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Inédito fallo de Juzgado de Familia marca un precedente a favor de la adopción homoparental Respecto de la tuición de una niña de 5 años

Inédito fallo de Juzgado de Familia marca un precedente a favor de la adopción homoparental

Basada en un informe de la Oficina de Protección de Derechos de San Ramón, la jueza Beatriz Ramírez resolvió que la menor “refiere que tiene dos mamás y las ama a ambas”, sin embargo, es la madre de crianza el “principal personaje” que responde a “las necesidades emocionales y básicas de la niña”.


El 23 de febrero pasado, la Jueza Titular del Primer Juzgado de Familia de San Miguel, Beatriz Ramírez, entregó el cuidado provisorio de una niña de 5 años a su madre de crianza, Jacqueline Díaz, luego de que en diciembre pasado la mamá biológica, identificada como Carolina B., la apartara por tiempo indefinido de su hogar.

Al momento de nacer la niña, Jacqueline y Carolina B. eran  pareja, sin embargo, cuando la relación terminó, la progenitora abandonó el hogar y dejó a su hija bajo el cuidado de la madre de crianza, mientras que el padre biológico, según determinó el tribunal no estaba en condiciones de hacerse cargo, por cuanto siempre estuvo ausente.

A fines del año pasado, las madres acordaron que la niña pasaría la Navidad con Carolina, pero la madre biológica  no entregó  a la menor  en la fecha acordada, el 25 de diciembre, generando una diferencia entre ambas mujeres que las hizo llegar hasta la justicia, después de haber tenido un acuerdo de palabra.

En este escenario Jacqueline Díaz consiguió el apoyo jurídico de la abogada Melisa Manfredi, ligada al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH)

Basada en un informe de la Oficina de Protección de Derechos de San Ramón, la jueza  Ramírez resolvió que “la niña refiere que tiene dos mamás y las ama a ambas”, sin embargo, es la madre de crianza el “principal personaje” que responde a “las necesidades emocionales y básicas de la niña”.

Ante el juzgado, Carolina, la madre biológica, “negó haber dejado hija al cuidado de la requirente, sin embargo de los documentos de salud y educacionales (…) como certificados médicos de atenciones de urgencia de la niña e informes escolares, figura como apoderado Jacqueline Díaz, quien fue descrita como responsable, cooperadora, activa y mostrándose muy preocupada por la niña manteniendo ésta excelente asistencia, agregando en el informe las educadoras no conocer a la madre biológica ni al padre biológico de la niña, ya que no acudieron nunca al colegio”, afirma el fallo del tribunal.

El Tribunal puntualizó que “la niña estuvo siempre bajo el cuidado responsable de doña Jacqueline Díaz, que existe una situación de riesgo para la niña en la casa” de la madre biológica, “tanto por su inestabilidad emocional y conducta negligente” y que, por tanto, la menor debe quedar “bajo la protección y responsabilidad de doña Jacqueline Díaz”.

La abogada Manfredi declaró que el  fallo es «un hito que marca un importante precedente sobre la crianza y adopción homoparental, toda vez que se pone el centro del debate a la interés superior del niño, sin importante la orientación sexual de quien los críe”, dijo.

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