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Insisten en necesidad de terminar con ‘impunidad’ de penas alternativas

El planteamiento lo hizo el diputado DC Patricio Vallespín, quien recordó que él junto a otros legisladores ingresaron un proyecto que regula específicamente esa situación.


El diputado Patricio Vallespín (DC) insistió este martes en la necesidad de terminar con la «impunidad» en la que se amparan actualmente miles de delincuentes que no cumplen con las penas alternativas que les impone la justicia.



El legislador recordó que el tema está regulado en un proyecto de ley que ingresó él y otros parlamentarios y que garantiza que se cumplan todas las condiciones señaladas por los tribunales.



Según explicó Vallespín, "en la actualidad, la mitad de los condenados de nuestro país se encuentra bajo alguna de las medidas alternativas como remisión condicional de la pena, reclusión nocturna y/o libertad vigilada. La ley 18.216 establece para el caso de quebrantamiento de estas medidas, su revocación».



«No obstante ello, los tribunales han entendido que sólo puede ser quebrantada una medida alternativa que ha comenzado a cumplirse; es decir, si la persona condenada no se presenta a cumplir la medida alternativa, en muchos caso los tribunales no revocan la respectiva medida, lo que se traduce en un riesgo de impunidad", agregó el parlamentario
.
Al respecto acotó que, hasta ahora, aún cuando el condenado no se haya presentado a cumplir la pena alternativa se da por cumplida "insatisfactoriamente", una vez que ha transcurrido el plazo de la condena.



Añadió que "esta situación presenta especial relevancia en el caso de la reclusión nocturna, por cuanto esta medida está establecida especialmente para condenas muy bajas. Por lo tanto, bastará que el condenado no se presente por el lapso de tiempo de la condena -por ejemplo 60 días- para que se de por cumplida la pena", añadió.



Señaló que, por lo anterior, el proyecto indica que "el incumplimiento por parte del beneficiado de alguna de las condiciones establecidas por el Tribunal, o la no presentación a la reclusión nocturna, producirá la revocación de la medida por el sólo ministerio de la ley. No obstante ello, el beneficiado podrá acreditar que el incumplimiento se debió a causas ajenas a su voluntad, circunstancia que deberá ponderar el Tribunal", concluyó Vallespín.



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