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Cámara despachó proyecto que prohíbe suspender servicios básicos en pandemia PAÍS Crédito: Archivo | Agencia UNO

Cámara despachó proyecto que prohíbe suspender servicios básicos en pandemia

Concretamente, el proyecto establece que durante los 90 días siguientes a la publicación de esta ley, las empresas proveedoras de servicios sanitarios, empresas y cooperativas de distribución de electricidad y las empresas de distribución de gas de red, no podrán cortar el suministro por mora.


Con 138 votos a favor y 13 abstenciones, la Cámara de Diputados despachó este miércoles el informe de la comisión mixta que prohíbe la suspensión de servicios básicos por no pago, en el contexto de la pandemia del coronavirus que afecta al país.

Concretamente, el proyecto establece que durante los 90 días siguientes a la publicación de esta ley, las empresas proveedoras de servicios sanitarios, empresas y cooperativas de distribución de electricidad y las empresas de distribución de gas de red, no podrán cortar el suministro por mora en el pago a: usuarios residenciales; hospitales y centros de salud; recintos penitenciarios; hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual; establecimientos de larga estadía para adultos mayores; bomberos; organizaciones sin fines de lucro y microempresas.

Información de la Cámara de Diputados señala además que en el mismo periodo de tiempo, se suspenden las normas que permiten aplicar intereses por mora y la suspensión de servicios.

Para acceder a los beneficios de esta ley, los clientes deben cumplir al menos una de las siguientes disposiciones: estar dentro del 60% de vulnerabilidad, de conformidad al Registro Social de Hogares; ser adulto mayor; estar recibiendo el seguro de cesantía; estar acogido a la ley de Protección del Empleo y ser trabajador independiente y expresar, mediante declaración jurada simple, que está siendo afectado por una disminución significativa de ingresos.

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