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INDH se querella por tormentos a menor del Sename cometidos por personal de Gendarmería Desde el INDH además consideran un agravante la doble situación de vulnerabilidad en que se encontraba el joven L.R.S.B.

INDH se querella por tormentos a menor del Sename cometidos por personal de Gendarmería

María José Navarrete
Por : María José Navarrete Estudiante de Periodismo, Pontificia Universidad Católica de Chile
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«Contusión facial múltiple occipital, temporal izquierda, aumento de volumen en mandíbula izquierda, dolor al movilizar indicando derivación al Hospital y que se encontraba compensado, incluyendo las observaciones del afectado que señalaba ‘enfrentamiento con Gendarmería'», fueron las lesiones que quedaron consignadas en el parte médico del joven de 17 años que se encuentra privado de libertad en un centro del Sename en la región de Valparaíso.


La semana pasada el INDH interpuso una querella en contra de todos aquellos que resulten responsables en calidad de autores, cómplices o encubridores del delito de tormentos o apremios ilegítimos cometidos por funcionarios de Gendarmería y en presencia de personal del Servicio Nacional de Menores (Sename).

En la acción judicial -a la que tuvo acceso El Mostrador– se detalla que ocurrió en el centro CIP CRC de Limache, en el cual la víctima, un adolescente de 17 años, cumple la pena de privación de libertad en régimen cerrado, por lo cual es custodiado por gendarmes.

Los hechos que se relatan en la querella ocurrieron el 7 de noviembre pasado. A eso de las 21:00, el joven de iniciales L.R.S.B. habría estado en la casa 9 viendo televisión al momento que ingresaron gendarmes al centro y les ordenaron a todos los menores que estaban allí salir al patio.

Los gendarmes habrían ordenado a los niños, niñas y adolescentes que se desvistieran. L.R.S.B se dio cuenta que a su compañero de casa los oficiales le estaban pegando y rociando gas pimienta, por lo que decidió intervenir. «Que te metí, correte pa allá, ahueonao», habría sido la respuesta de los gendarmes. Lo empujan, le rocían gas pimienta en la cara a él también y empezaría la golpiza por parte de tres funcionarios.

En el lugar estaba un funcionario del Sename que, según se afirma en el documento, no hizo nada al respecto.

Se consigna en el escrito que al  menor  L.R.S.B le pegaron en la cabeza, en la cara, que le tiraron el pelo, que le dieron cabezazos en el suelo, combos en la espalda y el resto del cuerpo. Le decían que era un «hijo de perra» por andar en los techos tirando piedras. Le rocían nuevamente gas pimienta.

«Tras esta brutal agresión, lo levantan del suelo y lo hacen ir al muro y arrodillarse, mientras un gendarme comienza a pisarlo muy fuerte en los gemelos, pidiéndoles la víctima a sus agresores por favor que dejaran de golpearlo sin lograr que esto ocurriera, ya que le insistían que ‘iban a cobrar’ porque le gustaba andar subiéndose al techo», consigna la querella.

Más tarde, lo obligan a levantarse y hacer sentadillas, le piden que las cuente en voz alta. Él, tenía ganas de vomitar y dolor. Ya de vuelta en su pieza, una funcionaria del lugar, Roxana Carrasco, que no participó ni vio la agresión lo encuentra, le da autorización para bañarse y llama a un paramédico para constatar lesiones.

De acuerdo al registro de constatación de lesiones N° 759 de 7 de noviembre de 2016 a las 22:50 horas, se describe: «Contusión facial múltiple occipital, temporal izquierda, aumento de volumen en mandíbula izquierda, dolor al movilizar indicando derivación al Hospital y que se encontraba compensado, incluyendo las observaciones del afectado que señalaba ‘enfrentamiento con Gendarmería'».

Por su parte, el Hospital Santo Tomás en el Dato de Atención de Urgencia N°00001275754 de fecha 7 de noviembre de 2016 a las 23:44 horas, constata que fue atendido por el médico Juan Pablo Larraín, quien observó las siguientes lesiones: «Erosiones en la espalda, contusiones en región frontal, erosión en nudillos mano izquierda y en codo izquierdo».

Se explica que la agresión habría ocurrido en dependencias de un organismo estatal en que se cometieron tormentos o apremios ilegítimos, sancionados por el Código Penal: “El empleado público que aplicare a una persona privada de libertad tormentos o apremios ilegítimos, físicos o mentales, u ordenare u consintiere en su aplicación, será castigado con las penas de presidio o reclusión menor en sus grados medio a máximo y la accesoria correspondiente”.

Además se establece que “las mismas penas, disminuidas en un grado se aplicarán al empleado público que, conociendo la ocurrencia de las conductas tipificadas en el inciso precedente no las impidiere o hiciere cesar, teniendo la facultad o autoridad necesaria para ello”, aludiendo al funcionario del centro cuyo rango le permitiría haber detenido la situación.

Desde el INDH además consideran un agravante la doble situación de vulnerabilidad en que se encontraba L.R.S.B.: ser adolescente y además estar privado de libertad.

Por parte de Gendarmería, explican que «la política institucional es no comentar acciones judiciales y colaborar con el Ministerio Público y los Tribunales de Justicia cuando corresponda, como lo establece la ley», por lo que no se referirán al hecho citado.

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