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Proyectos de inversión y consulta indígena

Antonio Correa
Por : Antonio Correa Historiador (U. de Chile) experto en política indígena.
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Los proyectos de inversión en territorios indígenas son hoy un tema fundamental no solo para los pueblos originarios sino también para buena parte del empresariado nacional e internacional. Mientras los primeros ven sus tierras, sitios ceremoniales y de significación cultural invadidos por proyectos extractivos y energéticos, los segundos ven paralizados indefinidamente la calificación de sus Estudios de Impacto Ambiental y se enfrentan a eventuales judicializaciones por no dar cumplimiento a la Consulta Indígena tal como lo establece la actual normativa ambiental y el Convenio 169 de la OIT. La indefinición del Estado en esta materia ha sido fundamental para extender el problema, contribuyendo a un clima cada vez más hostil entre las comunidades indígenas y los empresarios.

El tema de las inversiones en territorios indígenas cambia abruptamente con la promulgación del Convenio 169 de la OIT. Desde el punto de vista de los Derechos Humanos las asimetrías cobran especial importancia. Esas asimetrías no solo quedan en un poder diferenciado de negociación sino que adquieren un carácter estructural.

Nadie podría desconocer las ventajas que inversiones forestales, mineras, pesqueras, eléctricas y otras que se hagan en el país pueden aportar al desarrollo económico y al bienestar ciudadano. El desafío es definir reglas claras a objeto de garantizar el respeto de los derechos colectivos de las comunidades indígenas en el desarrollo de esos emprendimientos.

La consideración a su cultura, costumbres, modos de vida, y resguardo de los sitios sagrados en los territorios ancestrales son imperativos fundamentales para los estándares que impone hoy el derecho internacional. Al mismo tiempo los inversionistas requieren seguridad para sus inversiones y certezas básicas que otorguen sustentabilidad y seguridad a sus proyectos.

Lo anterior tiene como presupuesto ineludible la existencia de una institucionalidad estatal que desempeñe su rol regulador y mediador para viabilizar los diferentes proyectos, garantizando el cumplimiento de los acuerdos entre las partes.

[cita] Hasta el día de hoy el Estado no tiene ni poder fiscalizador ni protector, lo que se relaciona directamente con la falta de información y mecanismos pertinentes en el diseño de las políticas indígenas y su operatividad. Una definición clara de los roles que deben jugar el Estado y el sector privado es fundamental para el entendimiento entre comunidades indígenas e inversionistas.[/cita]

El Estado debe contar con los medios institucionales para dirimir controversias, evitando transgresiones o vulneración de derechos de las partes involucradas. Esta exigencia cobra sentido y urgencia en circunstancias que el actual Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, que regula la consulta indígena en esta materia, lejos de favorecer esa política pública para los acuerdos mantiene un vacío de indeseadas consecuencias para las comunidades afectadas.

La principal interrogante son los potenciales beneficios que reportarían a las comunidades indígenas las inversiones en sus territorios, principalmente aquellas enfocadas a la producción extractiva de recursos naturales (minería, forestales, hidroeléctricas). Históricamente se ha limitado la participación de los pueblos indígenas en las inversiones privadas en sus territorios a la de meros asalariados de dichas empresas sin lograr participación en las ganancias y viendo afectado su modo de vida, intereses y formas de reproducción. En la práctica han participado solo como proveedores de factores productivos en una relación del todo asimétrica con el empresariado. Esto contribuye a que muchos mapuche vean la inversión privada como una amenaza y no como una posibilidad para realizar negocios y participar de los beneficios de la explotación empresarial de los recursos.

Por otro lado, el peligro constante de judicialización genera preocupación en el mundo empresarial que ve en el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas una amenaza y una traba que eleva los costos de los proyectos de inversión al paralizar su ejecución y la incertidumbre jurídica de los mismos.

La presencia de proyectos de inversión en territorio indígena debe ser una oportunidad para que el mundo indígena pueda participar de los beneficios adecuadamente, contribuyendo al desarrollo que puede implicar la actividad empresarial en sus territorios.

La responsabilidad social de las empresas e inversionistas implica, entre otras cosas, dotar de capacidades y competencias a los habitantes del territorio para que aprovechen las oportunidades emergentes, garantizando su modo de reproducción cultural, social y espiritual. Los niveles de confianza entre inversionistas e indígenas nunca son muy altos. Existe la sensación que los pueblos indígenas nunca ganan. Es imprescindible apoyar el desarrollo de nuevas competencias en el mundo indígena, de lo contario seguirán incrementándose la frustración, la desesperanza y la desconfianza.

La suma de los factores descritos (y otros que no caben aquí) tiene como efecto una progresiva baja de la inversión, independientemente del gobierno de turno. Esta situación no va a cambiar sin una transformación radical del marco regulatorio.

El panorama actual es el resultado de políticas equivocadas que no entienden hoy el diálogo intercultural. Comprender lo anterior es imprescindible para satisfacer las expectativas que las comunidades legítimamente tienen. Se requiere que el Estado garantice un enfoque basado en la Responsabilidad Social Empresarial en el diseño de los marcos regulatorios sobre iniciativas de inversión que logre el mayor consenso posible entre las comunidades y organizaciones indígenas.

Frente a lo anterior surge una pregunta básica: ¿cuáles son los costos de la interacción de los pueblos indígenas con las empresas? Un gran peligro es la especulación que pueden generar las empresas o bien, la poca credibilidad de algunas organizaciones indígenas que quieran hacer negocios de mayor nivel.

Para las comunidades indígenas estas diferencias sumadas a la falta de entendimiento han llevado a una frustración permanente de sus modelos de vida. En el escenario descrito adquiere gran relevancia la idea de negocios inclusivos, es decir, buscar una forma de incluir a las comunidades en los negocios que se implantan en estas zonas indígenas, estos reciben el nombre de negocios sinérgicos, donde los indígenas puedan desarrollar negocios propios que vayan acordes con su estilo de vida.

El modelo que actualmente se discute en el mundo de los derechos humanos y también ahora en sectores del empresariado son las Evaluaciones de Impacto a Derechos Humanos. Estas toman las estructuras de las evaluaciones de impacto ambiental, agregando los factores de Derechos Humanos. Cuando conciernen a comunidades indígenas los derechos humanos deben considerar el Convenio 169 de la OIT y la Declaración Universal de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas. Con esta metodología, que puede armarse desde la empresa y desde la comunidad, se tendría una herramienta para negociar desde ambas partes. Para esto se necesita un fondo con el cual la comunidad también puede realizar estudios, de lo contrario las asimetrías persistirán.

Este modelo también sirve para comunidades no indígenas, ya que permitiría realizar alianzas más transversales con otras comunidades y aumentar su poder de negociación. No obstante, en un sistema democrático siempre corresponderá a las comunidades indígenas realizar una discusión interna sobre la conveniencia de desarrollar alianzas productivas con el mundo empresarial.

La consulta indígena es el único instrumento que regula la inversión en sus territorios, no obstante existe un consenso en que esta no puede ser llevada adelante por las empresas, tal como recomienda el Banco Mundial, ya que ello no garantiza imparcialidad en el proceso y menos en los resultados. El Estado debe jugar un rol, es poco favorable para el sistema de consulta que existan estas dos vías de manera independiente, el Estado debe garantizar que las consultas cumplan con los estándares internacionales. De otra parte, se requiere como precondición para la consulta el reconocimiento territorial.

Para generar un modelo de desarrollo territorial que considere los intereses de la comunidad se requiere un sistema de ordenamiento territorial no solo a nivel regional sino que nacional, pues de otra forma es imposible disminuir la gran concentración de impactos ambientales negativos en ciertas zonas. Es necesaria la intervención pública por medio de una gran reforma que remueva ciertas verdades. Por ejemplo una reforma al Código de Aguas y la Constitución, por medio de procesos de consultas indígenas profundos que apunten a generar consensos a nivel nacional, no como hemos visto en los últimos años.

Hasta el día de hoy el Estado no tiene poder fiscalizador ni protector, lo que se relaciona directamente con la falta de información y mecanismos pertinentes en el diseño de las políticas indígenas y su operatividad. Una definición clara de los roles que deben jugar el Estado y el sector privado es fundamental para el entendimiento entre comunidades indígenas e inversionistas.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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