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La libertad de expresión a propósito de las tesis de la Universidad de Chile

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Por: Camila Andrea González Vera


Señor Director:

En el año 1925 se publicaba un libro de corte meramente teórico, que exponía los delirios de un ciudadano alemán que escribió su manifiesto de vida, expresando en él el peligro que revestían los judíos para la ciudadanía y lo que él consideraba, una forma válida su doctrina política. Entenderá por supuesto, señor director, que me refiero a “Mein Kampf”, escrito por Adolf Hitler mientras se encontraba cumpliendo pena de prisión.

Como mencioné, este libro fue una quimera que escribió un presidiario, que podría considerarse como un texto figurado, y que además fue escrito en el ejercicio de su libertad de expresión.

Deseo tomar el tema de la libertad de expresión, y viajar así en el tiempo a Chile, casi 100 años después, en donde ha salido a la luz pública un debate sobre la existencia de algunas tesis escritas por estudiantes de pedagogía de la Universidad de Chile, en donde, a través de títulos provocadores, mencionan a la pedofilia de forma directa en ‘Pedófilos e Infantes, pliegues y repliegues del deseo’ y ‘El deseo negado del pedagogo: ser pedófilo’.

La protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, debe ser irrestricta, y no debe admitir ningún matiz. Una institución pública, con tantos años de tradición, y que ha formado a profesionales de gran raigambre en los procesos socioculturales de nuestro país, no puede permitir siquiera que exista un esbozo a apologías que vulneren los derechos humanos y de los niños, niñas y adolescente en lo más mínimo. La actitud de la rectora de esta casa de estudios es correcta, y lo más adecuado, por la sana convivencia cívica y por el prestigio de la Universidad de Chile, es que esta investigación sumaria sea realizada con la máxima eficiencia y celeridad.

La libertad de expresión jamás puede constituir un problema, pues cada quien tiene derecho a expresar sus opiniones, o escribir una ficción si así lo quisiera. Sin ir más lejos, la libertad de expresión nos ha regalado tratados de diversas especies en ámbitos científicos y/o humanistas, debates, filmes, canciones, libros y muchas otras locuciones artísticas e intelectuales que han permitido abrir nuestra mente y nuestra alma. Pero claro, ¿Es acaso aceptado que esta libertad de expresión abarque cualquier situación y hecho? La respuesta es también compleja, señor director, pero por un tema de sentido común, entendemos en este punto, que claramente, el ejercicio de este derecho no puede vulnerar de manera alguna – ni siquiera, de forma teórica – la dignidad y los derechos humanos de ningún individuo, sobre todo si estamos hablando de grupos que requieren una protección activa.

La Convención de los Derechos del Niño fue ratificada por Chile en 1990, y ella indica, en su artículo 2°, que “Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna”. La protección de los niños y sus derechos hoy y siempre serán un tema de suma prioridad, y por ende, es también necesario que todas las instituciones del país que están formando profesionales, eduquen a sus alumnos para construir la sociedad que hoy soñamos para el corto plazo, en donde el respeto a los derechos fundamentales de sus individuos sea una regla general, y en donde cada niño podrá crecer entendiendo y sintiendo que este país si es un entorno seguro para su desarrollo.

Camila Andrea González Vera

Abogada, Universidad de Chile

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