Publicidad

Sí existe derecho a la eutanasia

Publicidad
Alejandra Zúñiga Fajuri
Por : Alejandra Zúñiga Fajuri Doctora en derecho, investigadora CIFDE, Universidad de Valparaíso. http://cifde.cl/
Ver Más

¿Qué tipo de legislación tenemos en Chile en esta materia? La Ley de Derechos del Paciente reconoce, en sus artículos 14 y 15, el derecho al “consentimiento informado”, esto es, dispone que el consentimiento informado del paciente es requisito previo a toda intervención médica, por lo que el paciente puede negarse o detener una intervención médica, aun cuando de ello derive en su muerte.


A pesar de lo intensa que puede llegar a ser la angustia emanada de la idea de la propia muerte, ésta resulta a veces desplazada por los padecimientos y tormentos que puede significar sostener la propia vida. Es el miedo al dolor lo que nos hace odiar la muerte y también el miedo al dolor lo que nos hace, en ciertas circunstancias, desearla.

La “racionalización de la muerte”, supone entrar en la discusión asociada a la aparición de los diferentes sistemas médicos de mantenimiento artificial de las funciones del cuerpo humano. Dentro de ese conjunto de posibilidades técnicas de sustitución de las funciones del cuerpo cabe incluir aparatos como el respirador artificial, las máquinas de hemodiálisis, las técnicas de hidratación y de alimentación artificial, las técnicas de reanimación cardiaca y también las técnicas de trasplante de órganos. De esta manera se ha ido imponiendo cada vez con mayor fuerza la idea de que el proceso de morir de un individuo en nuestra sociedad depende, en gran medida, de la decisión médica de aplicar o no una de esas técnicas.

Existe una línea de crecimiento de la tolerancia estatal hacia ciertas conductas relacionadas con el proceso de morir que se ha venido manifestando en casi todo el mundo occidental durante el último tiempo. La tolerancia social hacia las conductas que ponen fin a la vida de enfermos graves por petición de los mismos se ha convertido en autorización legal de la eutanasia directa o el suicidio asistido en los Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Suiza, Estonia, Albania, los estados de Washington, Oregon y Montana, Australia y, a partir de 2015, la provincia canadiense de Quebec.

[cita]¿Qué tipo de legislación tenemos en Chile en esta materia? La Ley de Derechos del Paciente reconoce, en sus artículos 14 y 15, el derecho al “consentimiento informado”, esto es, dispone que el consentimiento informado del paciente es requisito previo a toda intervención médica, por lo que el paciente puede negarse o detener una intervención médica, aun cuando de ello derive en su muerte.[/cita]

¿Qué tipo de legislación tenemos en Chile en esta materia? La Ley de Derechos del Paciente reconoce, en sus artículos 14 y 15, el derecho al “consentimiento informado”, esto es, dispone que el consentimiento informado del paciente es requisito previo a toda intervención médica, por lo que el paciente puede negarse o detener una intervención médica, aun cuando de ello derive en su muerte. Según las definiciones más extendidas (Oxford Handbook of Bioethics y Cambridge Textbook of Bioethics) la eutanasia pasiva consiste en “la interrupción del tratamiento, en no iniciar otros o, en términos generales, en no prestar auxilio o asistencia, no evitando con ello el desenlace de la muerte”. Este es, por cierto, el caso contemplado en los artículos 14 y 15 de la ley, de modo que en Chile ya existe derecho a la eutanasia pasiva.

Avanzar hacia el derecho a la eutanasia activa es algo que la sociedad chilena debe poder discutir sin prejuicios y honrando nuestra mutua identificación de seres dotados de dignidad. En efecto, el derecho a elegir el modo de morir se relaciona con la idea de dignidad humana individual, es decir, la creencia de que las personas tienen el derecho y la responsabilidad moral de enfrentarse por sí mismas a las cuestiones fundamentales acerca del significado y valor de sus propias vidas, respondiendo a su propia conciencia y convicciones.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias