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Amenazas para la libertad de panorama en Chile Opinión Foto referencial arte urbano Valparaíso

Amenazas para la libertad de panorama en Chile

La actual modificación propuesta resulta poco clara respecto a la aplicabilidad de la norma, dando pie a ambigüedades, incertidumbres y contradicciones, que pueden terminar afectando el trabajo de más creadores y comunicadores, artistas audiovisuales, fotógrafos, periodistas y fotorreporteros.


Esta semana, el Senado de Chile votará una serie de modificaciones a la Ley de Propiedad Intelectual (Boletín N° 13098-24), entre las que se encuentra el restringir la llamada “libertad de panorama” en nuestro país, es decir, la posibilidad que tiene cualquier persona de reproducir, mediante fotografías, dibujos o videos, monumentos, estatuas, esculturas y otras obras artísticas que se encuentren en lugares públicos, sin necesidad de solicitar autorización al autor o al titular de estas. 

La libertad de panorama es una excepción al derecho de autor que se encuentra consagrada en la Ley 17.336 desde sus orígenes, y cuya justificación está en la importancia de que la ciudadanía acceda, disfrute y se apropie de los espacios públicos a través de las imágenes y la creación artística y visual, reconociendo y respetando el valor de los entornos urbanos y arquitectónicos para la vida cultural y social de las personas. 

El proyecto de ley que está siendo discutido se reactivó hace apenas dos semanas, luego de pasar cuatro años en carpeta, previo al receso legislativo de febrero de 2024. Las modificaciones que pretende hacer a la Ley de Propiedad Intelectual y en particular al artículo 71 F, van en una dirección totalmente diferente al de su sentido original, dejando a Chile en un estado parecido al de numerosos países de África, Europa Oriental y Medio Oriente, donde la libertad de panorama no existe y donde la industria creativa, comunicacional e incluso la turística sufren las consecuencias.  

La actual modificación propuesta resulta poco clara respecto a la aplicabilidad de la norma, dando pie a ambigüedades, incertidumbres y contradicciones, que pueden terminar afectando el trabajo de más creadores y comunicadores, artistas audiovisuales, fotógrafos, periodistas y fotorreporteros; lo mismo sucedería con el sector turístico, para el cual la captura y difusión libre de imágenes de monumentos, estatuas y obras artísticas en espacios públicos son fundamentales para la promoción turística y el desarrollo económico de nuestro país.

Cosa similar podría suceder con el funcionamiento de diversas plataformas digitales, como blogs, medios sociales e incluso Wikipedia, donde decenas de miles de imágenes del patrimonio urbano de Chile podrían pasar a ser consideradas como infractoras de la nueva norma.

Así, parece preocupante el sentido que defienden estas modificaciones, que olvida que la función de la propiedad intelectual es encontrar un equilibrio entre entregar incentivos para la creación, y proteger el interés público a través del desarrollo social y cultural y la creación de conocimiento; hoy, sin embargo, más que proteger la creación cultural, esta nueva normativa afectaría el derecho humano de acceso al conocimiento y la cultura, así como el de informar y ser informado. 

Hacemos un llamado a que estos riesgos y preocupaciones sean consideradas en el debate legislativo, considerando la sostenibilidad de gremios locales y que se tome en cuenta el impacto que esta modificación podría tener tanto en el acceso al conocimiento como en el disfrute y valoración del patrimonio cultural y material a lo largo de Chile. 

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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