Publicidad
Sistema de pensiones: la responsabilidad de los directorios de las AFP Opinión

Sistema de pensiones: la responsabilidad de los directorios de las AFP

Javiera Arteaga y Judith Schönsteiner
Por : Javiera Arteaga y Judith Schönsteiner autora en el Informe Anual sobre Derechos Humanos en Chile UDP 2022; investigadora, Centro de Derechos Humanos UDP. Editora del Informe Anual sobre Derechos Humanos en Chile UDP 2022, respectivamente.
Ver Más

La estructura del mercado laboral no permite el aumento significativo de los ahorros personales que serían necesarios para mejorar las pensiones en el sistema actual; y, en ausencia de reformas, es probable que siga así. Esto se debe principalmente a las lagunas previsionales relativas a trabajo informal (aunque sea transitorio); a una gran cantidad de trabajos no remunerados, en particular, relacionados con el cuidado; y los bajos salarios. Asimismo, el aumento en las expectativas de vida aún no ha sido acompañado de una edad de jubilación más elevada, en particular de las mujeres. En este contexto, es imprescindible que el Estado fomente el trabajo formal, y aumente la edad de jubilación, principalmente de las mujeres, además de fortalecer el pilar solidario como lo está haciendo hasta ahora.


En Chile, para muchas personas, jubilarse significa caer en situación de pobreza, lo cual es una violación al derecho a la seguridad social. El derecho internacional de los derechos humanos autoriza el cumplimiento del derecho a la seguridad social de manera progresiva, pero no permite la regresividad en la garantía ni la discriminación entre las personas por razones de género, raza, nivel socioeconómico, u otras.

Como es sabido, las bajas pensiones en Chile se originan por problemas del mercado laboral y del mercado de las pensiones. En el primero, algunos problemas son las lagunas en las cotizaciones previsionales, como consecuencia de intermitencias en la participación laboral, comúnmente observada en las mujeres; las brechas salariales entre hombres y mujeres, pues en trabajos comparables ellas reciben menor salario o tienen menores posibilidades de ascenso; y la informalidad laboral. En tanto, en el mercado de las pensiones, vemos la insuficiente rentabilidad de los fondos y el lucro de las administradoras, que no está condicionado al desempeño de las inversiones; así como la falta de un sistema eficaz de responsabilidad corporativa ante los afiliados y las afiliadas. El pilar solidario –financiado a través de impuestos– ha amortiguado el impacto de las desigualdades del mercado laboral en alguna medida, pero aún persisten importantes diferencias, como confirmó un estudio realizado para el Informe Anual sobre Derechos Humanos de la UDP 2022, que se publicará este 14 de noviembre.

Así, la estructura del mercado laboral no permite el aumento significativo de los ahorros personales que serían necesarios para mejorar las pensiones en el sistema actual; y, en ausencia de reformas, es probable que siga así. Esto se debe principalmente a las lagunas previsionales relativas a trabajo informal (aunque sea transitorio); a una gran cantidad de trabajos no remunerados, en particular, relacionados con el cuidado; y los bajos salarios. Asimismo, el aumento en las expectativas de vida aún no ha sido acompañado de una edad de jubilación más elevada, en particular de las mujeres. En este contexto, es imprescindible que el Estado fomente el trabajo formal, y aumente la edad de jubilación, principalmente de las mujeres, además de fortalecer el pilar solidario como lo está haciendo hasta ahora.

En tanto, el sistema de AFP requiere mejoras, en particular en torno a los incentivos y regulatorios de las administradoras. Los primeros deben apuntar a generar mayores retornos y una rentabilidad mínima (no histórica) para los afiliados; se debe procurar el cuidado permanente de los fondos de pensiones, con una mirada individual y no solo del volumen de recursos administrados. En particular, hoy las AFP pueden cobrar comisiones incluso cuando el desempeño de los fondos es negativo. El Estado debiera regular los incentivos, de tal forma que haya una clara ventaja económica al generar mayores retornos.

Finalmente, es una deficiencia estructural del sistema que las AFP no tengan responsabilidad jurídica ni de gobernanza ante sus afiliados y afiliadas. La Ley de Sociedades hace a los gerentes y las gerentas responsables ante los directorios que representan, como en todas las sociedades anónimas: los dueños de la empresa. En este caso, sin embargo, los dueños no coinciden con quienes invierten los fondos de pensiones, que somos todos los trabajadores. Es en este sentido que debiera crearse tanto una representación de los afiliados y las afiliadas en los directorios, como una responsabilidad específica de las administradoras ante quienes cotizan en ellas. Tales garantías y responsabilidades son usuales en cualquier otra modalidad de inversión, y debieran serlo aún más en relación con la cotización obligada para garantizar el derecho a la seguridad social.

Al haber decidido involucrar a los privados en la garantía de un derecho social, las obligaciones del Estado se mantienen inalteradas y, por lo tanto, este debe adoptar todas las medidas necesarias para cumplir con sus obligaciones, que en este caso están comprendidas en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales, Culturales. Como recientemente confirmó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación con las Isapres, la privatización del derecho no reduce el alcance de esta responsabilidad.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias