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Fiscal Ayala formuló cinco cargos contra Arias pero desechó tráfico de influencias PAÍS

Fiscal Ayala formuló cinco cargos contra Arias pero desechó tráfico de influencias

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Todas las imputaciones fueron rechazadas por el abogado defensor de Arias, Roberto Garrido, quien cuestionó la validez de la investigación administrativa, haciendo hincapié en la inhabilidad de Ayala.


Fueron cinco cargos los que el fiscal regional de Antofagasta, Alberto Ayala, formuló contra su par de O’Higgins, el suspendido Emiliano Arias, en un sumario que agrupa 15 hechos.

Pero todas las imputaciones fueron rechazadas por el abogado defensor de Arias, Roberto Garrido, quien cuestionó la validez de la investigación administrativa, haciendo hincapié en la inhabilidad de Ayala.

De acuerdo a El Mercurio, en dicho documento, se detallan los hechos denunciados por el fiscal de Rancagua, Sergio Moya, incluidos los descartados y los acogidos.

Moya acusó a Arias por un eventual tráfico de influencias en el marco del denominado Caso Teatro, pero el cargo fue desechado por Ayala en la investigación sumaria. También fue desechado el tráfico de influencias.

Por otra parte, Ayala sí consideró cargos respecto a la extracción de información del Sistema de Apoyo a la Operación (SAO) de la fiscalía. Pero la defensa de Arias rechaza dicha imputación y explica que lo hizo «con el propósito que la hermana de mi patrocinado denunciara a su hijo, lo cual hizo a los pocos días de recibida la información». 

También fueron acogidas dos imputaciones por filtraciones a la prensa, a lo que Garrido respondió que «no hay antecedente alguno proporcionado por los denunciantes, solo especulaciones». 

El último cargo tiene que ver con la fiscal Marcia Allendes y la supuesta instrucción de Arias para que abogados asistentes no apoyaran en la audiencia de preparación del juicio en el marco del Caso Caval, y que se le negó compañía a las audiencias correspondientes a esa preparación de juicio. Al respecto, Garrido señaló que «la mayoría de las situaciones responden a objeciones a decisiones que le competen en el ámbito administrativo y penal solo al fiscal regional y no a una fiscal adjunta». 

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