la vocación de algunos alcaides más que a una política, ya que la ausencia de diagnóstico impide determinar las medidas y recursos requeridos para implementarla. Una política penitenciaria para personas de pueblos indígenas permitiría superar el caso a caso, inscribirla en un marco de derechos humanos y evitar de paso que la ciudadanía piense que cuando se traslada a mapuche condenados, como en el caso de la última huelga de hambre en Angol, se lo hace en virtud de un acto discrecional y no producto de una obligación en materia de derechos humanos.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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