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Microchip para mascotas ¿obligatorio?

Por: Camilo Portilla Frost


Señor Director:

Leyendo las noticias me pude enterar que queda poco tiempo para inscribir a mis mascotas en el registro nacional que se ha dispuesto para tal efecto, so pena de exponerme a cuantiosas multas si no cumplo con dicho deber. Lo anterior claramente me alarmó, razón por la cual decidí averiguar qué debía hacer, cómo hacerlo y hasta cuando podía.

En una rápida búsqueda por internet pude encontrar muchas noticias que hablaban al respecto, y todas ellas me decían una cosa en común: el microchip es obligatorio. Ahora bien, para dar con la información “oficial” me dirigí a la página de implementación del registro, esto es, registratumascota.cl, la cual ha sido diseñada por Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE). La página en su inicio me decía: “Revisa aquí los requisitos para solicitar el registro de tu mascota”, así que, obediente, los revisé. Al lado de un simpático dibujo que parece ser un microchip, reza la información: “Tu mascota debe tener implantado bajo la piel un microchip, el cual debe cumplir con la norma ISO 11784, es decir, tener un numero único de 15 dígitos.” Quedé impresionado, no solo era obligatorio el microchip, sino que debía ser un microchip especial, que tenía que cumplir con especificaciones propias. Es más, en las preguntas frecuentes del mismo sitio web, se encuentra la pregunta: ¿Puedo registrar un animal sin microchip? La respuesta no se hace esperar, es un contundente no.

Todo esto me llamó mucho la atención, así que decidí ahondar. Resulta que la Ley Cholito (o de tenencia responsable de mascotas) y su reglamento, nada dicen respecto a dicha obligatoriedad, por el contrario, el Decreto 1007/2018 del Ministerio del Interior, en su artículo 6 inciso 2°, señala claramente que para el registro de la mascota ésta puede ser identificada o con un dispositivo externo (típica medallita) o con un dispositivo interno (famoso microchip). Nada de eso aparece en la información entrega por el Servicio a cargo del registro. Entonces me pregunto: ¿por qué existiendo posibilidades más económicas, y, por tanto, más accesibles, se publicita que sólo el microchip está aceptado?

Entiendo que dicha alternativa pueda presentar ventajas, pero lo cierto es que la normativa le ha entregado al responsable de la mascota una posibilidad y no una imposición, y lo razonable es que la autoridad a cargo, preocupada de que se cumpla con la obligación, nos informe de manera adecuada cuál es la imposición legal y no que nos entregue una nueva fake news.

Camilo Portilla Frost
Abogado

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