Opinión
Archivo (AgenciaUno)
Ni en la Guerra
La atención médica debe determinarse por razones médicas y no por nacionalidad o pertenencia militar, sin distinción entre militar o civil, amigo o enemigo, pues la prioridad debe responder a criterios médicos.
El gobierno envió al Congreso una propuesta de reforma constitucional sobre seguridad en la cual se establece, entre otras indicaciones, que “los condenados por los delitos señalados en el inciso segundo, durante el cumplimiento de su condena y por el plazo de quince años luego de su cumplimiento, quedarán inhabilitados para acceder a determinadas prestaciones financiadas con recursos públicos”. Entre ellas se encuentran, sin duda, las prestaciones de salud que se dan en los establecimientos carcelarios y, luego del cumplimiento de las condenas, la atención primaria y los servicios de urgencia. Examinemos qué dice el derecho internacional humanitario al respecto.
En 1859 se produjo la Batalla de Solferino, en Italia, donde se enfrentaron 300.000 soldados de los ejércitos de Austria, por un lado, y de la alianza franco-piamontesa, por el otro, en el curso de la Unidad Italiana. Se produjeron 40.000 bajas, con miles de heridos abandonados en el campo de batalla. Henry Dunant, un empresario suizo que se encontraba en las cercanías, vio con horror los miles de heridos y organizó a los habitantes de los villorrios aledaños para atenderlos, sin hacer distinción a qué bando pertenecían.
“Todos hermanos” (Toute Fratelli) fue su lema. Dunant se convirtió en un activista que promovió una acción internacional que culminó con la adopción en 1864 de la Primera Convención de Ginebra. Su artículo 6 estableció que “los combatientes heridos o enfermos”, de “cualquier nación que pertenezcan”, debían ser recogidos y cuidados. Doce estados europeos la adoptaron inicialmente y más tarde muchos otros.
La norma fue integrada en 1864 y ampliada en las cuatro Convenciones de Ginebra de 1949, de las cuales Chile es signatario desde su inicio. Su artículo 12 establece que los heridos y enfermos deben ser respetados, protegidos y atendidos por la parte en cuyo poder se encuentren. No pueden ser deliberadamente dejados sin asistencia médica.
El artículo 3 establece que “los combatientes puestos fuera de combate por heridas, enfermedad o por haber depuesto las armas, deben ser tratados humanamente”. Así, la obligación de recoger y cuidar a los heridos es un principio transversal del derecho internacional humanitario y la atención médica debe determinarse por razones médicas y no por nacionalidad o pertenencia militar, sin distinción entre militar o civil, amigo o enemigo, pues la prioridad debe responder a criterios médicos. La regla puede expresarse sencillamente en buscar, recoger, proteger y tratar al herido. Se debe decidir la prioridad por necesidad médica y no convertir la atención sanitaria en una prolongación de la hostilidad.
¿Qué ocurre con la obligación de cuidar a una persona cuando esa persona pertenece al bando enemigo? La pregunta parece propia del derecho internacional contemporáneo, pero tiene una raíz mucho más antigua. Los Evangelios ponen el sufrimiento del otro —incluso del extranjero, del excluido y del enemigo— por encima de la pertenencia grupal. El derecho internacional humanitario transforma posteriormente ese principio moral en una obligación jurídica: el combatiente herido deja de ser un objetivo legítimo y debe ser recogido, protegido y atendido.
La naciones firmantes de la convención de 1864 eran todas europeas, depositarias de la tradición cristiana y un hilo histórico religioso permite establecer una continuidad entre los evangelios y los contenidos de las convenciones mencionadas. La parábola del buen samaritano (Lucas 10:25-37) constituye probablemente la imagen evangélica más potente para este tema. Un hombre queda herido y abandonado en el camino: quien lo ayuda es un samaritano, miembro de un grupo hostil a los judíos.
Jesús desplaza así la pregunta desde “¿Quién pertenece a mi grupo?” hacia “¿Quién actuó como prójimo?” La respuesta es quien tuvo misericordia del herido. Lo mismo con el sirviente del centurión romano, ejército opresor de los judíos, a quien Jesús cura a pesar de ser del enemigo. Los Evangelios presentan, por tanto, una ética en la que la enfermedad, la herida y la vulnerabilidad pueden suspender la lógica de exclusión.
Esta evolución permite proponer una línea de continuidad —no de identidad— entre una tradición moral y una norma jurídica: Evangelios → dignidad y misericordia hacia el vulnerable → humanitarismo del siglo XIX → Convención de Ginebra de 1864 → Convenciones de 1949 → Protocolos de 1977 → derecho humanitario consuetudinario y protección contemporánea de la asistencia sanitaria.
Por todo esto, sorprende que quienes se declaran cristianos propicien una reforma constitucional que consagra la exclusión, que olvida al Dios que perdona al pecador y estimula la redención, que predica el amor universal. Es estar diciendo que no hay rehabilitación posible y menos reintegración a la sociedad. Consagra la deshumanización y niega los avances de las ciencias de la salud mental, que tienen más y mejores instrumentos para rehabilitar.
Los que trabajamos en la salud lo hacemos por una profunda vocación de servicio. Cuidar y aliviar el dolor nos proporciona estímulo y nos mueve la compasión por el dolor ajeno. Apelo a la fuerza de nuestra vocación a que nos opongamos con fuerza y convicción a ser instrumentos del castigo y la venganza y que movilicemos a nuestras organizaciones sociales para oponerse a tan inicua legislación. No soy creyente, pero sí respetuoso de la religión cristiana y de otras que le dan sentido a la vida de los que profesan la fe. A ellos también les pido que no permitan que en nuestra sociedad se instale el odio, el castigo eterno y la negación de la redención, como política de Estado.
Ni en la guerra se niega el cuidado de los heridos y los enfermos, de acuerdo a las normas instauradas por las naciones civilizadas, de las cuales somos partícipes. Nuestra ética establece que hay que asistir a los enfermos cualquiera que sea su condición y eso lo defenderemos siempre.
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