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Suprema acoge recurso de hombre atacado por una  jauría y ordena a las autoridades de Concepción controlar a los perros vagos

Suprema acoge recurso de hombre atacado por una jauría y ordena a las autoridades de Concepción controlar a los perros vagos

Antonio Alarcón fue atacado en julio del año pasado por cuatro animales en la capital penquista. El tribunal estableció un plazo de 30 días para diseñar una planificación al respecto.


En fallo unánime , la Tercera Sala de la Corte Suprema  –integrada por las ministros Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, y los abogados (i) Álvaro Quintanilla y Arturo Prado– acogió el recurso de protección presentado por víctima que fue mordida por jauría en las cercanías de los Tribunales de Concepción, en julio del año pasado.

«Establecida, entonces, la ocurrencia de los hechos denunciados en autos y considerando el tenor de la normativa reproducida más arriba sólo cabe concluir que, más allá de las acciones que se dicen realizadas por los recurridos en este ámbito, es lo cierto que por su intermedio no se logró el objeto pretendido por la ley, esto es, la detección de los animales sin dueño que vagan por las calles de la ciudad y su confinamiento en sitios donde reciban el cuidado debido a su condición, que ha de incluir la atención de su salud si se encuentran enfermos», dice el fallo difundido este lunes.

«Como resulta evidente, los órganos estatales recurridos se encuentran obligados a garantizar a las personas que transitan por las vías públicas de Concepción que lo hagan sin verse expuestas a las conductas agresivas de animales como los que atacaron al recurrente, tanto por razones vinculadas a su integridad física y psíquica como estrictamente sanitarias, finalidad que en la especie no fue satisfecha, desde que perros que vagaban por las calles de esa ciudad, aparentemente sin dueño, atacaron al actor, Antonio Andrés Alarcón Azocar», sostiene el escrito.

La resolución agrega que «en estas condiciones no cabe sino concluir que los entes recurridos incumplieron los deberes legales y reglamentarios descritos, incurriendo en una conducta omisiva que posibilitó que un grupo de cuatro perros atacara al recurrente de autos en un sector de la ciudad de Concepción, negligencia que debe ser calificada, en consecuencia, de ilegal, toda vez que los recurridos, pese a encontrase sometidos al deber preventivo descrito precedentemente, no encaminaron acción eficaz alguna con tal fin, desidia que derivó en la acometida sufrida por el recurrente».

Además la sentencia considera que, tanto la seremi de Salud del Bío Bío como la Municipalidad de Concepción han incurrido en omisiones que han perturbado el derecho a la vida e integridad física y psíquica de las personas, por lo que se deben adoptar medidas para evitar que ocurran nuevas agresiones de este tipo.

Por último el fallo concluye que «la Secretaría Regional Ministerial de Salud del Bío-Bío y la Municipalidad de Concepción den estricto cumplimiento a las disposiciones que rigen la materia y, en consecuencia, efectúen, en el término de 30 días, la planificación conjunta de las acciones que desarrollarán para ello, los procedimientos que utilizarán, los estándares que se autoexigirán y los controles internos con los cuales se autofiscalizarán, debiendo informar en sus respectivos sitios web dicha planificación para fines de publicidad y notificación».

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