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Dictan primera condena masiva contra ex integrantes del Comando Conjunto

Penas de presidio remitido deberán enfrentar siete ex miembros de este organismo represivo del régimen militar, por su responsabilidad en la desaparición de Carlos Contreras Maluje, ex militante comunista y regidor de Concepción. Este fue uno de los pocos casos en que los tribunales, en plena dictadura, acogieron un recurso a favor de las víctimas.


El ministro en visita Juan Eduardo Fuentes Belmar condenó a penas de hasta tres años y un día de presidio a siete ex miembros del Comando Conjunto, por el secuestro calificado de un militante del Partido Comunista (PC) en noviembre de 1976.

Las condenas de primera instancia están dirigidas contra cuatro oficiales en retiro de la Fuerza Aérea, un miembro de la Armada y dos de Carabineros, quienes fueron responsabilizados por la desaparición de Carlos Contreras Maluje, quien fuera regidor de Concepción.

El magistrado sentenció a tres años de prisión remitida, en calidad de autores del secuestro, al general Freddy Ruiz Bunger, al coronel Juan Francisco Saavedra Loyola, al teniente César Palma Ramírez, de la FACH; al sargento de Carabineros Alejandro Sáez Mardones; y al capitán de la Armada Daniel Guimpert Corvalán, todos en calidad de retiro.

Si bien el juez rechazó invocar la ley de Amnistía de 1978, volvió a considerar que el secuestro de la víctima se detuvo el 11 de marzo de 1990, con el retorno del orden democrático, aplicando de esta manera la tesis de la prescripción gradual de la acción penal.

En ese sentido, también condenó a tres años y un día de presidio menor en su grado medio al capitán de bandada de la FACH en retiro Jorge Cobos Manríquez, a quien el período en que estuvo fuera del país hace aumentar el plazo de prescripción de la acción penal.

Asimismo, el magistrado desestimó la demanda civil contra el Fisco presentada por el abogado de la familia de la víctima, Nelson Caucoto, acogiendo la excepción de prescripción de la acción civil

Este fue uno de los pocos casos en que la Corte de Apelaciones de la época del régimen militar acogió un recurso de amparo presentado por familiares de las víctimas de violaciones a los derechos humanos. En aquella oportunidad, el recurso fue acogido por los ministros Marcos Libedinsky, actual presidente de la Corte Suprema, Enrique Paillás, y José Canovas Robles.

El Comando Conjunto (CC) fue una entidad de inteligencia del régimen militar que operó entre 1975 y 1976, cuyo objetivo principal fue dirigir la represión contra los miembros del Partido Comunista (PC) y el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

Si bien el año pasado el juez Joaquín Billard había dictado condenas contra cuatro ex uniformados por el secuestro calificado con resultado de muerte de Juan Rivera Matus, perpetrado en diciembre de 1975, ésta es la primera condena masiva contra los integrantes de este organismo represivo.

En aquella oportunidad, el magistrado sentenció a diez años y un día de presidio a los ex militares Álvaro Corbalán Castilla y Sergio Díaz López, ambos miembros de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), en calidad de autores, y a 600 días de pena remitida a Ruiz Bunger y Madrid Hayden, en calidad de encubridores.

En tanto, en 2002 la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó la libertad de trece ex uniformados y revocó sus procesamientos al estimar que regía el principio de la cosa juzgada y la Ley de Amnistía en el secuestro de David Urrutia Galaz, perpetrado en 1975.

Por este caso, estaban procesados como autores de «asociación ilícita criminal» Palma Ramírez, Guimper Corvalán, además de los ex FACH Otto Trujillo Miranda, Raúl González Fernández, Manuel Muñoz Gamboa, Pedro Caamaño Medina, Carlos Madrid Hayden, Robinson Suazo Jaque, Fernando Zúñiga Canales; Eduardo Cartagena Maldonado; Guillermo Urra Carrasco; Pedro Zambrano Uribe y Juan Chávez Sandoval.

Contreras Maluje se hizo atropellar

Según la resolución, Contreras Maluje fue detenido el 2 de noviembre de 1976 por civiles, sin que existiera orden emanada de autoridad legítima y competente que la justificase, conducido hasta el centro clandestino de detención conocido como «La Firma» y sometido a interrogatorios y apremios físicos.

Posteriormente, el detenido ofreció concurrir a un punto callejero que permitiría la detención de otro militante comunista, para lo cual se realizó operativo en calle Nataniel, donde se ubicó un número indeterminado de agentes en las distintas intersecciones.

Cuando Contreras Maluje caminaba por Nataniel en dirección al norte, se lanzó al paso de un vehículo de locomoción colectiva que transitaba por la referida arteria en dirección al sur, quedando lesionado a raíz del impacto, pidiendo ayuda a gritos a los transeúntes y a un funcionario de Carabineros, indicando su condición de secuestrado y torturado por agentes que identificó como pertenecientes a la DINA.

Inmediatamente, un grupo de agentes le señaló al policía que dicho asunto era de su competencia, subiendo a Contreras a un vehículo fiscal y a cargo de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea, y posteriormente fue trasladado nuevamente al recinto de «La Firma», ignorándose desde entonces su paradero.

Agrega que el mencionado cuartel, desde marzo de 1976, sirvió como un recinto de detención clandestino y secreto y se encontraba bajo la subordinación de la DIFA, donde operaban mayoritariamente agentes del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea, de Carabineros (DICAR), Armada (SIN), y civiles, que daban forma al Comando Conjunto.

Según el dictamen, los agentes pertenecientes a este organismo respondían a las órdenes del oficial superior que ejercía el cargo de Director de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea (DIFA), institución militar, de carácter jerarquizada.

En consecuencia, agrega la resolución, todos sus miembros se encontraban supeditados a la autoridad de su director, sin perjuicio de sus responsabilidades correspondientes por los actos personales realizados.

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