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Celco: Vence plazo para destrucción de ductos y DGA reitera que son ilegales

Cinco días dio la Dirección General de Aguas para que Celulosa Arauco y Constitución destruyera emisarios que llevan riles y aguas lluvias al río Mataquito, contaminado luego que la planta ubicada en la Región del Maule sufriera dos derrames. Sin embargo, la autoridad señaló que la medida se puede dilatar si la firma presenta un recurso ante el organismo o en tribunales.


A las 23:59 horas de este viernes venció el plazo para que la planta Licancel de Celulosa Arauco y Constitución (Celco) destruyera tres de sus ductos por orden de la Dirección General de Aguas (DGA). Según el organismo, hasta la fecha, ninguna de estos emisarios al río Mataquito cuenta con una autorización formal, por lo que son «ilegales» y deben ser destruidos.



La detección de esta irregularidad se conoció tras la masiva muerte de peces en el río, hecho que coincidió con la superación de parámetros ambientales en las descargas de residuos líquidos industriales (riles) por parte de la empresa, la que no informó oportunamente a las autoridades de la Región del Maule del episodio.



Para el director de la DGA, Rodrigo Weisner, quien el lunes visitó la planta, no existe ningún documento que acredite la legalidad de estas estructuras, utilizadas para conducir aguas lluvias y residuos industriales líquidos.



En un comunicado emitido el pasado 13 de junio, la firma forestal rechaza la existencia de "ductos clandestinos" y detalla que tiene cuatro en total: dos perimetrales, utilizados para aguas lluvias y aguas limpias provenientes del rebalse de una laguna; uno para la descarga de riles; y otro también para canalizar precipitaciones, pero que está inactivo.



Según la empresa, todos cuentan con algún tipo de autorización -Dirección de Vialidad del MOP, Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS)-, pero menos de la DGA, que es el organismo encargado de fiscalizar las aguas en cauces naturales de uso público.



Con todo, y pese al vencimiento del plazo, el funcionario advierte que Celco puede dilatar la concreción de la medida con un recurso de reposición ante la DGA o mediante un recurso ante la Corte de Apelaciones de Talca.



Destrucción se puede dilatar



-¿En qué etapa se encuentra la destrucción de los ductos?

-Nosotros dictamos la resolución el lunes, ese mismo día la notificamos a la empresa de un plazo de cinco días para la destrucción de los ductos, que se cumple mañana sábado (hoy). Sin perjuicio de que la empresa, respecto de las resoluciones que dicte el director regional de la DGA, pueda interponer un recurso de reconsideración ante éste o interponer directamente un recurso de reclamación ante la Corte de Apelaciones de Talca.



-¿Durante el transcurso de este día (viernes) se presentó algún recurso?

-Yo no tengo noticias hasta este minuto.



-¿Cuántas son las estructuras que están involucradas?

-Tres ductos, uno que entendemos que es por donde se evacuaban los riles tratados, otros de aguas lluvias y otros de la bocatoma donde estaba un ducto succionador de agua.



-¿Ninguno cuenta con la autorización de ustedes?

-Ninguno de los tres.



-¿Alguno que se esté tramitando?

-No… Lo que tiene que hacer es que en los recursos que interponga, acompañar los permisos que tenga y pedir la invalidación del acto. Yo no puedo adelantar un juicio sobre eso, porque a futuro puedo ser instancia de apelación. Ahora, lo que sí hay que tener claro es que si alguien construye una obra en un cauce de un río, requiere la autorización de la DGA.



-¿La DGA pudo verificar que los tres ductos estaban en uso?

-En realidad ése no es el punto, porque independiente que se usen o no, el hecho que exista obra sin autorización de la DGA amerita, cuando eso puede afectar el libre escurrimiento de las aguas o la vida de la salud de la gente, la obligación de la DGA de ordenar su destrucción. No es una facultad, es una obligación, si no lo hacemos estaríamos incumpliendo la ley. Eso tiene que ver con la obra misma, independiente que se ocupen o no.



Ductos "ilegales"



-En su visita a terreno el pasado lunes, ¿pudo constatar la existencia de otros emisarios al río?

-No hemos verificado la existencia de otros. Ahora, el lunes, cuando estuvimos constatando el segundo derrame en el estero Lourdes, personalmente pude constatar que en este cauce natural había obras que hacían un revestimiento del cauce, unos adoquines, unos cajones de cemento, todas obras que no tenían autorización de la DGA. En consecuencia, pedí que fuera un equipo de técnicos del nivel central de la Dirección para ver qué otras obras irregulares existían y en base a eso vamos a ver y vamos a adoptar las medidas que correspondan de acuerdo al Código de Agua.



La empresa sostiene que no había ductos clandestinos

-A ver, para el director regional de Aguas que dictó la resolución, eran ductos ilegales en tanto no contaban con la autorización de la DGA. La palabra clandestino tiene una connotación de un adjetivo calificativo que implica que estén escondidos y eso es discutible, para algunos pueden estar escondidos y para otros no…¿Qué se entiende por ductos clandestinos? Nosotros hablamos de que son ductos construidos en el cauce del río sin autorización de la DGA.



-¿Conocen la antigüedad que tienen estas obras?

-No, podemos presumir, no lo sabemos, pero tampoco es muy relevante, porque la exigencia de la autorización de obras en los cauces de los ríos, existe desde que existe Código de Aguas en Chile, entonces, es poco relevante la antigüedad para estos efectos. Al respecto, si antes existía una obra x y después fue modificada, ésta también requiere de autorización de la DGA.



-Si la empresa tomó la decisión de presentar recursos, ¿cuánto tiempo tardan?

-No sé cuánto se están demorando las cortes…



-¿Y en el caso de los recursos de reconsideración?

-Depende de la complejidad, pero puede demorarse 30 días, si se acompañan muchos antecedentes 60 días, es variable, depende de la complejidad de los antecedentes.



¿Posible reconsideración?



-¿Se han resuelto favorablemente estos recursos o siempre prima la orden de destrucción?

-A ver, lo que hizo el director regional, dados los episodios de contaminación y dado que se hayan hecho algunas descargas de riles, el director regional lo que hizo fue asumir que esos ductos podían descargar o contener sustancias que pudieran afectar la salud de la gente, por eso ordena su demolición.



Pero el Código de Aguas también contempla una segunda figura, que es que cuando la obra no afecta el libre escurrimiento de las aguas o no afecta la salud, podría no ordenarse su demolición eventualmente y simplemente aplicar una multa por tratarse de una obra ilegal, eso lo contempla el código, pero que sea aplicable a este caso no lo podemos saber, porque no tenemos esos antecedentes que hasta el minuto que ameritan reconsiderar la medida.



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