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Piñera en el borde de la Constitución

Santiago Escobar
Por : Santiago Escobar Abogado, especialista en temas de defensa y seguridad
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La interrogante es si prevalecerá la cultura del autocontrol y la prudencia por parte de las autoridades, en este caso el Presidente de la República o si, por el contrario, pese a los llamados a la unidad nacional, el país ha entrado en un período de deconstrucción de sus consensos institucionales y de las inhabilidades e incompatibilidades que norman las funciones públicas.


El presidente Sebastián Piñera, en una bien estudiada puesta en escena, entregó el viernes pasado el paquete de medidas económicas destinadas a financiar la reconstrucción nacional luego del terremoto. El contenido del proyecto resultó un conjunto relativamente interesante de mecanismos que ponen un buen piso para un debate constructivo en el Congreso Nacional.

Ese sello cuidadoso y positivo contrasta frontalmente con las sombras que rodean su decisión de mantener la propiedad de Chilevisión. Su postura prescindente frente a las peticiones de todos los sectores de que se desprenda de esa propiedad lo sitúan en los bordes de la Constitución,  violentando de manera indirecta el ejercicio prudente del poder  a que está obligado. En nuestra carta fundamental existen sobrados argumentos para sostener tal afirmación.

[cita]Como cultura política, el orden público no se resuelve en lo estrictamente legal como parece ser la idea del gobierno.[/cita]

Ello puede parecer excesivo en el actual escenario, pero resulta necesario enunciarla para tratar de evitar que el tema escale a conflicto institucional de manera inadvertida. Síntomas de ese conflicto ya  se pueden  advertir en la proposición de Andrés Zaldívar de bloquear en el Senado los nombramientos de los consejeros del Consejo Nacional de Televisión.

El artículo 6 de la Constitución prescribe que “los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República”. Tal mandato forma parte de las llamadas Bases de la Institucionalidad.

A su vez, el artículo 24 determina que el gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la República  con una autoridad que tiene por objeto “la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República de acuerdo con la Constitución y las leyes”. Y el artículo32 determina que “Son atribuciones especiales del Presidente de la República (…)  6º. Ejercer la potestad reglamentaria en todas aquellas materias que no sean propias del dominio legal, sin perjuicio de la facultad de dictar los demás reglamentos, decretos e instrucciones que crea convenientes para la ejecución de las leyes”.

Si esas normas se correlacionan con la Ley 18.838, que tiene su origen en el Artículo 19 numeral 12 de la Constitución sobre libertad de opinión y de informar,  que  regula el funcionamiento del Consejo Nacional de Televisión (CNTV), es claro que existen evidencias de una colisión entre lo que manda la Carta Fundamental y la actitud presidencial.

Esta Ley del CNTV determina que el Presidente de la República  tiene la libre designación de un director, el que será Presidente del Consejo (artículo 2 letra a). El resto de los directores, diez en total, los propone  también el Primer Mandatario, cuidando que el Consejo “quede integrado en forma pluralista” (artículo 2 letra b). El Presidente del Directorio es el Jefe Superior del Servicio con amplias atribuciones sobre nombramiento y remoción de sus funcionarios, y de planificación de sus actividades (artículo 14 bis letras e), y g).

El artículo 12, además, prescribe que el CNTV  tiene amplias atribuciones en materia de “correcto funcionamiento” de la TV (las comillas son de la propia ley en el mencionado artículo), que van desde subsidios hasta el otorgamiento de concesiones o su cancelación, pasando por una amplísima gama de facultades regulatorias.

Todas ellas deben aplicarse a Chilevisión, del cual es propietario el Presidente de la República, quien a su vez debe nombrar directamente al Jefe Superior del Servicio y a todo el Directorio, esto último con acuerdo del Senado.

El Presidente Piñera ya ha designado en estos días al Presidente del Directorio de Televisión Nacional (TVN), competidor directo de Chilevisión, y deberá resolver en breve temas fundamentales relativos a la televisión digital, muchos de los cuales corresponden directamente al CNTV. No parece adecuado entonces, como lo piensa por lo demás la mayoría de su bloque político, que mantenga la propiedad de Chilevisión.

Legal, legítimo, prudente

El tema tiene mayor profundidad que lo simplemente jurídico. Toca el talante del ejercicio del poder presidencial y el respecto de los consensos institucionales y las reglas del juego en el sistema político chileno.

Hace pocos días la Vocera de Gobierno, Ena von Baer entrevistada sobre estos hechos en Radio Cooperativa le dijo al periodista: “Cuando me pregunta si hay o no conflicto de interés de esa forma, me obliga a un sí o un no, y yo le digo no”. “El Presidente de la República”, agregó, “fue elegido por la mayoría de los chilenos sabiendo que era dueño de Chilevisión y sabiendo que existía una promesa de generar esta distancia con este canal.  Respetemos a las mayorías”.

El constitucionalismo que prevalece hoy en la mayoría de las sociedades de democracia avanzada tiene como eje central el control jurídico y político del poder. Especialmente el poder de las mayorías, para que no se transforme en arbitrario o discrecional, sin respeto por los derechos de los ciudadanos o las reglas del juego institucional.

La interpretación forzada de las leyes contra el sentido común compartido por todo el sistema, contribuye a minar los consensos básicos sobre las instituciones, deteriora la confianza entre sus actores y transforma la política en algo instrumental. Como cultura política, el orden público no se resuelve en lo estrictamente legal como parece ser la idea del gobierno, sino en un sentido común compartido acerca del significado de Estado de Derecho, más allá de la coerción y los tribunales de justicia.

No entenderlo ha sido un problema recurrente tanto en las llamadas “democracias sociales o plebiscitarias” como la venezolana de Hugo Chávez o la ecuatoriana de Rafael Correa, como en los ejercicios de gobierno de clivaje conservador como el de Álvaro Uribe en Colombia.

Ahí el ejercicio presidencial ha sido prolífico en actitudes instrumentales al momento de usar o interpretar las leyes, los acuerdos políticos o las promesas electorales. Todo con una apelación permanente e indeterminada a las mayorías que los apoyan o al interés del país.

Cuando un empresario se mueve en el borde de la ley en una actividad económica, se está ante un problema regulatorio que las autoridades respectivas deberán investigar y controlar. Cuando ello ocurre con una autoridad superior del Estado y en el ámbito de sus competencias, el problema es político institucional, y su curso de control es de carácter constitucional. Todo ello sin prejuzgar nada acerca de la probidad y la transparencia.

En Chile hasta ahora, aún bajo el mandato de una Constitución de origen autoritario con una baja coherencia interórganos, el ejercicio del poder presidencial ha sido austero y equilibrado para evitar esos casos.

Las disputas entre los diversos poderes del Estado o entre sectores políticos, cuando se han producido, se han visto morigeradas por la templanza exhibida por las autoridades en el ejercicio del poder. Estas, de cualquier signo político, han sido en general muy prudentes. La situación de Chilevisión es inédita, y es un aprendizaje en proceso, sobre todo para el país.

La interrogante es si prevalecerá la cultura del autocontrol y la prudencia por parte de las autoridades, en este caso el Presidente de la República o si, por el contrario, pese a los llamados a la unidad nacional, el país ha entrado en un período de deconstrucción de sus consensos institucionales y de las inhabilidades e incompatibilidades que norman las funciones públicas.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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