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La necesaria regulación en la industria de la comunicación estratégica y el lobby

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Natalio Dorfman
Por : Natalio Dorfman Abogado. Imaginacción Consultores.
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Las prácticas asociadas en el viejo orden a un “buen posicionamiento” de una agencia dedicada a estas actividades (entiéndase el contacto teléfonico, la cercanía gubernamental, los vínculos personales y hasta familiares, entre otros), más bien dan cuenta de un escenario, en general, desregulado para la actividades de gestión de representación de intereses.


Cuando se señala que en 20 años de Concertación hubo empresas que dominaron la escena gracias a su llegada a La Moneda, que una buena agenda con contactos que respondan el teléfono vale más que un doctorado o que con la llegada de la nueva Administración existen agencias mejor o peor posicionadas en función de sus vinculaciones personales o políticas con las nuevas autoridades,  ello no hace sino reforzar nuestra convicción acerca de la imperiosa necesidad de contar con una regulación legal sólida y transparente que, partiendo del reconocimiento al carácter lícito y necesario de esta actividad para el buen funcionamiento de una sociedad democrática, al mismo tiempo, la institucionalice y transparente.

Pero no solamente respecto de las agencias que la desarrollan profesional y remuneradamente, incluidos quienes integrando dichas agencias le prestan servicios de asesoría especializada a organismos del Estado, sino también respecto del conjunto de personas y organizaciones de distinto tipo que diariamente hacen valer sus puntos de vista o promueven intereses e influencias ante diferentes autoridades públicas (organizaciones gremiales, organizaciones sindicales, ONG, centros de estudio, estudios de abogados, etc.).

[cita]Si el proyecto hoy en trámite aspira a cumplir con los objetivos planteados, debe restituir necesariamente una conceptualización amplia del lobby que defina el ámbito de aplicación de la ley por la actividad que se ejecuta.[/cita]

La globalización ha configurado sociedades con multiplicidad de actores e intereses en juego. Estos intereses se despliegan e intentan influir en el proceso de toma de decisiones por parte de las autoridades. Lo relevante, sin embargo, para evitar las distorsiones ilegítimas, es que la defensa, promoción o representación de los aludidos intereses se haga de manera regulada y transparente, de cara al público. Sólo de esta forma se evitan las influencias indebidas que puedan “capturar” a la autoridad en favor de un interés particular afectando con ello el bien común que se busca alcanzar. Además, impide la opacidad en el proceso de toma de decisiones, evitando que en la oscuridad, ajena al escrutinio público, puedan producirse situaciones de discrecionalidad injustificada, tráfico de influencia o corrupción que afecten en definitiva la igualdad de trato entre los ciudadanos, la libre competencia entre los distintos actores económicos y, por último, terminen socavándose con ello lo estándares de ética pública que demandan una sociedad democrática y de derecho.

En este contexto, se hace perentorio reimpulsar el proyecto de Ley de Lobby que actualmente se discute en el Congreso Nacional, específicamente en su Cámara de Diputados. En definitiva, se trata de contar con una regulación que institucionalice la forma en que los agentes privados legítimamente participan en el proceso de adopción de decisiones públicas y que, al mismo tiempo, asegure transparencia e imparcialidad en el desempeño de los funcionarios del Estado que están llamado por su cargo a tomar las respectivas decisiones. Este nuevo ordenamiento debe ser una oportunidad para incorporar, también, la actividad desplegada por quienes asesoran en estas materias a órganos de Gobierno, percibiendo recursos fiscales en dicha función, a fin de evitar que dichos contactos puedan favorecer indebidamente intereses privados representados por dichas agencias.

Si el proyecto hoy en trámite aspira a cumplir con los objetivos planteados, debe restituir necesariamente una conceptualización amplia del lobby que defina el ámbito de aplicación de la ley por la actividad que se ejecuta, es decir representación, defensa o promoción de intereses particulares respecto de decisiones públicas, sin importar si esta es desarrollada por una empresa profesional de cabildeo o no. De lo contrario, un conjunto importante de personas y grupos que hoy gestionan intereses de terceros (ONG, estudios jurídicos, asociaciones gremiales, centros de estudios, agrupaciones sindicales, entre otros), sin estar constituidas como empresas dedicadas abierta y expresamente al lobby, no contarían con incentivo alguno para someterse al marco fijado por la iniciativa legal en cuestión, más bien, se verían motivadas a buscar subterfugios para continuar desarrollando sus actividades de cabildeo en las mismas condiciones en que hoy lo hacen, sin someterse a la nueva regulación, generando con ello una discriminación arbitraria a favor de estos actores completamente injustificada.

Cabe hacer presente que el pretendido posicionamiento de las agencias de lobby o de comunicación estratégica basado principalmente en los estrechos lazos personales y políticos con los tomadores de decisión, presenta dos tipos de complejidades. En primer lugar, en un escenario donde el proceso de toma de decisiones, de construcción en definitiva de las políticas públicas, en general, tiene un alto componente técnico, las simples vinculaciones personales o los llamados telefónicos no garantizan la buena receptividad de los intereses representados o promovidos, cobrando mucha más relevancia contar con el conocimiento y una estrategia profesional que permita llegar con planteamientos sólidos y razonables ante la autoridad. Las redes pueden ayudar a llegar a conversar con alguien, pero la verdadera influencia está dada cada vez más por los buenos argumentos que sean capaces de convencer y persuadir a partir de las lógicas de la razón técnica y no tanto por las cercanías y el “amiguismo”.

En segundo lugar, las prácticas asociadas en el viejo orden a un “buen posicionamiento” de una agencia dedicada a estas actividades (entiéndase el contacto teléfonico, la cercanía gubernamental, los vínculos personales y hasta familiares, entre otros), más bien dan cuenta de un escenario, en general, desregulado para la actividades de gestión de representación de intereses, donde la ambigüedad normativa expone a las autoridades a conflictos de intereses no explicitados y a los cabilderos a la tentación o riesgo de  “capturar”  ilícitamente a la autoridad.

En definitiva, solo una regulación integral y transparente en este ámbito de materias, permitirá a la “industria” transitar sin ambigüedades y a paso firme hacia un nuevo orden, so riesgo de perpetuar las formas y prácticas asociadas al viejo orden en el sector.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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