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Tribunal Constitucional descarta el arrepentimiento como condición para libertades de violadores de Derechos Humanos PAÍS Crédito: Agencia UNO

Tribunal Constitucional descarta el arrepentimiento como condición para libertades de violadores de Derechos Humanos

Sin embargo, el TC declaró como constitucionales las exigencias de que los reos que quieran acceder al beneficio tengan cumplida dos tercios de la pena y que hayan colaborado sustancialmente con la investigación, rechazando así parte de la impugnación de RN y la UDI contra el proyecto. “Dos de los tres puntos que este Congreso aprobó en la discusión parlamentaria se ganaron y la colaboración, particularmente, es un requisito que rompe pactos de silencio que obstaculizan las investigaciones”, destacó el presidente del Senado, Carlos Montes [ACTUALIZADA]


El Tribunal Constitucional acogió parte del requerimiento presentado por parlamentarios de Chile Vamos en contra del proyecto que eleva las exigencias para optar al beneficio de la libertad condicional a los violadores de derechos humanos.

Si bien el TC desechó dos de los reclamos oficialistas y mantuvo la tesis original del proyecto de que los condenados deberán tener cumplidos dos tercios de la pena y haber colaborado sustancialmente con la investigación para acceder al beneficio, en votación dividida declaró como inconstitucional el requisito del arrepentimiento para que los violadores de Derechos Humanos consigan la libertad condicional.

El voto de Aróstica

Este artículo del proyecto impugnado por senadores y diputados de Gobierno establecía como condición para recibir el beneficio “haber manifestado su arrepentimiento mediante una declaración pública que signifique una condena inequívoca a los hechos y conductas por las cuales fue condenado y por el mal causado a las víctimas y a sus familiares”.

En este artículo votaron por la inconstitucionalidad los ministros Juan José Romero, Cristián Letelier, José Ignacio Vásquez y Miguel Ángel Fernández.

En tanto, Gonzalo García, Domingo Hernández, María Luisa Brahm, Nelson Pozo y María Pía Silva, estuvieron por declarar inconstitucionales algunas de las expresiones del articulado, proponiendo la siguiente redacción: “Haber manifestado mediante una declaración que signifique una condena inequívoca a los hechos y por el mal causado a las víctimas y a sus familiares”.

Sin embargo, el presidente del TC Iván Aróstica, dio el voto dirimente, y el acápite fue finalmente declarado inconstitucional.

Los artículos validados

En tanto, el Tribunal informó que por unanimidad “rechazó los requerimientos respecto del artículo 3 bis, incisos primero, segundo letra a), y tercero, y del artículo 12”.

De este modo, el TC validó el artículo que planteaba la exigencia de cumplir dos tercios de la pena para poder optar al beneficio.

Asimismo, declaró constitucional el artículo que ponía como requisito para acceder a la libertad “la colaboración sustancial al esclarecimiento del delito, o la confesión su participación en el mismo; o aportado antecedentes serios y efectivos de los que tenga conocimiento en otras causas criminales de similar naturaleza”.

El TC informó que los fundamentos del fallo serán dados a conocer en la sentencia, para la que hay plazo hasta el próximo 2 de enero.

Reacciones en el mundo político

El presidente del Senado, el socialista Carlos Montes, destacó que “dos de los tres puntos que este Congreso aprobó en la discusión parlamentaria se ganaron, además de la retroactividad de los mismos, cuestión esencial para la aplicación de justicia. La colaboración, particularmente, es un requisito que rompe pactos de silencio que obstaculizan las investigaciones”.

Por su parte, el senador y miembro de la comisión de Constitución, Alfonso De Urresti, manifestó que “este proyecto no persigue venganza, sino hacer justicia y entender que con este tipo de criminales y en este tipo de delitos de lesa humanidad tiene que haber un estándar mayor”.

Sin embargo, desde la oposición también no dejaron pasar las críticas por haberse perdido la exigencia del arrepentimiento. En particular, el PPD Felipe Harboe apuntó a Iván Aróstica, al plantear que “una vez más el TC falla ideológicamente y su presidente dirime evitando que violadores de DDHH deban expresar disociación por crímenes cometidos”.

Para el PPD Jaime Quintana, en tanto, el fallo del TC era “predecible” y “tiene poco de constitucional y mucho de político, y eso es un problema”. Mientras, De Urresti manifestó que “nos parece pésimo que el TC, nuevamente en el marco de su actuación como tercera cámara, tuerza la voluntad soberana del Congreso de la República”.

Carlos Montes, en tanto, lamentó que “el TC haya declarado inconstitucional el arrepentimiento, pues priva de un elemento fundamental para asegurar que hechos de esta naturaleza nunca más vuelvan a repetirse en el país. Es urgente cambiar el Tribunal Constitucional”.

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