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Gobierno enfrenta ola de críticas por indicación sobre entrega de datos personales de migrantes PAÍS

Gobierno enfrenta ola de críticas por indicación sobre entrega de datos personales de migrantes

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Francisca Castillo
Por : Francisca Castillo Periodista El Mostrador
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Expertos coinciden en que la indicación ingresada al proyecto que perfecciona el procedimiento de expulsión, y que obliga a la entrega de información “respecto de extranjeros que sean objeto de procedimientos migratorios en tramitación”, implica una clara vulneración de derechos fundamentales.


En el marco de la discusión en particular del proyecto que modifica la Ley 21.325, para perfeccionar el sistema del procedimiento de expulsión administrativa, el Gobierno ingresó una indicación que busca especificar la obligación de entrega de información por parte de organismos públicos y privados relativos a personas migrantes en proceso de expulsión. 

“Todo órgano de la administración del Estado, institución u organismo previsional o de salud público o privado, o establecimiento de educación público o privado, estarán obligados a entregar a la autoridad administrativa migratoria y contralora los antecedentes que estas requieran, incluidos el domicilio, teléfono, correo electrónico y demás datos pertinentes, respecto de extranjeros que sean objeto de procedimientos migratorios en tramitación”, dice la norma. 

De acuerdo a lo señalado por el Ejecutivo en la Comisión de Gobierno del Senado, lo que hace la enmienda es evitar ciertas interpretaciones restrictivas de la información que se entrega a la luz de la Ley de Protección de Datos Personales.

La exigencia ha causado críticas transversales por parte de expertos en políticas migratorias, exministros e incluso de autoridades de salud, quienes advierten la eventual vulneración de la legislación que resguarda derechos de los pacientes. 

En conversación con Radio 13c, la ministra de Salud, May Chomali, manifestó preocupación respecto a la medida, “porque nosotros no podemos desde el Ministerio de Salud informar de esos temas, porque esa es información que se está entregando en el contexto de una atención sanitaria, y eso está resguardado por el Código Sanitario y por la Ley de Deberes y Derechos de los Pacientes, y eso lo vamos a defender absolutamente“. 

En la misma línea, el superintendente de Salud, Fernando Riveros, indicó que el actual ordenamiento jurídico chileno prioriza, sin ningún tipo de condicionamiento, la privacidad del paciente y el acceso a la salud por sobre el control migratorio.

“De seguirse adelante con una iniciativa de ese tipo, tendría que haber modificaciones legales, pero hoy día como está la legislación no podría adoptarse una medida de esa naturaleza”, declaró. 

Vulneración de derechos y organismos como “servicios de vigilancia”

Expertos en migración coinciden en que la indicación ingresada por el Gobierno transforma a organismos públicos en espacios de vigilancia, lo que se traduce en una clara vulneración y restricción de derechos fundamentales para la población.  

Si bien el subsecretario del Interior respondió a las críticas afirmando que el requerimiento de información personal aplicaría solo “cuando se verifica un proceso de expulsión”, la indicación que incorpora el nuevo artículo 104 bis obliga a la entrega de datos personales respecto de extranjeros con “objeto de procedimientos migratorios en tramitación”, lo que también ha levantado las alertas por la indefinición y amplitud del estatus. 

La investigadora principal del Nucleo Milenio MIGRA, Mayra Feddersen, señala que, si bien “el artículo 104 bis promete más control migratorio, la evidencia muestra otra cosa: cuando hospitales, escuelas o AFP se transforman en canales de vigilancia, las personas migrantes dejan de acercarse al Estado. El resultado no es más regularización; es más informalidad e invisibilidad”. 

“¿Puede una simple narrativa de política migratoria cambiar el comportamiento de las personas? La evidencia sugiere que sí. En un experimento que realizamos en Chile con más de 1.500 personas migrantes, expusimos a los encuestados a una breve descripción de un cambio eventual en la Ley de Migraciones. Esta descripción era un cambio restrictivo o un cambio inclusivo. Bastó con describir un cambio restrictivo para que disminuyera significativamente su disposición a ir a un servicio de salud tras un accidente laboral o a buscar mejores condiciones de trabajo. Cuando las personas sienten que las instituciones pueden transformarse en espacios de vigilancia, se alejan de ellas”, agregó Feddersen. 

En esa línea, la directora Escuela de Trabajo Social UC y del Centro de Políticas Migratorias, Olaya Grau, advirtió que “una política migratoria seria controla fronteras y fortalece instituciones; no convierte jardines infantiles y consultorios en oficinas auxiliares de expulsión”. Lo que –a su juicio– puede ser efectivo comunicacionalmente, pero “ineficaz y termina debilitando al propio Estado”.

Chile tiene derecho a ordenar su migración, pero no a costa de debilitar derechos fundamentales ni de transformar servicios esenciales en herramientas de vigilancia. Los servicios sociales no están diseñados para subsidiar la falta de una estrategia migratoria efectiva. (…) El problema migratorio no se resuelve empujando a las personas a la clandestinidad. Cuando el miedo reemplaza la confianza en los servicios públicos, perdemos todos: pierde la política migratoria, pierde la salud pública y pierde la cohesión social”, añadió Grau. 

Por su parte,  el abogado y académico de la UAH, Tomás Pascual, dijo a El Mostrador que desde “una mirada sistémica, el objetivo del Estado de conocer quiénes están residiendo y dónde lo están haciendo es legítimo”. Sin embargo, advirtió que el problema principal es que “están utilizando el ejercicio de garantías constitucionales, como el acceso a la salud, a la educación, cuestiones fundamentales y vitales para el desarrollo de las personas, la supervivencia de las personas, con fines sancionatorios”. 

“Hay otros mecanismos para obtener la identidad e identificación de las personas que ya están contenidos en la Ley de Migración y Extranjería, que buscan ese mismo propósito. De modo que esta medida me parece no solo deshumanizante, sino que va a presentar muchísimos problemas con el tratamiento de datos personales, pero también con los fines para los que se está empleando. Y eso desde una perspectiva del derecho internacional, de los derechos humanos, genera muchísimos problemas respecto a las obligaciones que tiene el Estado de Chile, por ejemplo, para resguardar el interés superior de los niños, para resguardar el derecho a la salud, para resguardar el derecho a la integridad personal”, señaló Pascual. 

Subsecretario del Interior responde a las críticas 

El subsecretario del Interior, Máximo Pavez, salió al paso de las críticas y acusó una malinterpretación de la normativa ingresada por el Gobierno.

En conversación con T13 Radio, la autoridad explicó que lo que está promoviendo el Gobierno es que “solo cuando se verifica un proceso de expulsión, la autoridad competente para llevar adelante ese procedimiento –que es la Policía de Investigaciones o el Servicio de Migración–, cuando se haya abierto un proceso contra una persona, va a poder oficiar reservadamente a cualquier institución del Estado o a instituciones previsionales de educación y salud, pública o privada, para saber si registran algún dato de las personas para poder hacer las notificaciones respectivas”. 

“La indicación dice que la información que se refiere está sujeta a reserva y debe ser utilizada solo para los fines migratorios específicos, que es hacer efectivo y llevar adelante el procedimiento. Y no puede –y nuestra indicación lo dice– implicar el tratamiento o comunicación de datos personales que no resulten adecuados o pertinentes para algo distinto que es facilitar el procedimiento de expulsión. Entonces, en definitiva, lo que nosotros necesitamos es saber dónde están las personas para poder materializar los procedimientos de expulsión”, declaró. 

Asimismo, Pavez insistió en que “no hay una obligación de reporte, ni de denuncia”, pero que desde el Gobierno necesitan colaboración con la información “para poder materializar los procedimientos legales solo asociados a las personas que tengan abierto un procedimiento de expulsión”.

“No se le está imponiendo a nadie la obligación de dar una información distinta a la que sea necesaria para poder ubicar a personas respecto a las cuales hay que hacerles notificaciones. (…) La indicación del Presidente de la República (…) dice, respecto a extranjeros , que sean objeto de procedimientos migratorios en tramitación en conformidad a la presente ley. Por supuesto, para nosotros lo que más nos importa es el procedimiento de expulsión”, indicó el subsecretario. 

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