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Vaticano declara culpable de abusos contra menores a Karadima

En una declaración de siete puntos, Ezzati reveló el dictamen de la Congregación para la Doctrina de la Fe que determina la responsabilidad del sacerdote Fernando Karadima en los hechos que se le han imputado. El decreto imposibilita al sacerdote del ejercicio público de la confesión y dirección espiritual. Además, será relegado a una residencia donde no pueda tener contacto con ex parroquianos o personas que se hayan relacionado espiritualmente con él. Karadima se declara inocente y apelará a la resolución. (Noticia actualizada)


La Congregación para la Doctrina de la Fe declaró culpable al sacerdote Fernando Karadima de abusos contra menores.

En un comunicado de dos carillas y siete puntos, el arzobispo de Santiago, Ricardo Ezzati, dio a conocer los detalles de esta sentencia que el ex párroco de El Bosque conoció el 17 de enero. Desde esa fecha tiene 60 días para apelar al dictamen de la Santa Sede.

Los puntos mencionados por Ezzati detallan la condena y también medidas al respecto. El Vaticano, tomando en cuenta su edad, determinó que el sacerdote sea derivado «dentro o fuera de la diócesis de tal modo de evitar absolutamente el contacto con sus ex parroquianos o con miembros de la unión sacerdotal o con personas que se hayan dirigido espiritualmente con él», explicó Ezzati, quien añadió que eso «no quiere decir que el padre esté en una cárcel y que no tenga posibilidad de juntarse con otras personas». Se retira a una vida de oración y penitencia.

El decreto imposibilita al sacerdote del ejercicio público de la confesión y dirección espiritual.

Monseñor Ezzati explicó que Karadima se declara inocente y apelará a esta resolución y expresó su pesar por estos hechos. «Experimento una profunda pena y dolor por las personas dañadas, a quienes una vez más quiero declarar mi cercanía de padre y pastor”, dijo Ezzati.

El material entregado por la Santa Sede no será usado para el proceso judicial, que se encuentra en una última etapa, luego de que la fiscal judicial María Loreto Gutiérrez recomendara reabrir la causa por abuso sexual en contra del sacerdote y los querellantes se encuentran a la espera de que la Corte de Apelaciones reabra la causa.

Gutiérrez también sugirió realizar careos entre el sacerdote y cuatro de sus denunciantes: James Hamilton, Fernando Batlle, Juan Carlos Cruz y José Murillo.

Los 7 puntos que detalló monseñor Ezzati son los siguientes:

1. Sobre la base de las pruebas adquiridas, el Rvdo. Fernando Karadima Fariña es declarado culpable de los delitos mencionados en precedencia, y en modo particular, del delito de abuso de menor en contra de más víctimas (art. 6 § 1, 1º del motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela), del delito contra el sexto precepto del Decálogo cometido con violencia (canon 1395 § 2 del CIC), y de abuso de ministerio a norma del canon 1389 del CIC.

2. En consideración de la edad y del estado de salud del Rvdo. Fernando Karadima Fariña, se considera oportuno imponer al inculpado de retirarse a una vida de oración y de penitencia, también en reparación de las víctimas de sus abusos. Será preocupación del Arzobispo de Santiago, de acuerdo con la Congregación para la Doctrina de la Fe, evaluar el lugar de residencia, dentro o fuera de la diócesis, de tal modo de evitar absolutamente el contacto con sus ex parroquianos o con miembros de la Unión Sacerdotal o con personas que se hayan dirigido espiritualmente con él.

3. Se impone también, de acuerdo al canon 1336 § 1, 3º, la pena expiatoria de prohibición perpetua del ejercicio público de cualquier acto de ministerio, en particular de la confesión y de la dirección espiritual de toda categoría de personas.

4. Además, se impone la prohibición de asumir cualquier encargo en la Unión Sacerdotal del Sagrado Corazón.

5. En caso de no observar las medidas indicadas, el inculpado podrá recibir penas más graves, no excluida la dimisión del estado clerical.

6. De acuerdo al artículo 27 del m.p. Sacramentorum Sanctitatis tutela, el inculpado podrá interponer un recurso adverso a esta decisión ante la Sesión Ordinaria de la Congregación para la Doctrina de la Fe, en el término perentorio de 60 días hábiles, desde la notificación del Decreto.

7. Junto a la entrega del presente decreto, este colegio sugiere que el Arzobispo de Santiago disponga, en común acuerdo con esta Congregación, una visita canónica a la Unión Sacerdotal del Sagrado Corazón, con el finalidad de verificar la eclesialidad de los procesos formativos y la transparencia de la administración económica”.

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