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Sospechosa, riesgosa e insensata licitación Opinión

Sospechosa, riesgosa e insensata licitación

Roberto Mayorga
Por : Roberto Mayorga Ex vicepresidente Comité de Inversiones Extranjeras. Doctor en Derecho Universidad de Heidelberg. Profesor Derecho U.Chile-U. San Sebastián.
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Es probable que, al decidir la licitación, se utilice el argumento de que una comisión de técnicos la ha propuesto. En efecto, se ha informado que serán cinco funcionarios –Comité Especial de Licitación (CEL)– quienes recomendarán al ministro cómo resolverla. De este modo, se intentará cargar sobre estos funcionarios la culpabilidad por las frustraciones e, incluso, indignación que muy probablemente puedan suscitarse en la ciudadanía, no obstante que constitucionalmente, como se indicó, los contratos de operación sobre el litio son atribución privativa del Presidente de la República. En resumen, insensato, riesgoso y sospechoso.


La apresurada licitación del litio que el ministro de Minería y Energía pretende cerrar a días del término del actual Gobierno, esto es, en enero de este año 2022, entregándosela a consorcios nacionales y extranjeros, es insensata, riesgosa y despierta serias sospechas.

El litio es propiedad de Chile, esto es, de todos quienes formamos parte de esta nación.

La actual Constitución establece, en el art. 19, N. 24, inciso sexto: “El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, comprendiéndose en éstas las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos y las demás sustancias fósiles (…)”.

Tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales –ambos, conforme al art. 5 de la citada Constitución, integran la institucionalidad de Chile– establecen en sus respectivos artículos primero, incisos segundos: “Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales (…). En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia”.

Es necesario tener presente que el precepto constitucional antes citado prescribe que el dominio o propiedad posee las facultades de usar, gozar y disponer del bien de que se trate. Y el numeral 26 del art. 19 garantiza: “La seguridad que los preceptos legales que por mandato de la Constitución regulen o complementen las garantías que ésta establece o que las limiten en los casos en que ella lo autoriza, no podrán afectar los derechos en su esencia, ni imponer condiciones, tributos o requisitos que impidan su libre ejercicio”.

Pues bien, la anunciada licitación vulnera los preceptos constitucionales citados al impedir al país el uso, goce y libre disposición del litio cuyo dominio le pertenece, intentando, al mismo tiempo, excluir del imperio que poseen en la materia, tanto al nuevo Gobierno que asume en marzo como a la Convención Constitucional que actualmente analiza, entre otras, las normas que regirán nuestras riquezas naturales.

¿Por qué el intento del actual Gobierno, a días de su extinción, de excluir al litio del control de Chile, al margen de las disposiciones constitucionales citadas? Sin duda, por el incalculable valor estratégico tanto nacional como internacional que posee y que en manos de grupos privados pueden granjear para estos y no para el país inconmensurables ganancias y, sobre todo, por el uso nuclear que algunas naciones pueden darle.     

En un artículo publicado en los medios, los prestigiosos científicos Gonzalo Gutiérrez, doctor en Física, y José Zagal, doctor en Química, señalan que “son tres las nuevas aplicaciones del litio”. “Primero, el litio se utiliza para almacenamiento de energía, a través de su uso en baterías eléctricas y acumuladores termo solares”. “Segundo, contribuye a la eficiencia energética, empleándose en aleaciones de aluminio-litio en aviones, barcos y rodados. “Tercero, el litio es el elemento del cual se produce el tritio, que es el combustible de la futura fusión nuclear”.

Consultado al respecto, el Dr. Gutiérrez, expresidente de la Sociedad Chilena de Física, explica: “El litio posee propiedades físicas y químicas de carácter singular por su alto potencial electroquímico y su bajo peso específico, que lo han convertido en un elemento clave en numerosas aplicaciones energéticas de alto nivel tecnológico, como baterías eléctricas y aleaciones livianas. Pero tiene también gran importancia en la energía nuclear. De hecho, el tritio usado en la fusión nuclear se obtiene a partir del isótopo Li-6 de litio. A diferencia de la fisión nuclear, que consiste en la división de núcleos de elementos pesados y es el principio físico en el cual se fundamenta la bomba atómica y la energía nuclear controlada actualmente en uso, la fusión nuclear consiste en la unión de dos o más núcleos de elementos livianos para dar origen a un núcleo más pesado. La fusión nuclear es el principio en el cual se basa la bomba de hidrógeno (…)”.

Es evidente entonces que la extracción, explotación, industrialización, comercialización y exportación de litio a otras naciones están directamente relacionadas con la seguridad nacional y la seguridad internacional, tanto por la importancia estratégica en energía como por el rol clave en la fabricación de armamento nuclear. El elevado riesgo de que mentes descriteriadas pudiesen hacer uso de este tipo de armamento, podría implicar consecuencias imprevisibles para la humanidad. 

Es la explicación de que por mandato constitucional la ley declare al litio sustancia no concesible, salvo con autorización expresa y, a nuestro juicio, indelegable de la Presidencia de la República. Pero la institucionalidad del país es aún más exigente al requerir la participación formal de la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CChEN) en todo lo relacionado con la extracción, explotación, industrialización, comercialización y exportaciones del litio. Efectivamente, ya el año 1976 el litio es incluido como sustancia de “interés nuclear” en la Ley Orgánica de la CCHEN, la cual, por tratarse de materias de seguridad nacional, está integrada por representantes de las tres ramas de las Fuerzas Armadas, rectores de universidades y otros altos personeros.

En una investigación efectuada por Ciper, publicada en marzo del 2016, sin que haya sido desmentida a la fecha, se detectó que en la mayoría de las autorizaciones de exportación de litio solicitadas a la Comisión Chilena de Energía Nuclear no se especificó con claridad ni el destinatario final del litio, ni para qué se usaría. Se consignaba algo general, que se usaría para batería, vidrio y generalmente para ‘usos industriales’, concepto que abarca prácticamente todo”.

Se agrega, en el reporte de Ciper, que “la principal tarea que le corresponde ejercer a la CChEN es cautelar que el litio por razones de interés y de seguridad nacional no sea utilizado ‘para fines de fusión nuclear’”. “Para ello, resultaba imperativo no perder de vista la trazabilidad del litio. No fue así. Esa omisión se convierte en un grave problema si se considera que en la última década se han vendido más de 6.500 partidas de litio a cerca de 30 países”, entre ellos, potencias nucleares como China, Estados Unidos e, incluso, podría haber llegado a Corea del Norte.

Nada de lo anterior explica el ministro de Energía y Minería en recientes entrevistas en que, con insólita incoherencia, pretende justificar la licitación del litio. A modo de ejemplo, por una parte, indica que Chile debe elevar la producción y exportación de litio para no perder posicionamiento internacional, pero, por otra, interrogado acerca de la exclusión que implica la licitación del control nacional sobre esta riqueza, agrega que la licitación se reduce solamente a un 4% de las reservas. Clara inconsistencia si se desea mantener posicionamiento internacional. En otros acápites de sus declaraciones, se excusa de una licitación en los estertores del actual Gobierno aduciendo que Bachelet hizo lo mismo en enero del 2018, al entregar el litio a SQM solo a un mes de asumir Piñera. Es impresentable que una alta autoridad se apoye en una cuestionada conducta del Gobierno anterior para incurrir en lo mismo y dejar al país de manos atadas hasta cerca del año 2050.

Lo grave de todas estas insensateces ha sido la carencia de políticas que permitan que las riquezas que nos pertenecen redunden en beneficio del país y no solo de consorcios nacionales o extranjeros. Perfectamente una Empresa Nacional del litio podría asociarse con compañías de alta tecnología, por ejemplo, de Alemania o Japón, para no solo extraer y exportar el litio como salmuera sino para producir en Chile las baterías que requiere el mundo entero y con riguroso celo ecológico.  

Nada de ello se ha hecho. Aún más, sabemos que Chile, Argentina y Bolivia en las fronteras del norte poseen las mayores reservas de litio que existen en la Tierra, lo que ha llevado a considerarlo como el triángulo virtuoso del litio. No obstante, y hasta la fecha, ninguno de sus tres gobiernos ha generado una mesa tripartita para una política común del litio, incapaces de hacer primar sobre sus intereses nacionales una alianza entre ellos ante el resto del mundo. 

Finalmente, y de relevancia similar e incluso mayor a lo anteriormente expuesto, deben tenerse presente las transgresiones ecológicas que se han causado y se causarán por consorcios, tanto al medio ambiente como hacia los pueblos originarios que habitan en la región donde se explota el litio. En una exhaustiva y reciente investigación de los académicos José Aylwin, Marcel Didier y Oriana Mora, bajo el título “Evaluación de impacto en derechos humanos de SQM en los derechos del pueblo indígena Lickanantay”, se señala: “La realización de este trabajo ha estado motivada por las múltiples denuncias que durante los últimos años han venido formulando tanto el Consejo de Pueblos Atacameños como las comunidades de la cuenca del Salar de Atacama por lo que consideran como graves afectaciones por parte de esta empresa a los derechos que les han sido reconocidos a los pueblos indígenas, tanto en el derecho nacional como internacional. Tales denuncias adquieren mayor gravedad teniendo presente que el año 2018 CORFO celebró con SQM nuevos contratos que le permitirán seguir desarrollando sus operaciones en el Salar de Atacama hasta el año 2030, aumentando significativamente el volumen de extracciones de litio y, por lo mismo, sus impactos en las comunidades atacameñas y en el ecosistema de dicho salar”. Ahora, al licitar, los contratos se extenderían hasta cerca del año 2050.

Es probable que, al decidir la licitación, se utilice el argumento de que una comisión de técnicos la ha propuesto. En efecto, se ha informado que serán cinco funcionarios –Comité Especial de Licitación (CEL)– quienes recomendarán al ministro cómo resolverla. De este modo, se intentará cargar sobre estos funcionarios la culpabilidad por las frustraciones e, incluso, indignación que muy probablemente puedan suscitarse en la ciudadanía, no obstante que constitucionalmente, como se indicó, los contratos de operación sobre el litio son atribución privativa del Presidente de la República.

En resumen, insensato, riesgoso y sospechoso.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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