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Sala del Senado verá proyecto que suple vacíos en la ley de Rentas II

Comisión de Gobierno aprobó la iniciativa, en segundo trámite, que realiza una serie de ajustes a las disposiciones vigentes a objeto de permitir que las municipalidades puedan recaudar más recursos.


En condiciones de ser analizado y votado por la Sala del Senado quedó el proyecto, en segundo trámite, que realiza una serie de ajustes a la Ley de Rentas Municipales II con el objeto de permitir que los municipios recauden más recursos y simplifiquen algunos trámites.



Esto, luego que la Comisión de Gobierno, presidida por el senador Hosaín Sabag, aprobara la iniciativa en particular.



En lo fundamental el proyecto del gobierno propone realizar ajustes y adecuaciones a la aplicación de algunos derechos de beneficio municipal, al mismo tiempo que rebajar la carga burocrática de los contribuyentes de patentes municipales.



Entre otras medidas, exime a las sedes sociales de instituciones de socorros mutuos del 100% del pago del impuesto territorial; fija tarifas diferencias del servicio de extracción de residuos domiciliarios; simplifica las condiciones de publicación del decreto municipal que declara abandonadas las propiedades; y obliga a las municipalidades a informar a la Subsecretaría de Desarrollo Regional sobre las recaudaciones obtenidas de los componentes del Fondo Común Municipal.



Junto con solucionar una serie de efectos "no previstos" en lo relativo al incremento de recursos propios menor de lo esperado, la iniciativa contempla un cambio significativo a las actuales disposiciones que regulan los cobros por derecho de publicidad por parte de los municipios.



Derechos municipales



De hecho, no sólo la publicidad que se instale en bienes de uso público deberá pagar derechos por ese concepto, sino que también la que se ubique en terrenos particulares.



Cabe recordar que actualmente las municipalidades pueden cobrar estos derechos por los avisos instalados sólo por empresas de publicidad y en lugares públicos.



Otra de las disposiciones que aprobó la Comisión es la que señala qué acciones se seguirán contra los municipios que no cumplen con la obligación de pagar las cuotas del Fondo Común Municipal.



Esto, pues existen municipios que recaudan recursos que tienen que integrar al Fondo Común Municipal y no lo hacen.



En esos casos, se establece la obligación de los municipalidades de informar a la Subsecretaria de Desarrollo Regional sobre las recaudaciones obtenidas, facultándose al Servicio de Tesorería para retener el traspaso de remesas.



Asimismo, se elimina la posibilidad de que los municipios endeudados celebren nuevos convenios por deudas por aportes al Fondo Común Municipal, a objeto de evitar el endeudamiento por ese concepto.



Por otra parte, se establece un nuevo mecanismo de condonación, vía convenio, de intereses por deudas de aporte al FCM devengadas hasta la fecha de la publicación de la ley, con el objeto de alivianar la carga financiera de los municipios morosos.

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